En los contratos de crédito o de depósitos a plazo fijo, que se encuentren sujetos a una tasa de interés fija, las empresas que otorgan el servicio no podrán modificar la retribución pactada durante la vigencia del contrato, salvo que estas variaciones sean favorables al usuario, informó la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS)...
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