Con Informe N° 32-2011-MTPE/2/14, el Ministerio de Trabajo precisó los criterios que se deben seguir con relación al refrigerio, reiterando que, por disposición legal, ni por decisión del empleador o ni por convenio colectivo (CC) se puede suprimir el horario de refrigerio o establecer una duración menor de los 45 minutos establecidos por ley...
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