El Tribunal Constitucional (TC) mediante la sentencia recaída en el Exp. N° 03052-2009-PA/TC, introduce un cambio sustancial respecto a la procedencia del denominado amparo laboral. Y es que, hasta antes de esta resolución, para el Colegiado una demanda de amparo en la materia, pública o privada, debía declararse improcedente cuando el trabajador cobraba sus beneficios sociales... |