A partir del 1 de julio, las empresas operadoras no podrán suspender arbitrariamente a los usuarios los servicios públicos de telecomunicaciones (telefonía fija, móvil, internet, entre otros), y tendrán que probar que existe una razón para ello ante el regulador, informó hoy el Organismo Supervisor de Inversión privada en Telecomunicaciones (Osiptel)... |