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Miércoles 30 de diciembre del 2009 |
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Noticias del Día |
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Con medidas laborales se mitigaron efectos de crisis
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El Congreso de la República culmina el presente año con la aprobación del Proyecto de la Nueva Ley procesal del trabajo, una importante norma para el futuro de las relaciones laborales, la cual marca el inicio para la solución pronta y eficaz de los conflictos y controversias entre trabajadores y empleadores en el país.
Sin embargo, esto no es el único hecho positivo en materia laboral registrado durante el 2009. En efecto, el Gobierno también decidió implementar diversas medidas para enfrentar la crisis internacional, como liberar de impuestos a las gratificaciones y la libre disponibilidad de la CTS y se dio un fuerte impulso al registro obligatorio de trabajadores en planilla.
A continuación un balance de las principales disposiciones normativas dictadas e implementadas en 2009.
Fomento al consumo
En mayo de este año, el Poder Ejecutivo publicó la Ley Nº 29351, que redujo los costos laborales a los aguinaldos y gratificaciones de Fiestas Patrias y Navidad. El referido precepto legal estableció que las gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad correspondientes a los años 2009 y 2010 no se encuentran afectas a aportaciones, contribuciones ni descuentos de índole alguna; excepto aquellos otros descuentos establecidos por ley o autorizados por el trabajador.
Dispuso además que el monto que abonen los empleadores por concepto de contribución a Essalud con relación a las gratificaciones, sean abonados a los trabajadores bajo la modalidad de "bonificación extraordinaria" de carácter temporal, no remunerativo ni pensionable.
El Gobierno igualmente publicó la Ley Nº 29352, la cual estableció la libre disponibilidad temporal y posterior intangibilidad de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS). Así, la norma autoriza a los trabajadores disponer libremente del 100% de los depósitos de CTS que se efectuaron en los meses de mayo y noviembre del 2009.
Mientras que, a partir del año 2010, se restringirá –de manera progresiva– la libre disposición de estos depósitos, de acuerdo al siguiente cronograma: a) de los depósitos de mayo de 2010 podrá disponerse hasta el 40%; b) de los depósitos de noviembre de 2010 podrá disponerse hasta el 30%; y, c) a partir de mayo de 2011 y hasta la extinción del vínculo laboral, los trabajadores podrán disponer solo del 70% del excedente de seis remuneraciones brutas.
Para estos efectos, los empleadores deberán comunicar a las instituciones financieras respecto del equivalente al monto intangible de cada trabajador.
AFPnet
La Superintendencia de Banca y Seguros (SBS), mediante la Resolución SBS Nº 2876-2009, aprobó el Portal de Recaudación que, bajo la denominación "AFPnet" (www.afpnet.com.pe) utilizarán las AFP para efectos de la declaración y pago de los aportes provisionales por parte de los empleadores que cuenten con trabajadores afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP).
El citado portal comprende la declaración y pago de (i) los aportes obligatorios y (ii) los aportes voluntarios del empleador, tengan o no fines previsionales. Así, a partir de mañana (01/01/2010), los empleadores que, a la fecha de elaboración de la planilla de aportes del mes de diciembre de 2009, cuenten con 50 o más trabajadores afiliados al SPP, deberán utilizar el Portal de Recaudación "AFPnet" para efectuar la declaración y pago de aportes a las AFP.
Fuente: El Peruano. Miércoles 30.12.2009.
www.elperuano.com.pe
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Consejo de Ministros aprobó proyecto que obliga a bancarizar sueldos en empresas de 10 a más trabajadores
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El Consejo de Ministros aprobó el proyecto de ley de que obliga a las empresas de 10 a más trabajadores a depositar las remuneraciones de sus empleados en una entidad financiera, anunció hoy la ministra de Trabajo y Promoción del Empleo, Manuela García.
“Mediante esta ley el empleador tendrá la obligación de depositar las remuneraciones en una cuenta abierta a nombre del trabajador”, indicó.
Dijo que el proyecto de Ley de Protección y Garantía de las Remuneraciones, forma parte de los puntos importantes para la reforma laboral en el Perú y es una medida que hace justicia social en favor de los trabajadores.
Si bien la norma es de obligatorio cumplimiento en empresas de 10 a más trabajadores, el MTPE a través de un decreto supremo, podrá señalar que gradualmente puede ser aplicada en empresas de uno a diez trabajadores.
Manifestó que la iniciativa permitirá que haya mayor transparencia en el pago de las remuneraciones y se eviten cuestiones de carácter de fraude a la ley.
“El gran beneficio es buscar la formalización en el mundo laboral y conocer el grado de cumplimiento de las obligaciones del empleador con sus trabajadores”, enfatizó.
Detalló que en la cuenta que abran los empleadores por cada uno de sus respectivos trabajadores también se podrán depositar el dinero correspondiente a otros beneficios laborales.
El trabajador deberá elegir a la empresa financiera de su preferencia para el depósito de sus remuneraciones, pero si dentro de los diez días de iniciada la relación laboral no lo hace, el empleador eligirá la entidad.
Manifestó que si en las inspecciones laborales se detecta que se han tomado decisiones en contra de la voluntad de los trabajadores, entonces se aplicarán las sanciones correspondientes.
Fuente: Andina. Miércoles 30.12.2009.
www.andina.com.pe
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MEF prorroga hasta julio de 2010 implementación de nuevo sistema de despacho aduanero
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El Ministerio de Economía y Finanzas prorrogó hasta el 1 de julio de 2010 la entrada en vigencia del Nuevo Sistema de Despacho Aduanero, dado que aún no se ha concluido con la implementación de los sistemas y procedimientos necesarios.
Se tenía previsto que este nuevo modelo de despacho empiece a operar a partir del 1 de enero, pero el sector privado y público aún requieren seguir trabajando en la adecuación de sus sistemas informáticos y proceso operativos.
Este nuevo sistema permitirá el retiro de las mercancías en un plazo máximo de 48 horas, lo que actualmente puede tomar una semana ó más.
La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat) informará al MEF sobre el estado y la implementación de los sistemas y procedimientos necesarios para su entrada en vigencia.
Dicha información deberá ser remitida dentro de los cincos primeros días de los meses de marzo y mayo del 2010.
Al respecto, el presidente de la Asociación de Agentes de Aduana del Perú (AAAP), Luis Olivares Pflücker, dijo que el plazo propuesto es sensato y pertinente, pues dada la complejidad tecnológica de los cambios del Sistema Integral de Gestión Aduanera (SIGAD), la prórroga permitirá que tanto el Estado como el sector privado puedan adecuarse de manera progresiva.
Propuso desarrollar un plan piloto con alguna jurisdicción aduanera de menor movimiento que permita detectar aquellos aspectos que necesitarán mejorarse y que sólo podrán encontrarse una vez que se lleve a la práctica el trabajo diseñado por la Aduana.
Fuente: Andina. Miércoles 30.12.2009.
www.andina.com.pe |
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Distribución gratuita exclusiva del Colegio de Contadores Públicos de Arequipa para los Miembros de la Orden.
"50 AÑOS DE LA LEY DE PROFESIONALIZACIÓN", LEY Nº 13253 DEL 11-09-1959; Ley Nº 28951.
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