Noticias del Día
Jueves 30 de abril del 2009
       
 
El pleno del Congreso aprobó la libre disponibilidad de la CTS
 

La medida beneficiará a dos millones de trabajadores. Se espera que el proyecto sea promulgado por el Poder Ejecutivo el viernes 1 de mayo
 El pleno del Congreso de la República aprobó hoy con 53 votos a favor, 32 en contra y cuatro abstenciones el proyecto de ley que autoriza la libre disponibilidad del 100% de los depósitos que se efectuarán por Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) en mayo y noviembre de este año.
Se estima que esta medida inyectaría 2.315 millones de nuevos soles a la economía peruana y permitiría reactivar el consumo interno.
El presidente de la Comisión Multipartidaria de Monitoreo de la Crisis Internacional, Martín Pérez, indicó que esta medida beneficiará a dos millones de trabajadores a nivel nacional.
“Esperamos que este proyecto sea promulgado el primero de mayo por el Presidente de la República, Alan García.”
De acuerdo con el dictamen aprobado, a partir del 2010 se empezará a restringir progresivamente la libre disposición de los depósitos por concepto de la CTS, basándose en un cronograma incluido en la propuesta de ley.
Así, de los depósitos efectuados en mayo del 2010 se podrá disponer hasta del 40%; mientras que de los depósitos hechos en noviembre de ese mismo año, hasta del 30%.
A partir de mayo del 2011 y hasta la extinción del vínculo laboral, los trabajadores podrán disponer de sus cuentas individuales de CTS solo del 70% del excedente de seis remuneraciones brutas.
Con ello, se busca devolverle a la CTS su naturaleza de seguro de desempleo, que permita a los trabajadores una contingencia asegurada para una eventual pérdida de empleo.
El dictamen también menciona que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) será el encargado de fiscalizar el cumplimiento de la presente ley.
El pleno del Congreso también aprobó con 50 votos a favor, 34 en contra y cuatro abstenciones que se exonere a dicho dictamen de la segunda votación, por lo que quedó listo para ser remitido al Poder Ejecutivo a fin de ser promulgado y publicado.
Durante el debate, los congresistas de las bancadas del Partido Nacionalista y Unión por el Perú (UPP) se mostraron en contra de la medida, argumentando que se desnaturaliza la intención de la CTS de ser un seguro de desempleo, desprotegiendo al trabajador en caso de perder el empleo por la crisis internacional.
Mientras que el Apra, Unidad Nacional y el Grupo Parlamentario Fujimorista respaldaron la propuesta, ya que de esta forma aumentará la disponibilidad de liquidez por parte de los trabajadores peruanos.

Fuente: El Comercio. Jueves 30.04.2009.
www.elcomercio.pe

 
 
No descontarán aportes de Essalud ni de AFP en aguinaldos del 2009 y 2010
 

El Congreso aprobó la medida por unanimidad. Se busca dinamizar así la economía en tiempos de crisis.
El Pleno del Congreso aprobó hoy por unanimidad el proyecto de ley que exonera el pago de gratificaciones de los años 2009 y 2010 de los aportes a Essalud y a las Administradoras de Fondo de Pensiones (AFP), a fin de dotar de mayores recursos a los trabajadores.
Así, se incorpora las recomendaciones realizadas por el Ministerio de Economía y Finanzas, a fin de que esta medida sea temporal y no permanente, como planteaba el proyecto inicial.
Además, se establece que el aporte de nueve por ciento a Essalud será asignada al trabajador como una bonificación extraordinaria temporal, a fin de garantizar que estos recursos lo beneficien directamente y no sea retenido por el empleador.
El proyecto exceptúa de esta exoneración a los descuentos que provengan de sentencias judiciales relacionados a procesos por alimentos.

Fuente: El Comercio. Jueves 30.04.2009.
www.elcomercio.pe

   
   
AFPs no se oponen a descuentos de contribuciones a trabajadores siempre que medida sea temporal
 

La Asociación de de Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) afirmó que no está en contra de que se descuenten las contribuciones a EsSalud, ONP, AFP y otros, de los aguinaldos y gratificaciones de julio y diciembre del 2009 y 2010, siempre y cuando sea una medida temporal.
Mediante un comunicado, la Asociación de AFP señala que  medidas como estas generan liquidez temporal a la economía de los trabajadores y afiliados, en un contexto de incertidumbre y crisis financiera internacional.
Sin embargo, manifiestan estar en total desacuerdo con la posibilidad de que estas medidas sean permanentes, dado que ello afectaría el derecho de las personas a una jubilación en el Sistema Nacional de Pensiones, y a una pensión mínima en el Sistema Privado de Pensiones. 
Con este dispositivo aprobado por el Congreso, los afiliados a las Administradoras de Fondos de Pensiones tendrán disponibilidad de dinero en julio y diciembre de dichos años, pero deberán ser conscientes de que su pensión será menor cuando se jubilen, debido a que tendrán 4 aportes menos, agrega.
En caso la medida fuera permanente, sostiene dicha entidad la Cuenta de Capitalización Individual de cada afiliado se reduciría entre 14% a 16%, lo que traerá consigo que la pensión de jubilación de los afiliados se vea reducida en un proporción similar o mayor.

Fuente: Andina. Jueves 30.04.2009.
www.andina.com.pe

 

 
 
Gobierno da plazo de un año para desaparecer el kerosene del Perú
 

Se pondrá énfasis el programa de utilización de GLP para uso industrial y doméstico. El kerosene es uno de los insumos principales del narcotráfico
El Gobierno dispuso hoy la suspensión de la venta de kerosene en todo el Perú, como parte de su lucha contra el narcotráfico, según se publicó en las Normas Legales del diario oficial El Peruano.
El decreto supremo menciona que el combustible ha perdido presencia en el uso industrial y doméstico y en la mayoría de casos viene siendo utilizado como insumo prioritario para el narcotráfico en la elaboración de pasta básica de Cocaína, por lo que resulta necesario prohibir su venta.
También se informa que se pondrá énfasis en el Programa de Sustitución del Consumo doméstico de kerosene por Gas Licuado de Petróleo (GLP) que deberá ser implementado en el lapso de un año.
De esta forma queda prohibida la inscripción para la venta de kerosene en el registro de hidrocarburos.

Fuente: El Comercio. Jueves 30.04.2009.
www.elcomercio.pe

   
     
       
Distribución gratuita exclusiva del Colegio de Contadores Públicos de Arequipa para los Miembros de la Orden.

"50 AÑOS DE LA LEY DE PROFESIONALIZACIÓN", LEY Nº 13253 DEL 11-09-1959; Ley Nº 28951.

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