Viernes 09 de Enero del 2014
 
     
 
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MTPE recibirá sugerencias a ley laboral juvenil en los próximos 30 días

El proyecto normativo se prepublicará en el portal institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) recibirá sugerencias, comentarios o recomendaciones de empleadores y trabajadores, así como de sus respectivas organizaciones al proyecto de ley laboral juvenil en los próximos 30 días.

El “Reglamento de la Ley N° 30288, ley que promueve el acceso de jóvenes al mercado laboral y a la protección social” se prepublicará en el portal institucional del MTPEcon el objetivo que sea revisado y se efectúe con las sugerencias.

La Resolución Ministerial N° 002-2015-TR publicada hoy en el diario oficial El Peruano dispuso que cualquier sugerencia, comentario o recomendación se remita al correo electrónico: conoceleyjuvenil@trabajo.gob.pe

Fuente: Diario Gestión, viernes 09-01-2015
www.gestion.pe
¿Cómo se calcula el IR de los trabajadores con las nuevas tasas reducidas?

Especial TU DINERO. A finales del 2014, el gobierno aprobó una nueva regulación del IR, Gestión conversó con Cynthia Cuba de KPMG, sobre su correcta aplicación. La reciente modificación de la ley del Impuesto a la Rentaa la Renta (IR), en relación a las rentas del trabajo tiene un impacto en varios niveles, y puede ser positivo o negativo, dependiendo de los ingresos del trabajador, explicó Cynthia Cuba, Directora de Tax & Legal de KPMG.

Para entender ello, primero se debe comparar los siguientes cuadros:

Tasas del IR vigentes hasta diciembre del 2014

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Tasas del IR vigentes desde enero del 2015

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La modificación de las tasas progresivas beneficia a los trabajadores cuyos ingresos anuales no superan los 20 UIT(S/. 77 mil o S/. 6,416.67 mensuales), dado que su impuesto anual es menor, lo cual tienen un impacto directo en los pagos a cuenta que efectúan mensualmente mediante retención, detalló la especialista.

No obstante, dijo, la referida reducción no implica necesariamente un pago menor del impuesto para aquellos cuyos ingresos son superiores a los 20 UIT, dado que los tramos sobre los cuales se aplican las mismas también han sido modificados.

Por ejemplo, los trabajadores cuyos ingresos sean iguales o superiores a 27 UIT (S/. 103,950 O s/. 8,662.50) pagarán 14% por los primeros 20 UIT, sin embargo los 7UIT adicionales que antes estaban gravados con la tasa de 15% ahora están sujetos a una tasa mayor: 17%.

Agregó, antes la tasa del 30% era aplicable a aquellos trabajadores cuyos ingresos anuales superaban los 54 UIT(S/. 207,901), sin embargo, actualmente dicha tasa es aplicable desde los ingresos superiores a 45 UIT.

Así, anotó Cuba, para poder determinar el impacto económico como negativo o positivo, es necesario analizar el nivel de ingresos de cada trabajador.

De esta manera, concluyó, aunque las tasas del impuesto se han visto reducidas para aquellas personas cuyos ingresos anuales son menos a 20 UIT, un impacto negativo puede ocurrir respecto de aquellas quienes superen esta valla.

No obstante lo señalado, la experta opinó que el Estado logra con esta medida reducir la imposición a aquellas personas que tienen menores ingresos y aumentar la recaudaciónrespecto de aquellas cuyos ingresos son altos.

Caso práctico
Un trabajador tiene un sueldo mensual de S/. 6,000. Es decir, al año percibirá S/. 84,000 (12 sueldos y dos gratificaciones legales).

La norma tributaria permite una deducción anual de 7UIT (S/. 26,950), es decir la base sobre la cual se aplicará el impuesto anual es de S/. 57,050.

De este monto, los primeros 5 UIT (S/. 19,250) están afectos con la tasa del 8%, resultando un impuesto a pagar de S/. 1,540. Los S/. 37,800 restantes estarán afectos a la tasa de 14%, por lo que el impuesto correspondiente a este tramo asciende a S/. 5,292.

En ese sentido, en total dicho trabajador pagaría un impuesto anual de S/. 6,832, por lo que en enero de este año su retención mensual ascenderá a S/. 596.00



Fuente: Diario Gestión, vienres 09-12-2014
www.gestion.pe
 
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