Martes, 20 de julio del 2010

 
     
 
  NOTICIAS DEL DÍA
 
     
 
 

OPORTUNIDAD. TAMBIÉN LO DESTINARÁN A ESTUDIOS, SEGUN PORTAL TRABAJANDO.COM

El ahorro también es una alternativa para estos ingresos extra

Mayoría de acuerdo en que gratificaciones se entregue cada 6 meses

El 39% de los trabajadores utilizará su gratificación por Fiestas Patrias para pagar deudas; el 26% lo destinará al pago de sus estudios y capacitación; en tanto que un 15% la ahorrará.
Así lo informó el portal electrónico Trabajando.com, que hizo una consulta entre más de 2,500 cibernautas.
También detalló que el 10% usará parte de su gratificación en la adquisición de artículos electrodomésticos o realizar refacciones en su hogar; en tanto, que otro 10% la destinará para viajar.
Para el 96% de los consultados recibir la gratificación es muy útil, porque les permite contar con ingresos extras dos veces al año; mientras que para un escaso 4% es considerado sólo un gasto para las empresas.  

Modalidad
Resulta evidente que un beneficio como éste es siempre bien recibido. En este sentido, la mayoría de los encuestados, alrededor de un 88%, está totalmente de acuerdo con la modalidad en que se entrega, esto es, cada seis meses. 

El 54% manifestó que unos meses antes de la entrega de esta gratificación ya tiene pensado en qué gastará esa suma de dinero; el otro 25% lo espera ansioso todos los años; le sigue un 21% que olvida que recibirá su gratificación y se sorprende con ésta cada seis meses.
El destino final para el que fueron creadas las bonificaciones no es la primera opción para los trabajadores peruanos.

Para ellos, comenta, parece no ser primordial las celebraciones patrióticas, más bien aprovechan este ingreso extra para aquellas cosas que, por no tener dinero suficiente, han debido postergar, básicamente pagar deudas y estudiar.
Estamos ante una cultura de pago y de visión de futuro bastante interesante, como es preferir la honra de las deudas, en vez de divertirse, puntualizó el country manager del portal, Ernesto Velarde.

Gasto en vestimenta 
El portal electrónico trabajando.com informó recientemente que alrededor del 33% de los peruanos destina casi la tercera parte de su salario a la compra de vestimenta para ir a trabajar.
Asimismo, el 44% de  los encuestados considera que el vestuario resulta “importante” para conseguir un empleo.

Aseveran que la ropa es muy importante cuando se postula a un trabajo y que se trata de un factor decisivo durante el proceso de búsqueda de un nuevo empleo.

En relación con el enfoque de las empresas sobre ese aspecto, el portal detalló que el 43% opina que vestir de manera adecuada es un “plus” para la compañía, mientras que la mayoría (59%) confiesa que en su centro de trabajo se puede asistir vistiendo de manera casual.
Agregó que usar ropa inadecuada puede tener un impacto negativo en la comunicación interna de la empresa o con los clientes.

Fuente: El peruano Martes 20-07-2010
www.elperuano.com.pe

 
 

Alerta Laboral.

Germán Lora Álvarez Laboralista

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) anunció el inicio de diversos operativos de inspección laboral, a fin de verificar el cumplimiento de las normas referidas a la jornada de trabajo y al trabajo en sobretiempo. En tal sentido, será importante que la empresa verifique la existencia de la siguiente información:


Primero, el registro de control de asistencia en el cual deben figurar los trabajadores de la empresa, el personal que preste servicios mediante el régimen de Modalidades Formativas Laborales y el personal destacado o desplazado en el marco de un contrato de tercerización o intermediación laboral, respectivamente. Cabe precisar que el referido documento deberá contener todas las formalidades previstas en la normatividad laboral vigente.

Segundo, la relación de los trabajadores calificados como personal de dirección, trabajadores no sujetos a fiscalización inmediata y los que prestan servicios intermitentes, así como el procedimiento seguido para su calificación y la información que la sustenta. Esta información será relevante para efectos de sustentar la existencia de personal no sujeto a una jornada máxima de trabajo ni obligado al control de asistencia.

Tercero, la política o el procedimiento para el reconocimiento del trabajo en sobretiempo al interior de la empresa, consignada en el Reglamento Interno de Trabajo y/o en directivas internas de la empresa.
Cuarto, los convenios de compensación de horas extras con días de descanso, celebrados con los trabajadores.
Quinto, la publicación, en un lugar visible, del horario y la jornada de trabajo

Fuente: El Peruano Martes 20-07-2010
www.elperuano.com.pe

 
 

COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DE AREQUIPA
Sánchez Trujillo 201 Urb. La Perla Cercado. Teléfonos: 215015, 285530, 231385
Email: ccpaqp@ccpaqp.org.pe, Web site: http://www.ccpaqp.org.pe
Arequipa - Perú