Viernes 18 de diciembre del 2009  
       
    Noticias del Día  
       
 

Facturación de fin de ejercicio

 

Al finalizar el ejercicio gravable, con motivo del cierre fiscal, suele surgir una especial preocupación en el área contable de las empresas respecto al tratamiento o imputación de gastos por servicios prestados en el último período del ejercicio gravable (diciembre), cuyo comprobante es emitido a inicios del ejercicio posterior (enero o meses siguientes).

La principal disyuntiva que surge es si corresponde, tributariamente, deducir el gasto en el ejercicio en que el servicio es prestado y debidamente provisionado, o más bien ello debe suceder en el próximo ejercicio, pues el sustento formal del gasto (comprobante de pago) se emite en dicho ejercicio posterior.

De lo expuesto, el tema se centra en determinar la oportunidad en que corresponde proceder a la deducción de un gasto, a efectos de determinar la renta neta imponible de tercera categoría y evaluar si dicha imputación (y por ende, deducción) se ve afectada o se condiciona por la fecha de emisión del comprobante de pago que sustenta el gasto. A efectos de responder a la interrogante planteada, debemos precisar, de manera previa, algunos requisitos que tiene que cumplir un gasto, a fin de aceptarse su deducción tributaria.

Gastos de ejercicios anteriores
En atención a la aplicación del principio del devengado, los gastos incurridos en un ejercicio no pueden ser trasladados a otro con fines de su deducción, a efectos de determinar la renta neta imponible, salvo que se cumplan de manera simultánea y/o conjuntiva con las condiciones señaladas en el último párrafo del Art. 57 de la Ley del IR, que son las siguientes:

Primero, no se hubiera podido conocer el gasto de manera oportuna en el ejercicio de su devengo por razones ajenas al contribuyente; luego, el diferimiento del gasto no genere un beneficio fiscal; y tercero, efectuar la provisión y pago en el ejercicio al que se imputa (ejercicio posterior a su devengo).

En conclusión, puede observarse que la deducción de un gasto, por regla general, debe efectuarse en el ejercicio en que se devenga, salvo que se cumpla de manera simultánea con los requisitos mencionados líneas arriba, en cuyo caso su deducción será permitida excepcionalmente en un ejercicio posterior a su devengamiento.

Situación especial de los servicios
En la práctica, el principal problema en la imputación de gastos se presenta con los servicios prestados en un ejercicio, pero cuyo comprobante de pago se emite en el ejercicio inmediato posterior. Ello, porque según las normas del IR, un gasto debe estar respaldado por un comprobante de pago correctamente emitido, esto es, que contenga los requisitos mínimos señalados en el RCP para su calificación como tal. En ese sentido, surge la pregunta de si al emitir un comprobante de pago en el ejercicio siguiente al devengamiento del gasto, se está incumpliendo con un requisito o característica mínima que debe observar dicho documento.

Al respecto, el Tribunal Fiscal, mediante la RTF N° 915-5-2004, ha señalado que en el caso de servicios prestados en un ejercicio y cuyo gasto se ha devengado en el mismo, no procede su deducción si los comprobantes de pago que sustentan dichos gastos han sido emitidos en un ejercicio posterior, en virtud a que, de acuerdo con el numeral 5 del Art. 5 del RCP, en la prestación de servicios el comprobante debe emitirse cuando alguno de los siguientes supuestos ocurriese primero.

Esto es, la culminación del servicio; la percepción de la retribución parcial o total, debiéndose emitir el comprobante de pago por el monto percibido; y el vencimiento del plazo o de cada uno de los plazos fijados o convenidos para el pago del servicio, debiéndose emitir el comprobante de pago por el monto que corresponda a cada vencimiento.

 

Fuente: El Peruano. Viernes 18.12.2009.
www.elperuano.com.pe

 
 

MTPE proyecta incorporar a 40,000 trabajadores a planilla en período 2009 - 2010

 

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) informó que proyecta incorporar a 40,000 trabajadores a nivel nacional a planillas en el período enero 2009 – diciembre 2010, como parte del Plan de Registro Obligatorio de Trabajadores en Planilla (Plan Reto) que busca reducir la informalidad laboral.

“Para dicho período planeamos haber inspeccionado a unas 30,326 empresas, de las cuales esperamos que 26,758 hayan cumplido con incorporar a sus trabajadores en planillas”, dijo la ministra de Trabajo y Promoción del Empleo, Manuela García.

Destacó que uno de los objetivos del Plan Reto es regularizar la situación de los trabajadores no registrados en planilla, además concientizar socialmente sobre la problemática del trabajador no registrado.

Ademá de verificar las actuales condiciones del trabajador para mantener o mejorar las adecuadas relaciones laborales, declaró a la agencia Andina.

García dijo que  sólo entre enero y noviembre de este año, se logró incorporar a unos 20,709 trabajadores en planilla.

En ese lapso se inspeccionaron un total de 15,549 empresas y  13,810 de ellas cumplió con tener a sus empleados en planilla, mientras que se levantó un acta de infracción a 1,739 empresas que incumplieron con dicha obligación.

“En diciembre se inspeccionaron a 824 empresas, 738 cumplieron e incorporaron a 930 empleados a planilla”, dijo.

Igualmente, precisó que durante este año, las órdenes de inspección laboral que ha emitido el MTPE  a nivel nacional asciende a 79,934 y para el 2010 se espera esta cifra aumente a 80,262.

En lo que va del 2009 también se realizaron 190,246 inspecciones laborales y el próximo año se planea hacer unas 191, 027 a nivel nacional.

Precisó que los inspectores  en Lima suman 217, en el Callao 16 y en las regiones 179, haciendo un total de 412 a nivel nacional.

Finalmente,  indicó que debido a la necesidad de que el país cumpla con los estándares laborales internacionales, el MTPE también está trabajando para implementar la Dirección General de Derechos Fundamentales.

Esta dirección tendrá por objetivo contar con un área especializada que de manera articulada trabaje la promoción, protección y cumplimiento de los derechos fundamentales, además la seguridad y salud en el trabajo.

“De esta manera, se estará cumpliendo con los convenios fundamentales de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) referidos a la libertad sindical, abolición del trabajo forzoso, igualdad y eliminación del trabajo infantil”, dijo.

Para tal fin, la Dirección General de Derechos Fundamentales contará con dos direcciones: de Promoción y Protección de los Derechos Fundamentales Laborales y de Seguridad y Salud en el Trabajo.

 

Fuente: Andina. Viernes 18.12.2009.
www.andina.com.pe

 
   

Mercado de franquicias creció 30% este año y facturó alrededor de US$ 750 millones

 

El mercado de franquicias en el Perú creció 30 por ciento en el 2009 y facturó alrededor de 750 millones de dólares, un poco más de lo esperado en medio de la crisis financiera internacional, informó hoy la Cámara Peruana de Franquicias.

“Creemos que en los próximos años seguiremos este ritmo de crecimiento. Este es un buen síntoma porque así, en dos años, el número de franquicias locales será mayor a las extranjeras que operan en el país”, dijo el presidente de la Cámara Peruana de Franquicias, Luis Kiser.

Indicó  que en todo el mundo el mercado de franquicias continuó dinámico y creciendo porque la gente sigue buscando oportunidades de inversión para autogenerarse empleo y no depender económicamente de otros.

Precisó que hoy en día existen 120 franquicias extranjeras en el mercado nacional, mientras que son alrededor de 70 las  franquicias peruanas. No obstante proyectó que el próximo año éstas llegarían a 100 como mínimo.

“En dos años operarán en el Perú más franquicias peruanas que extranjeras y eso ayudará no sólo a fortalecer el sector sino a la exportación de nuestras marcas, especialmente las de gastronomía”, indicó a la agencia Andina.

Subrayó que la buena situación económica por la que atraviesa Perú, y las mejores perspectivas de negocio de los empresarios peruanos, ha permitido que el mercado de franquicias se siga desarrollando positivamente en los últimos años.

“La profundización de la crisis financiera internacional no afectó el crecimiento del sector, debido a que la apertura de franquicias es una salida para que las empresas sigan creciendo”, apuntó.

Explicó que abrir franquicias siempre es una forma de crecimiento para las empresas cuando hay crisis ya que es un crecimiento tercerizado.
 
Kiser dijo que el 80 por ciento de franquicias peruanas que se abren son del rubro gastronómico, y el 20 por ciento restante pertenecen al área de servicios.

Reveló que  recientemente la juguería Las Delicias terminó sus trámites para convertirse en una franquicia al igual que la cebichería Puerto Máncora.

Mientras que siguen en proceso las cebicherías Punta Sal y  Polo Marino, los restaurantes Hanso y Makoto, además la sanguchería Jano’s, La Ibérica,  las pollerías Píkalos, la clínica dental Pasco Multident y el centro de spa Menta & Chocolate, entre otros.

 

Fuente: Andina. Viernes 18.12.2009.
www.andina.com.pe

 
 
     
       
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