A partir del 01 de enero del 2017, se estableció una deducción adicional a las 7 UIT admitidas por la Ley del Impuesto a la Renta, que permite a los trabajadores independientes (que emiten recibos por honorarios) y/o trabajadores dependientes (que se encuentran en planilla), considerar deducciones adicionales de hasta 3 UIT (S/ 12,150.00 ) en la determinación de su Impuesto, por haber realizado gastos en determinados servicios profesionales.
Para efectos de la adecuada aplicación de este beneficio es importante mantener actualizados los datos de su Ficha RUC: el código de profesión, la actividad económica, entre otros. Para tal efecto, deberán verificar y/o efectuar la modificación, ingresando a la opción Trámites y Consultas de SUNAT Operaciones en Línea: www.sunat.gob.pe Asimismo, cabe señalar que, es de suma importancia registrar los pagos correspondientes a los servicios brindados ya que le permitirá informar el medio de pago por el cual fueron recibidos los honorarios del servicio prestado.
Para tal efecto, podrá ingresarlos en la opción antes señalada. Alternativamente, podrá ingresar con su clave SOL en SUNAT Operaciones en Línea a través de las siguientes opciones: Trámites y Consultas/Comprobantes de pago/SEE-SOL/Recibo por Honorarios Electrónicos/Registrar pagos.