Miércoles 12 de enero del 2020
 
 
 
 
 
 

Empleados gozan de Seguro de Vida Ley desde esta semana

Luego de McDonald’s. Más de 2,6 millones de trabajadores contarán con una póliza en caso de muerte o invalidez.

Siete muertes por accidentes de trabajo se registraron en Lima solo en los primeros diez días de febrero. Datos que revelan lo poco que ha variado el escenario tras la muerte de dos jóvenes en un local de McDonald’s en Pueblo Libre.

Justamente, dicho accidente ocurrido en diciembre pasado dio pie para que el Gobierno emita un decreto de urgencia en el que estableció medidas para garantizar la protección de la salud y seguridad en el trabajo.

Una de ellas está vigente desde este martes. Se trata del Seguro de Vida Ley, una póliza con la cual deberán contar todos los trabajadores del sector privado y empleados públicos del Régimen 728.

Así lo dispuso el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) en un decreto supremo publicado el lunes, en el que precisa que las empresas deberán comprar la póliza en una aseguradora supervisada por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).

Asimismo, indica que deberán estar inscritas en el Registro Obligatorio de Contratos del Seguro de Vida Ley, el cual será consultado –las veces que se necesiten– por la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) para sus inspecciones.

Por otro lado, según precisó el laboralista Germán Lora, la norma excluye a los practicantes. Mientras que las trabajadoras del hogar sí contarán con dicho beneficio.

En tanto, la norma establece que las personas que sufran un accidente a menos de un mes de haber sido contratados también son beneficiarios, aunque el cálculo de su póliza se basará sobre la remuneración que percibían al momento del incidente.

Asimismo, se señala que lo dispuesto en la norma “no puede ser interpretado en el sentido que reduzca los beneficios de las pólizas de seguro de vida ya contratadas por el empleador”.

Impacto

Según Eduardo Morón, presidente de la Asociación de Empresas Aseguradoras (Apeseg), la norma beneficiaría de forma directa a más de 2,6 millones de trabajadores de la mediana y gran empresa. Así como a otros 400 mil de las mypes.

Estos se sumarán a los 1,4 millones de empleados que ya cuentan con este beneficio.

Cabe indicar que hasta ayer el Seguro de Vida Ley solo se otorgaba a quienes tenían vínculo laboral por cuatro años. Sin embargo, desde hoy se asegurará a los trabajadores desde el primer día de labores.

Es preciso recordar que la póliza cubre hasta 32 remuneraciones por muerte o invalidez permanente. Y 16 remuneraciones por muerte natural, este último punto recién será obligatorio desde enero del 2021. (Ver infografía).

Según calculó Apeseg, las empresas destinarían cerca del 0,4% de su gasto en planilla para el pago mensual de la póliza.

Medidas paliativas

Para el exviceministro de Empleo Fernando Cuadros, la medida es paliativa y debería complementarse con la obligatoriedad de que las empresas contraten un Seguro de Trabajo de Riesgo, que permite al empleado ampliar su cobertura de salud ante un accidente laboral y mejorar el aporte a su fondo de pensiones.

Asimismo, afirmó que incrementar en 200 los fiscalizadores en Sunafil es insuficiente para vigilar que las miles de empresas cumplan con las normas de seguridad y salud en el trabajo.

grupo larepublica

Seguro de Vida Ley 2020: ¿Cómo funciona?

El Seguro de Vida Ley es obligatorio y se basa en distintas coberturas y remuneraciones asegurables. Conoce todos los detalles aquí:

En el 2019 hubo 236 accidentes mortales en el trabajo

Los accidentes mortales y no mortales en el trabajo aumentaron considerablemente desde el 2017. Con información del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), se reportó que el número de notificaciones por accidentes mortales fue de 236 casos, cuando en el 2017 fue de 161 casos y en el 2018 de 149.

Esto representa un incremento de cerca del 58% comparándolo de un año a otro.

grupo larepublica

.Accidentes mortales en el trabajo se incrementaron en 46% en 2 años

El número de accidentes mortales en los espacios laborales aumentaron en 46% durante el 2019 en comparación con el número registrado en el 2017.

Es así que entre el 2011 al 2019, los sectores con mayor cantidad de este tipo de accidentes se registraron en la manufactura (27%) así como en actividades inmobiliarias (17%) y construcción (13%).

Fuente: Diario la Republica, miércoles 12-02-2020
www.larepublica.pe
Devolución de impuestos: desde este lunes los trabajadores podrán solicitarla a la Sunat

La solicitud se presentará a través de la web de la Sunat.

José Carlos Reyes
jose.reyes@diariogestion.com.pe

Desde este lunes 17 de febrero estará disponible en la web de la Sunat (sección Renta 2019) el Formulario Virtual Nº 709 - Renta Anual - Persona Natural, a través del cual los trabajadores podrán realizar la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta (IR) 2019 y luego de ello podrán solicitar la devolución de impuestos, en caso de existir un saldo a favor del contribuyente.
En el Formulario Virtual Nº 709 la Sunat tendrá registrada la información de cada contribuyente, como sus ingresos y gastos deducible para realizar el cálculo del pago del IR.
“Terminando de hacer la declaración del formulario, se activa la opción para solicitar la devolución en caso de haber un saldo a favor”, señaló a Gestión.pe la abogada tributarista Pamela Sánchez, Manager, Global Mobility & Immigration Services de KPMG.
La solicitud la podrán realizar los trabajadores con rentas de 4ta categoría y rentas mixtas de 4ta y 5ta categoría. “Tras ello, la Sunat tendrá 45 días para realizar la devolución”, subrayó Sánchez.
Asimismo, la Sunat cuenta con una plataforma virtual donde están registrados los gastos realizados por los contribuyentes que servirán para la deducción adicional del IR. Para acceder a la plataforma puede hacer click en este enlace.
En caso la Sunat no haya registrado todas las boletas de pago de gastos realizados por un contribuyente, la persona puede ingresar a la plataforma e ingresar los datos manualmente, refirió Pamela Sánchez.
“Para ello es importante haber guardado las boletas de pago, para tener un respaldo de la información que se está ingresando manualmente”, indicó la especialista.
Por otro lado, Sánchez señaló que no solo podrán solicitar la devolución de impuestos quienes tuvieron una deducción adicional (de hasta 3 UIT) por gastos sustentados, sino también quienes a lo largo del año tuvieron una retención del IR en exceso en sus recibos por honorarios (rentas de 4ta categoría).
Rentas de 5ta
En el caso de los trabajadores que tienen solo rentas de 5ta categoría (en planilla), no es necesario que realicen la solicitud, sino que deben esperar a la devolución de oficio (automática) que iniciará el lunes 13 de abril, según informó la Sunat.
“En estos casos es importante que el contribuyente registre su código de cuenta interbancario para poder recibir la devolución”, anotó Sánchez.
Aquellas personas que tienen RUC pueden registrar su CCI ingresando a SUNAT Operaciones en Línea con su Clave SOL, luego acceder a la opción Otras Declaraciones y Solicitudes, dar clic a la opción Mis Devoluciones / Devoluciones y, posteriormente, seleccionar Código de Cuenta Interbancario.
Para los que no cuentan con RUC, el registro se inicia en la opción Obtener la Clave SOL por Internet luego de lo cual se debe completar en el formulario los datos requeridos incluyendo el CCI.

Otra alternativa es que la empresa comunique a la Sunat el CCI del trabajador a través de la planilla electrónica.
Fuente: Diario Gestión, miércoles 12-02-2020
www.gestion.com
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