Jueves 09 de enero del 2020
 
 
 
 
 
 

Lo mínimo que debemos saber para presentar la declaración anual del Impuesto a la Renta 2019

La presentación solo puede realizarse a través de Sunat Virtual y el pago deberá ser realizado mediante débito en cuenta o mediante tarjeta de débito o crédito.

La Sunat ha precisado los parámetros para que las personas jurídicas y las personas naturales presenten la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta 2019.

Además, la Resolución de Superintendencia N° 271-2019/SUNAT aprobó la regulación respecto a quienes están obligados a presentarla, los formularios y los cronogramas de vencimiento, entre otros temas.

Según Indira Navarro, socia y jefa del Área Tributaria del Estudio Torres y Torres Lara & Asociados Abogados, en el caso de las personas jurídicas la presentación de la declaración jurada se realizará mediante Formulario Virtual N° 710 Renta Anual -Completo-, si es que los ingresos netos superan las 1,700 UITs (S/ 7’140,000).

También deberán utilizar este formulario si gozan de beneficio tributario o gozan de estabilidad tributaria o están obligadas a presentar balance de comprobación.

Se incluye, además, si presenta Reporte Local, Reporte Maestro y/o Reporte País por País o hayan intervenido como adquirente en una reorganización de sociedades o deduzcan gastos de vehículos asignados a dirección o se trate de un contrato de colaboración con contabilidad independiente, entre otros supuestos.

Por otro lado, podrá utilizarse el Formulario Virtual N° 710 Renta Anual -Simplificado-, cuando se trate de contribuyentes que no se encuentren en ninguno de los supuestos indicados.

Ambos formularios se encuentran disponibles actualmente. Excepcionalmente, se permite el uso del PDT N° 710 en situaciones no imputables a los contribuyentes, las que no han sido aún definidas claramente por la Sunat.

En el caso de las personas naturales, la declaración jurada se efectuará mediante el Formulario Virtual N° 709 – Renta Anual – Persona Natural (disponible desde el 17.02.2020) y deberá ser presentada si determinan un saldo a favor de Sunat, o si arrastran saldo a favor del contribuyente.

También si atribuyen gastos por arrendamiento y/o subarrendamiento a su cónyuge o concubino; o, en el caso de una persona natural que percibe exclusivamente rentas de quinta categoría, cuando determine un saldo a su favor por la deducción de gastos de arrendamiento y/o subarrendamiento de inmuebles.

Cabe resaltar que la presentación solo puede realizarse a través de Sunat Virtual y el pago deberá ser realizado mediante débito en cuenta o mediante tarjeta de débito o crédito.

Las fechas de vencimiento máximo son las siguientes:


Fuente: Diario Gestión, jueves 09-01-2020
www.gestion.pe
Incrementarán formalidad laboral en el sector agrario
Promueve protección de los derechos fundamentales de los trabajadores.

Miguel De la Vega Polanco

mdelavega@editoraperu.com.pe

Mediante el Decreto Supremo Nº 002-2020-TR, el Gobierno busca aumentar la protección de los derechos fundamentales laborales en el sector agrario, al establecer que la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) publicará las directivas y protocolos necesarios para fortalecer la actuación inspectiva en este sector. 

La norma prioriza las acciones de formalización laboral mediante el Centro Integrado Formaliza Perú en las regiones donde hay mayor índice de informalidad laboral, en articulación con los gobiernos regionales y locales respectivos.

Comprende también la elaboración de un informe anual del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) respecto a los resultados del registro de trabajadores en planilla y cumplimiento de la normativa de seguridad y salud en el trabajo en el sector agrario.

Al respecto, el socio del área laboral de EY Perú Carlos Cárdenas señaló que la agricultura es la segunda actividad que genera mayor empleo en el país, con el 24.4% de la población económicamente activa (PEA).

“Ahora la Sunafil tendrá una potestad amplia al establecer cuáles son los protocolos para hacer que la actuación inspectiva sea más eficiente y pueda colaborar con la formalización”, declaró a El Peruano.

Refirió que según la tabla de informalidad laboral a partir de la Encuesta Nacional de Hogares (Enaho) del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), en la región Huancavelica este indicador llega a cerca del 90%.

Trato laboral igualitario

El decreto supremo busca ordenar la normativa laboral y garantiza el trato igualitario entre mujeres y hombres, además de asegurar la protección del menor de edad, en un sector que cada vez más concita el interés del capital extranjero, opinó el profesor de la maestría en administración en agronegocios de ESAN Eduardo McBride.

“Están llegando al Perú muchos inversionistas interesados en el sector agroexportador, sobre todo para productos frescos, porque gozamos de condiciones climáticas muy atractivas”, subrayó.

Refirió que la meta del país es pasar de los 7,000 millones de dólares de agroexportación a los 10,000 millones en el 2030.

Datos

La identificación de peligros, evaluación de riesgos y determinación de controles (IPERC) es elaborada y actualizada periódicamente, sin exceder un año.

El empleador hará la IPERC en cada puesto de trabajo, con participación del personal competente, en consulta con los trabajadores y sus representantes.
Fuente: Diario El Peruano, jueves 09-01-2020
www.elperuano.com
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