Jueves 14 de noviembre del 2019
 
 
 
 
 
 

Fijan medidas extraordinarias de gasto público para cumplir meta de crecimiento del 3% del PBI

Autorizan al MEF a realizar modificaciones presupuestarias hasta por 200 millones de soles para el año fiscal 2020.

Pero, ¿todos los trabajadores tienen derecho a este beneficio? Al respecto, el tributarista César Puntriano, lo aclara.

El Poder Ejecutivo dispuso medidas extraordinarias para incrementar la ejecución de las inversiones mediante el gasto público.

La norma precisa que se adopta esta medida ya que el Marco Macroeconómico Multianual 2020-2023 contempla que la economía crecería 3% en el 2019, pero existe un conjunto de factores internos y externos que podrían poner en riesgo el cumplimiento de esta meta.

Entre estos factores se considera que en el ejercicio fiscal 2019 existe un bajo desempeño en la ejecución de las inversiones en los gobiernos subnacionales.

Así, indicó que al cierre de octubre se alcanzó a devengar solo el 39% y 46% del Presupuesto Institucional Modificado (PIM) de proyectos de inversiones de los gobiernos regionales y gobiernos locales, respectivamente.

En consecuencia, estas medidas buscan incentivar y dinamizar la ejecución de las inversiones financiadas con los recursos asignados en el Presupuesto del Sector Público para los años 2019 y 2020.

Incentivo

Así, se autorizó al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) que realice modificaciones presupuestarias hasta por 200 millones de soles para el año fiscal 2020, a fin de financiar la implementación de un incentivo presupuestario orientado a promover el incremento de la capacidad de ejecución de inversiones de los gobiernos regionales y gobiernos locales, que entrará en vigor el 2 de enero del 2020.

Asimismo, durante el Año Fiscal 2019, los gobiernos regionales y gobiernos locales podrán realizar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático de inversiones, cuyos recursos pueden ser anulados (cerrado en el banco de inversiones, impedimentos para su ejecución, entre otros) a fin de que tales recursos sean destinados al financiamiento de inversiones que serán habilitadas (proyectos activos con más del 30% de ejecución presupuestal, expediente técnico aprobado, sostenibilidad de ejecución en el 2020, entre otros).

Control

La Contraloría General de la República, en el marco del Sistema Nacional de Control, verificará el cumplimiento de lo establecido por este decreto de urgencia, y los titulares de los pliegos a los alcances de esta norma serán responsables de su adecuada implementación, uso y destino de los recursos comprendidos.

Fuente: Diario El Peruano, jueves 14-11-2019
www.elperuano.pe
CTS: ¿sabes qué entidades financieras remuneran mejor este beneficio laboral?

Tasas de interés en soles fluctúan entre 7.22% y 1.86%, según información de la SBS

Por Malena Miranda

Se acerca el plazo para el segundo depósito de CTS en el año y por supuesto que tenemos que estar bien informados para optimizar el rendimiento de este beneficio en el sistema financiero. La mayor tasa que podemos encontrar en el mercado actualmente es de 7.22% al año.

La tasa de interés que pagan las entidades financieras por cualquier tipo de ahorro, como el depósito por Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), es el mejor indicador para quienes tienen excedentes de liquidez y buscan mejores retornos por su dinero.  

El viernes 15 de noviembre vence el plazo para que las empresas realicen los depósitos de la CTS en las entidades financieras seleccionadas por los trabajadores dependientes y que pertenecen al régimen laboral de la actividad privada principalmente.

En ese sentido, es interesante saber qué entidad financiera remunera mejor la CTS, de manera que podamos escoger la opción financiera más atractiva.

De esta forma, las tasas de interés en soles para los depósitos CTS en las entidades financieras se sitúan entre 7.22% y 1.86% anual a setiembre de este año, de acuerdo a información difundida por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS). 

Fuente: Diario Andina, jueves 14-10-2019
www.andina.com
Distribución gratuita exclusiva del Colegio de Contadores Públicos de Arequipa para sus Miembros de la Orden.
COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DE AREQUIPA
Sánchez Trujillo 201 Urb. La Perla Cercado. Teléfonos:(054) 215015, 285530, 231385
Email: ccpaqp@ccpaqp.org.pe, Web site: www.ccpaqp.org.pe
Arequipa - Perú
 Siguenos en