Jueves 30 de mayo del 2019
 
 
 
 
 
 

¿Quiénes no pagan el Impuesto a la Renta?

El Impuesto a la Renta se aplica sobre la riqueza de los contribuyentes. Sin embargo algunos hechos por ley se considera que no están gravados de manera permanente (inafectación) o temporal (exoneración).

El Impuesto a la Renta (IR) es un tributo que se aplica sobre la riqueza de los contribuyentes, por eso grava las rentas del capital, del trabajo o combinadas, siempre que provengan de una fuente durable y susceptible de generar ingresos periódicos o regulares.

Es decir, son ingresos que muestran una capacidad de continuar generándose para el contribuyente. Sin embargo, la legislación establece dos excepciones para el pago del IR, la inafectación (de forma permanente) y exoneración (de manera temporal).

¿Qué es la inafectación y exoneración?

De acuerdo al Tribunal Fiscal, existe una inafectación del IR cuando una situación de hecho no ha sido comprendida dentro del campo de aplicación del tributo, es decir, no corresponde a la descripción legal del hipotética y abstracta del hecho concreto (hipótesis de incidencia). Es decir, de manera permanente la riqueza del contribuyente en estos casos no generará la obligación del IR (inafectación).

En tanto, la  exoneración del IR se refiere a que, no obstante sí existe un hecho que puede ser gravado con el IR (hipótesis de incidencia) prevista legalmente, por efecto de una norma no dará lugar al nacimiento de la obligación tributaria, por razones de carácter objetivo o subjetivo, y de forma temporal.

La Ley del Impuesto a la Renta establece las inafectación y exoneración que se aplican en el siguiente listado.

Fuente: Diario Gestión, jueves 30-05-2019
www.gestion.pe
Gestión En Vivo: Las nuevas reglas para la jubilación adelantada en las AFP

Gestión ENVIVO. Hoy desde las 10.00 am transmitiremos en vivo una entrevista con Rafael Picasso, presidente de AFP Habitat. Hagan sus preguntas vía Facebook.

Hace unos días la SBS reglamentó el procedimiento para aplicar a la jubilación anticipada en las AFP.

¿Qué cambios aplican respecto al procedimiento que había antes de la nueva ley? ¿Qué precauciones deberán tomar los afiliados antes de tomar esta decisión? ¿Qué otros cambios podrían darse en el futuro en el sistema de AFP?

Para responder a estas y otras consultas, desde las 10:00 am transmitiremos en vivo una entrevista con Rafael Picasso, presidente de AFP Habitat.

Los lectores podrán realizar sus consultas y comentarios a través de nuestro Facebook.

Les recordamos que una vez concluido el programa, el video completo de la entrevista será publicado en esta nota.

Si quiere revisar anteriores ediciones del programa Gestión ENVIVO, puede hacer click en este enlace.

Fuente: Diario El Peruano, miércoles 29-05-2019
www.elperuano.com
Distribución gratuita exclusiva del Colegio de Contadores Públicos de Arequipa para sus Miembros de la Orden.
COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DE AREQUIPA
Sánchez Trujillo 201 Urb. La Perla Cercado. Teléfonos:(054) 215015, 285530, 231385
Email: ccpaqp@ccpaqp.org.pe, Web site: www.ccpaqp.org.pe
Arequipa - Perú
 Siguenos en