Martes 07 de mayo del 2019
 
 
 
 
 
 

Todo lo que debes saber sobre el pago de la CTS

Conozca en la siguiente nota qué es la Compensación de Tiempo de Servicio (CTS), cómo se calcula y en qué se recomienda invertir este dinero.

Las empresas peruanas tienen hasta el próximo miércoles 15 de mayo para realizar el primer depósito de la Compensación de Tiempo de Servicio (CTS) a sus trabajadores, un beneficio social con el que cuentan todos los que laboran de manera formal.

La CTS es un ahorro forzado dispuesto en la legislación laboral nacional y su objetivo es poder hacer uso de este dinero para los momentos en los que los trabajadores se queden sin empleo, sea mediante despido o renuncia.

El depósito de la CTS debe ser efectuado por el empleador a nombre del trabajador, en moneda nacional o extranjera según la elección del empleado, en la entidad financiera elegida por el colaborador.

¿Quiénes perciben la CTS?

Tienen derecho a percibir este beneficio los trabajadores sujetos al Régimen Laboral de la Actividad Privada que hayan laborado al menos un mes (30 días naturales) al servicio de un mismo empleador y que cumplan con una jornada mínima de 4 horas diarias o 20 horas a la semana, según explica Claudia Quintanilla, gerente de Operaciones de Rextie.

En el caso de las empresas sujetas al Régimen Laboral de la Micro y Pequeña Empresa ( Mype), si se trata de una microempresa (empresa inscrita en el Remype con ventas anuales de hasta 150 UIT), el trabajador no tendrá derecho a percibir la CTS, menciona a su turno Carina Dávila, gerente legal de BDO en Perú.

En tanto, si se trata de una pequeña empresa (empresa inscrita en la Remype con ventas anuales mayores a 150 UIT y hasta 1,700 UIT), el trabajador tendrá derecho a recibir 15 remuneraciones diarias por cada año completo de servicios, por lo que recibirá el 50% del beneficio que un trabajador del régimen común percibe, agrega Dávila.

¿Cómo se calcula la CTS?

La CTS será calculada dependiendo de cuántos meses completos se hayan laborado durante el semestre noviembre–abril (caso del depósito de mayo) o durante el semestre mayo-octubre (caso del depósito de noviembre), señala la ejecutiva de BDO.

Para calcular el monto a recibir en mayo o noviembre, deberá dividirse entre 12 el sueldo mensual y sumar dicho monto por el número de meses trabajados en el semestre computable.

A modo de ejemplo, si un trabajador percibe S/3,000 mensuales, generará S 250 por mes para su fondo de CTS. Si llegara a laborar el semestre completo (S/250 x 6 meses), obtendrá S/1,500.

Con ello se puede afirmar que los trabajadores que laboren 6 meses completos siempre obtendrán el 50% de su sueldo para el fondo de este beneficio social.

¿Cuándo se puede retirar?

Quintanilla afirma que el empleado puede retirar parte de su CTS cuando este exceda el equivalente a 4 sueldos, conforme a la Ley 30334, siendo el excedente lo que podrá disponer.

Por ejemplo, si se tiene que un trabajador percibe S/4,000 mensualmente y el fondo de su CTS es de S/18,000, lo que podrá retirar será el dinero excedente a S/16,000 (4 veces su sueldo), es decir, S/2,000.

¿En qué se recomienda invertirlo?

Debido a que no se puede disponer del 100% del monto de la CTS, salvo en caso de renuncia o despido, se pueden considerar distintas propuestas que hay en el mercado como depósitos a plazo y fondos mutuos, apunta la vocera de Rextie.

Saldar una parte o la totalidad de las deudas con entidades o personas naturales hasta el momento de la reinserción laboral es también otra de las opciones

"El concepto primordial es reducir nuestro endeudamiento, pero sin sacrificar o exponer innecesariamente nuestra disponibilidad de efectivo en el tiempo (...) Es importante tener claro el objetivo primordial de la CTS, la cual busca tener acceso a un ahorro para hacer frente a futuras contingencias en caso de extinción de vínculo laboral, mientras se reincorpore al mercado laboral", remarca Quintanilla.

Por último, se puede optar por una opción de inversión que ofrezca una tasa de interés mayor, pero que contenga similar nivel de riesgo.

En caso no se encuentre una mejor alternativa, las especialistas sugieren dejar los fondos excedentes en la cuenta de CTS

Fuente: Diario gestón, martes 07-05-2019
www.gestion.pe
Huella digital será la nueva Clave Sol a partir de diciembre: ¿cómo funcionará?

“Eso permitiría que cada quien tenga una cuenta y que cree una clave, esa clave para los ciudadanos es como la Sunat sustituiría la Clave Sol”, indicó Claudia Suárez, jefa de la Sunat.

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat ) inicia un nuevo paso en su gestión de identificación de los contribuyentes con su proceso de transformación digital.

Claudia Suárez, jefa de la Sunat detalló que la entidad trabaja con el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) para que, a través de una foto en el dedo, desde un celular se pueda identificar la huella digital. Con ello se podrá identificar a los contribuyentes.

“Eso permitiría que cada quien tenga una cuenta y que cree una clave, esa clave será que la sustituirá la Clave Sol, para la Sunat”, indicó.

Sunat

(Foto: Difusión)

La superintendenta mencionó que ya no sería necesario ir a las oficinas de la Sunat para poder activar la Clave Sol.  Este proyecto se iniciará el 1 de julio y estará operativo desde el 1 de diciembre.

“Nosotros ya nos hemos reunido con Reniec y con el Ministerio de Trabajo. Este es un producto de Reniec y que como Sunat somos los usuarios”, expresó.

La idea es que a partir de diciembre ya no se requiera obtener la clave sol, sino que la clave sea la huella digital para fines tributarios.

Huella

(Fuente: Difusión)

Al respecto, el tributarista Josá Verona comentó que el uso de la tecnología de la Reniec con fines tributarios, se viene esperando desde junio del 2016.

"Este cambio que viene esperando desde junio 2016, conjuntamente con reemplazar el RUC por el DNI, teniendo como fundamento que la Renie tiene la base de los 24.5 millones de peruanos, en reemplazo de los 8 millones de peruanos que tiene Sunat, para detectar los 16.5 millones de informales", apuntó.

En ese sentido, recordó que la Reniec -en setiembre de 2010- puso a disposición en de Poder Judicial, el Ministerio de Justicia, la Fiscalía, Sunat y la Policía Nacional un sistema automático de identificación biométrica que compara su huella dactilar con más de 24 millones de huellas dactilares existentes en su base de datos, dando una respuesta en 4 segundos.

"Esta poderosa herramienta biométrica de la Reniec es usada desde octubre del 2006 y hoy permite garantizar la confiabilidad de la gran base de datos en la que se encuentran las huellas dactilares del 99.8% de los peruanos mayores de 18 años", apuntó.

Fuente: Diario Gestión, martes 07-05-2019
www.gestion.com
Distribución gratuita exclusiva del Colegio de Contadores Públicos de Arequipa para sus Miembros de la Orden.
COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DE AREQUIPA
Sánchez Trujillo 201 Urb. La Perla Cercado. Teléfonos:(054) 215015, 285530, 231385
Email: ccpaqp@ccpaqp.org.pe, Web site: www.ccpaqp.org.pe
Arequipa - Perú
 Siguenos en