Jueves 14 de marzo del 2019
 
 
 
 
 
 

Todo listo para la campaña de regularización IR 2018

Administración tributaria estima un incremento del 12% en la entrega de declaraciones.

Un total de 556,000 personas naturales y cerca de 700,000 empresas tienen plazo hasta el próximo 8 de abril para cumplir con la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta 2018.

Así, en comparación con los resultados de la campaña del año anterior, en este período fiscal se registraría un incremento de más de 12% en el número de declaraciones presentadas, informó Carlos Chirinos, gerente de Orientación y Servicios de la Sunat.

El mayor aumento sería de las personas naturales con un incremento del 14%, mientras que en el caso de empresas, el crecimiento sería de casi 11%.

La Sunat, de este modo, estima que para la presente campaña de regularización del Impuesto a la Renta 2018 serán más de 1.2 millones los contribuyentes que cumplirán con la declaración anual.

Medidas

Chirinos Gómez anotó que como en años anteriores, la Sunat implementa nuevas mejoras y optimizaciones orientadas a facilitar la declaración, el pago o la devolución de impuesto de corresponder. 

Las personas naturales obligadas a declarar tienen a su disposición información personalizada sobre sus rentas, gastos, retenciones y pagos de impuestos. Dicha data deberá ser verificada y, de ser el caso, completada o modificada antes de entregar la data.

También cuentan con una plataforma en el portal institucional para consultar los gastos adicionales (interés por crédito hipotecario, alquiler de viviendas, servicios profesionales de médicos, odontólogos entre otros) que se podrán considerar como deducibles hasta por un monto de 3 UIT.

Aquellos obligados con saldo a favor, de igual modo, podrán solicitar su devolución al momento de presentar la declaración, y escoger la opción de abono en cuenta para lo cual deberán consignar en la solicitud de devolución el número de Código de Cuenta Interbancario (CCI).

Incluso, para facilitar la declaración el contribuyente que deduzca gastos por alquiler o interés de crédito hipotecario deberá indicar en la misma declaración la atribución de estos gastos (cónyuges, concubinos o copropietarios).

En el caso de empresas, los obligados deberán presentar la declaración solo por medios virtuales, y de tener impuesto por pagar podrán solicitar el fraccionamiento siempre que los ingresos sean hasta 150 UIT (S/ 630,000). De tener un saldo a favor podrán presentar la respectiva solicitud de devolución en línea.

Formularios

Para la presente campaña de regularización de rentas 2018, la Sunat aprobó el Formulario Virtual 707 destinado a las personas naturales con rentas de primera categoría, rentas de segunda categoría, rentas del trabajo (4ta y 5ta) y rentas de fuente extranjera. 

También el Formulario Nº 708, para la renta anual de empresas, tercera categoría; y el PDT 708 correspondiente a la tercera categoría ITF.

Todos estos formularios virtuales ya se encuentran disponibles para los contribuyentes y pueden ser consultados en la página web del ente tributario.

Avances

Desde el 18 de febrero a la fecha ya se han presentado más de 180,000 declaraciones.

Se espera que este número vaya en aumento antes del inicio de las fechas de vencimientos para esta obligación, previstos del 25 de marzo hasta el 8 de abril, según el último dígito del RUC.

Fuente: Diario El Peruano, jueves 14-03-2019
www.elperuano.pe
Sunat: Todo lo que debe saber para solicitar deducciones en el Impuesto a la Renta 2018

Desde el 25 de marzo, 1,2 millones de contribuyentes validarán sus gastos deducibles ante la Sunat. Se podrá deducir los intereses por créditos hipotecarios por última vez.

En unos días, iniciará el vencimiento del plazo para que las personas naturales que ganen más de S/29.050 (7 UIT) al año y todas las empresas presenten su Declaración Jurada Anual delImpuesto a la Renta correspondiente al ejercicio del año 2018. Con ello, los contribuyentes podrán acceder a la devolución de impuestos hasta por S/12.450 (3 UIT), considerando el valor de la UIT del 2018 (S/4.150).

Si bien desde el 18 de febrero se habilitó el formulario virtual en la web de la Sunat para presentar la Declaración Jurada, el cronograma establecido va del 25 de marzo al 8 de abril, según el último dígito del RUC.

A la fecha, ya se han presentado cerca de 180 mil Declaraciones Juradas, informó Carlos Chirinos, gerente de Orientación y Servicios de la Sunat. Se estima que serán más de 1,2 millones de contribuyentes que presentarán su Declaración Jurada, un incremento del 12% frente a la campaña del año pasado. De estas, 556 mil corresponderían a personas naturales y casi 700 mil a empresas.

DEVOLUCIONES
Para acceder a la devolución de impuestos, los contribuyentes deberán acceder al Formulario Virtual 707 en la web de la Sunat, y verificar los datos pre cargados sobre sus rentas, gastos, retenciones y pagos de impuestos.

El 2018 será el último ejercicio anual en el que se podrán deducir los intereses por el crédito hipotecario de la primera vivienda. También se podrá deducir el 30% de los pagos por alquiler de inmuebles; el 100% de aportes al seguro social de trabajadores del hogar; y el 30% de los servicios de cuarta categoría de médicos, odontólogos y más profesionales. En el último caso es necesario que el pago haya sido validado con un recibo electrónico.

En el caso de las deducciones por créditos hipotecarios y alquiler de inmuebles, los datos deberán ser ingresados al Formulario Virtual.

La Sunat tendrá hasta junio para realizar las devoluciones a los contribuyentes. Se podrá escoger la opción de abono en cuenta, para lo cual deberán declarar su Código de Cuenta Interbancario (CCI) en el registro de su clave SOL o en la Declaración Jurada.

RETRASOS Y MULTAS
En caso el contribuyente obtenga un saldo a pagar, existen dos modalidades para hacer el pago de impuestos después del plazo establecido: el aplazamiento y el fraccionamiento.

El aplazamiento es un beneficio que permite al contribuyente dejar de pagar por algunos meses la deuda y que luego desembolse el monto mediante el fraccionamiento. Este último es el reparto de la deuda en varias cuotas, siempre que el monto total sea por lo menos de S/420 (10% de una UIT) para personas naturales y se acceda a una cuota mínima mensual de S/210 (5% de una UIT). Este trámite podrá ser solicitado en línea en el Formulario Virtual 707.

Chirinos resaltó que las cuotas incluyen una tasa de interés moratorio actualmente fijado en 1,2% mensual y 0,04% diario.

En el caso de que el contribuyente no logre realizar la Declaración Jurada en el plazo establecido, se genera una infracción tributaria, indicó Chirinos. La sanción asciende a S/2.100 (50% de una UIT) en el caso de las personas naturales, y a S/4.200 (una UIT) para las empresas. Cabe señalar que la infracción será aplicada indiferentemente si se trata de un día o seis meses.

Para regularizar el pago, la Sunat otorga incentivos para aquellos contribuyentes que presentan su Declaración Jurada voluntariamente sin que la administración tributaria le haga un requerimiento previo. En ese caso, la sanción se reduce en un 90%.

Fuente: Diario EL Comercio, jueves 14-03-2019
www.elcomercio.pe
Distribución gratuita exclusiva del Colegio de Contadores Públicos de Arequipa para sus Miembros de la Orden.
COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DE AREQUIPA
Sánchez Trujillo 201 Urb. La Perla Cercado. Teléfonos:(054) 215015, 285530, 231385
Email: ccpaqp@ccpaqp.org.pe, Web site: www.ccpaqp.org.pe
Arequipa - Perú
 Siguenos en