Lunes 04 de marzo del 2019
 
 
 
 
 
 

¿Busca un crédito para los gastos escolares? Compare las tasas de interés que cobran y evite pagar el doble

En esta nota conocerá cuánto llegará a pagar a una entidad financiera en caso solicite un crédito.

Cada vez se acerca más el día de retorno a clases y los gastos escolares pueden superar el presupuesto que teníamos previsto.

En caso una persona busque un crédito de consumo (préstamo personal de libre uso) para cubrir estos gastos, puede acceder al portal comparabien.com.pe. Allí se pueden conocer los intereses y cobros en general de cada entidad financiera.

Hicimos la simulación para el caso de un crédito de S/ 5,000, a pagar en 12 meses, para una persona con ingresos de S/ 3,000.

El resultado de portal arroja que el Banco de Comercio ofrece el menor costo de este crédito, con una Tasa de Costo Efectiva Anual (TCEA) mínima de 25%, una cuota mensual de S/ 471 y un pago total aproximado de S/ 5,679. Esto implica que respecto al préstamo inicial, se termina pagando, en adición, S/ 2,679 en intereses y otros cobros.

En segundo lugar se ubica la Caja Arequipa, con una TCEA mínima de 34%, una cuota mensual de S/ 487 y un pago global de S/ 5,849 (ver cuadro).

Créditos

En contraste, la financiera  Qapaq es la entidad que tiene el mayor costo, con una TCEA mínima de 218%, una cuota mensual de S/ 741 y un pago global de S/ 8,900.

Ello quiere decir que respecto al préstamo inicial, se termina pagando en adición S/ 5,900 en intereses y cobros (ver cuadro).

Créditos

Es decir, si comparamos entre la entidad más barata (costo adicional de S/ 2,679) y la más cara (costo adicional de S/ 5,900), elegir adecuadamente permitiría evitar pagar más del doble en intereses y otros cobros.


Fuente: Diario Gestión, lunes 04-03-2019
www.gestion.pe
Tribunal establece límites al acuerdo conciliatorio laboral

Al resolver infracción normativa. Para Corte Suprema esta solución consensuada no debe afectar derechos irrenunciables.

Los acuerdos conciliatorios que pretendan oponerse al reclamo de un derecho laboral no deben afectar derechos irrenunciables de los trabajadores, determinó la Corte Suprema de Justicia.

Fue al resolver la sentencia recaída en la Casación Nº 330-2017-Lambayeque, en que la Segunda Sala Suprema de Derecho Constitucional y Social Transitoria analizó la infracción normativa del artículo 6 del TUO del D. Leg. 728 que define y fija el alcance del concepto remunerativo.

En ese contexto, el máximo tribunal considera que los jueces deben verificar que el acuerdo que se pretende oponer al reclamo de un derecho laboral no debe afectar derechos indisponibles, lo que equivale a sostener que el acuerdo conciliatorio no puede contener la disminución de un derecho del trabajador reconocido en la Constitución Política del Estado, en la ley o Convenio Colectivo. 

Justificación

El tribunal, de ese modo, justifica su decisión en el principio de irrenunciabilidad de derechos en el ámbito laboral, la naturaleza de derecho fundamental de la remuneración y el test de disponibilidad de derechos a que hace referencia en artículo 30 de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, señala el laboralista Jorge Luis Acevedo, quien además es socio del Estudio Benites, Vargas & Ugaz Abogados.

Se trata de un caso en que la empresa demandada firmó un “Acuerdo conciliatorio laboral integral” a fin de sustituir el pago de dinero a abonar por conceptos de remuneraciones y beneficios sociales, por abonos en especies que eran “acciones” que tenían un valor nominal de 10.00 soles.

Así, tras el análisis del acuerdo, la sala concluye que la remuneración en especie dada (“acciones”) no supera el test de disponibilidad, y que tampoco cumplía con la condición de ser de libre e inmediata disposición, lo que se traduce como una disminución y/o afectación a los derechos laborales.

Por ello, deciden casar la sentencia de vista, otorgando además el monto de S/ 64,913.61 soles. 

Encuentro urgente

La Comisión Permanente de Acceso a la Justicia de Personas en condición de Vulnerabilidad y Justicia en tu Comunidad de la judicatura realizará mañana el Segundo Encuentro de Mujeres por el Acceso a la Justicia. La actividad organizada por este grupo de trabajo que preside la jueza Janet Tello Gilardi, está enmarcada en el Día Internacional de la Mujer a conmemorarse este viernes 8. El objeto es promover la aplicación del sistema legal para contrarrestar toda violencia y discriminación contra la mujer.

Fuente: Diario El Peruano, lunes 04-03-2019
www.elperuano.pe
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