Miércoles 10 de julio del 2019
 
 
 
 
 
 

Sunat: Solo falta atender el 2.6% de procesos de devolución de oficio de impuestos

De los casi 500,000 procesos para la devolución de oficio del Impuesto a la Renta 2018, al viernes 5 de julio la Sunat ha atendido el 97.4% de esos trámites.

Este año la Sunat ha tenido casi 500,000 procesos para la devolución de oficio del Impuesto a la Renta 2018 por un monto de S/ 350 millones, en tanto al viernes 5 de julio se ha atendido el 97.4% de esos procesos, quedando pendiente el 2.6% restante, señaló la jefa de la administración tributaria, Claudia Suárez.

Explicó que estos procesos pasan a verificación al encontrarse algún tipo de inconsistencia en la información.

“Es cierto que hay usuarios a los que todavía no se han devuelto (los impuestos), pero al 97.4% ya se les devolvió”, precisó Suárez durante el Foro “Promoviendo la Competitividad: Necesidad de un sistema tributario más dinámico”, organizado por Contribuyentes por Respeto y Esan.

Cabe mencionar que los procesos de oficios son los que genera la administración tributaria, de manera que no es necesario que los contribuyentes presenten una solicitud de devolución al ente recaudador.

Además, este tipo de procesos beneficia a los trabajadores en planilla que durante el 2018 realizaron determinados gastos deducibles pero que no estaban obligadas a presentar la Declaración Anual de Renta 2018.

Fuente: Diario Gestión, miércoles 10-07-2019
www.gestion.pe
Trabajadores cesados que fueron reincorporados podrán recibir compensación de hasta S/ 27 mil 900

La norma funciona como beneficio extraordinario para quienes hayan optado por la reincorporación laboral tras haber sido cesados irregularmente.

Los ex empleados que hayan sido reubicados en su empresa y se encuentren inscritos en el Registro Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente podrán optar por una compensación económica de hasta 30 sueldos mínimos; es decir, S/ 27,900 calculado bajo la cifra actual.

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) aprobó la medida vía Decreto Supremo Nº 010-2019-TR, publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano.

Si bien ya existía la compensación económica para quienes hayan sido despedidos bajo una excusa cuestionable, la norma ahora incluye a quienes hayan optado por la reincorporación laboral y no hayan accedido a este bono.

La base de cálculo es la remuneración mínima vital (RMV) vigente, actualmente S/ 930. Cada trabajador podrá recibir dos sueldos mínimos por cada año acreditado de trabajo en la empresa, hasta un máximo de 15 años.

Dentro de cinco días hábiles, el MTPE publicará mediante resolución ministerial el formato de solicitud para acceder a esta compensación extraordinaria.

Desde entonces, y por un plazo de 30 días hábiles, los ex trabajadores deberán presentar el formulario hacia el MTPE. En 30 días hábiles adicionales, el sector publicará el listado de ciudadanos que recibirán la compensación.

Fuente: Diario Peru 21, miércoles 10-07-2019
www.peru21.com
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