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¿Qué tipo de créditos hipotecarios deberían tomar los jóvenes? |
Yanina Cáceres, directora general de Negocios Financieros de Sentinel, indicó que más del 27% de jóvenes que compra una vivienda tiene entre 24 y 35 años.
De acuerdo con el análisis de Sentinel , en el 2018 los jóvenes de entre 24 a 35 años fueron el segundo grupo que más solicitócréditos hipotecarios .
En ese sentido, Yanina Cáceres , directora general de Negocios Financieros de Sentinel, recomendó a los jóvenes que quieren comprar su primera vivienda considerar los créditos Mivivinda(de entre S/ 57,500 a S/ 410,000) antes que los créditos tradicionales, que son de montos mayores.
"La recomendación para los jóvenes es que no se endeuden comprando un departamento de muchos m2 y compren algo pequeño. Ya más adelante cuando tengan familia pueden pedir una segunda hipoteca (crédito tradicional) con mayor metraje", señaló.
Créditos Mivivida
Los créditos Mivivienda le permiten un financiamiento de hasta el 90% de entre cinco a 20 años y entre sus beneficios están: el Bono de Buen Pagador, el Bono de Vivienda Verde (en caso sea un proyecto 'verde'), y el premio al Buen Pagador.
Además, la cuota que acuerde con su banco siempre será la misma y puede realizar prepagos sin penalidad.
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Declaración y pago del IR de segunda categoría |
Nuevos lineamientos aplicables a los tragamonedas para pagar ISC.
Para garantizar una mejor administración o recaudación del impuesto a la renta (IR) de segunda categoría, incluyendo los respectivos pagos a cuenta, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) actualizó las reglas y aprobó el formulario virtual para la declaración y pago del citado tributo.
Esto último en atención a que conforme al artículo 84-B de la Ley IR, la persona natural, sucesión indivisa o sociedad conyugal que optó por tributar como tal, domiciliada en el país y que perciba rentas de segunda categoría que no están sujetas a retención debe abonar pagos a cuenta por aquellos ingresos.
Fue mediante la RS N° 022-2019/Sunat, que adecúa el formulario para el uso respecto del pago a cuenta por rentas de segunda categoría por la venta de valores no sujeta a retención.
Directrices
De acuerdo con la norma, deberán presentar esta declaración aquellas personas naturales, sucesiones indivisas y sociedades conyugales que hubiesen optado por tributar como tales, domiciliadas en el país, que en un mes hubieren percibido rentas de segunda categoría provenientes de la enajenación de inmuebles o derechos sobre los mismos, o bienes a que se re?ere el inciso a) del artículo 2 de la Ley del IR que no estén sujetas a retenciones.
De igual modo, deben hacerlo si en un mes hubiesen percibido otras rentas de segunda categoría, distintas de dividendos y cualquier otra forma de distribución de utilidades a que se re?ere el inciso i) del artículo 24 de la Ley del IR, sobre las que no se hubiere efectuado la retención del impuesto con carácter de?nitivo.
También estarán obligados si en un mes hubieren generado pérdidas, por la enajenación de los bienes a que se re?ere el inciso a) del artículo 2 de la Ley del IR, distintas de las atribuidas conforme al artículo 29-A de esta norma y de las registradas en la institución de compensación y liquidación de valores o quien ejerza funciones similares.
Sin embargo, no deberán presentar la declaración si únicamente arrastran pérdidas del mes anterior o meses anteriores, señala la norma.
Así, en los casos en que se deba presentar la declaración, esta podrá efectuarse desde hoy mediante el Formulario Virtual para la Declaración y Pago de Renta de Segunda Categoría-Cuenta Propia Nº 1665, modificado.
Ello teniendo en cuenta que la declaración y el pago procederá hasta el mes siguiente de percibida la renta o generada la pérdida, dentro de los plazos establecidos por la Sunat para las obligaciones tributarias de liquidación mensual, consignando el período correspondiente al mes en que se percibe la renta o se genera la pérdida.
No obstante,si la renta corresponde a la enajenación de más de un inmueble o derecho sobre el mismo, deberá presentarse una declaración por cada uno de ellos.
Por otro lado, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó la nueva Tabla de Valores Referenciales para efectos de determinar la base imponible del Impuesto a las Embarcaciones de Recreo correspondiente al 2019, mediante la RM Nº 037-2019-EF/15.
Juegos de casino
La entidad recaudadora también estableció los lineamientos y aprobó la nueva versión y denominación del PDT- Formulario Virtual N° 693 para efectuar la declaración y el pago del impuesto selectivo al consumo (ISC) aplicable a los juegos de casino y máquinas tragamonedas, mediante la Resolución de Superintendencia N° 024-2019/Sunat.
Así, el pago del ISC aplicable a los juegos de casino y máquinas tragamonedas podrá efectuarse con la presentación de dicho PDT en las dependencias de la Sunat o sucursales y agencias bancarias autorizadas, según sea el caso, o mediante Sunat Virtual, empleando el Formulario Nº 1662-Boleta de Pago o el Formulario Virtual Nº 1662-Boleta de Pago.
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Distribución gratuita exclusiva del Colegio de Contadores Públicos de Arequipa para sus Miembros de la Orden.
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