Jueves 31 de enero del 2019
 
 
 
 
 
 

AFP: Fondos 0 y 1 fueron los únicos que lograron rentabilidad positiva en el 2018

El fondo 0, de protección de capital, tuvo una rentabilidad de 3.71% y el fondo 1, de bajo riesgo, obtuvo 0.56%.

La Asociación de AFP (AAFP ) informó hoy que debido a la volatilidad de los mercados financieros a nivel global los fondos de pensiones del sistema privado tuvieron un resultado mixto o variado en el último año.

Así el fondo 0, de protección de capital, tuvo una rentabilidad de 3.71%; el fondo 1, de bajo riesgo, obtuvo 0.56%; mientras que  el fondo 2, de riesgo medio, tuvo una rentabilidad negativa de 1.3% y el fondo 3, de mayor riesgo, cerró en -3.8%, en promedio.

No obstante, la rentabilidad en los últimos años se mantiene en el rango positivo, por encima de los instrumentos de inversión que pueden encontrarse en el mercado. Según la Superintendencia de Banca y Seguros y AFP (SBS), el Fondo 1 acumula una rentabilidad anual nominal de 6.22% y 5.83% para los últimos cinco y tres años, respectivamente. El Fondo 2 acumula 6.92% y 6.69%; y el Fondo 3 5.53% y 6.11% para ambos periodos.

¿Qué AFP tuvo la menor rentabilidad?

Entorno económico
Al analizar la situación económica mundial durante este año, los gerentes de Inversión de las cuatro AFP se mostraron optimistas, porque se espera un crecimiento económico para los países desarrollados de 2%, de 5.7% para Asia Emergente (China, India y Corea) y 2.2% para América Latina, en el que destacan Perú con una proyección de crecimiento de 3.9%, Colombia con 3.2%, Brasil con 2.5% y México con 1.9%.

Sin embargo, también expresaron su preocupación por la guerra comercial entre Estados Unidos y China, que afectó el comercio entre ambas naciones y el precio de los metales, especialmente del cobre y oro, de los que el Perú es uno de los más importantes productores.​

En ese contexto, destacaron que este año la inversión privada continuará siendo uno de los principales motores de crecimiento del país, especialmente por el desarrollo y ampliación de diversos proyectos mineros.

Asimismo, se espera que continúen, aunque lentamente, las inversiones en los proyectos de la Línea 2 del Metro de Lima, Majes Siguas II, la Autopista del Norte (Pativilca - Salaverry), la Autopista del Sol (Trujillo-Sullana), la Red Vial 6 (Pucusana - Ica), la Panamericana Sur (Dv. Quilca - La Concordia), entre otras obras de infraestructura.

Fuente: Diario Gestión, jueves 31-01-2019
www.gestion.pe

IGV y la contabilidad independiente

Los consorcios con contabilidad independiente deben acreditar la condición de sujetos exonerados del impuesto general a las ventas (IGV) de la Amazonía. En efecto, mediante Acuerdo de Sala Plena N° 03-2018/TCE (1), se analizó la controversia respecto a si son los Consorcios con Contabilidad Independiente (en adelante, CCI) o sus integrantes que, encontrándose inmersos en un proceso para contratar con el Estado, deben cumplir con los requisitos correspondientes a efectos de acceder al beneficio de la exoneración del IGV recogido en la Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía (en adelante, Ley de la Amazonía) (2).

Klever Espinoza Ratto
Estudio Benites, Vargas & Ugaz

Al respecto, el Tribunal de Contrataciones del Estado sostuvo que al ser los CCI considerados personas jurídicas (3) y, en consecuencia, contribuyentes, encajan en el supuesto de “empresas” recogido en el Reglamento de la Ley de la Amazonía (4). Por lo tanto, califican como beneficiarios de la exoneración del IGV referida en el párrafo anterior. Por tanto, los CCI deberán cumplir con los requisitos exigidos por la Ley de la Amazonía y su reglamento para acceder al referido beneficio. Asimismo, el representante común del consorcio deberá suscribir la Declaración jurada de cumplimiento de condiciones para la aplicación de la exoneración del IGV, indicando la condición de CCI. En este sentido, es importante recordar que el CCI, que se encuentre inmerso en un proceso de selección para contratar con el Estado, debe: (i) fijar domicilio de su sede central en la Amazonía; (ii) inscribirse en los Registros Públicos de la Amazonía; y, (iii) que sus activos y/o producción se encuentren y realicen en la Amazonía en un porcentaje mayor al 70% del total de sus activos y/o actividades.
Fuente: Diario El Peruano, Jueves 31-01-2019
www.elperuano.pe
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