Miércoles 11 de diciembre del 2019
 
 
 
 
 
 

MEF mejora normatividad para fiscalización tributaria

La modificación fortalecerá la lucha contra la evasión y la defraudación de impuestos.

Con el objetivo de optimizar la fiscalización tributaria en el exterior y evitar la evasión, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) modificó el reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta (IR), en concordancia con las mejores prácticas internacionales.

Mediante el Decreto Supremo N° 369-2019-EF, publicado en el Diario Oficial El Peruano, se modificó el reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta.

Al respecto, el tributarista José Verona sostuvo que la mencionada disposición legal fortalecerá la lucha contra la evasión y la defraudación tributaria, las cuales afectan las cajas fiscales de los países.

Este decreto supremo que emite el MEF tiene la finalidad de adecuar el reglamento del IR a los nuevos requerimientos de fiscalización tributaria internacional, mencionó.

“La norma apunta a descubrir los montos o grandes sumas de dinero que no hayan sido declarados o que se quieran ocultar a las cajas fiscales de los países”, agregó.

Fiscalización

El decreto supremo modifica específicamente el artículo 58 del Reglamento de la Ley del IR, para efecto de deducir los créditos por los impuestos pagados en el exterior.

Se incorpora el artículo 58-A al reglamento, referido al registro para tener derecho a la deducción del crédito indirecto.

Además, se modifica el artículo 5 del reglamento, que establece la información financiera que se debe suministrar a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) para que ejecute el intercambio automático de información, conforme a lo acordado en los tratados internacionales y en las decisiones de la Comisión de la Comunidad Andina.

La norma entra en vigencia el 1° de enero del 2020, salvo la modificación del reglamento que establece la información financiera que se debe suministrar a la Sunat, la cual entrará en vigencia desde mañana.

Comercio exterior

Los cambios dispuestos el lunes por el Ejecutivo en la Ley General de Aduanas nos acercarán a los estándares internacionales registrados en las operaciones de comercio exterior, destacó la Asociación de Exportadores.

Esta norma permitirá elevar la competitividad del sector respecto a otras ofertas de exportación.

Precisó que se agilizará el traslado de las mercancías, lo que generará ahorros en el tema logístico.
Fuente: Diario El Peruano, miércoles 11-12-2019
www.elperuano.pe
Gratificación por Navidad: El ABC que debes conocer
Por qué y cuánto debo recibir son algunos aspectos claves

En diciembre las personas suelen gastar más en comparación al resto del año y ello responde a que, por motivos laborales, perciben mayores ingresos.

Dicho ello, este mes los empleadores de la actividad privada tienen la obligación de realizar el pago de la Gratificación Legal por Navidad a sus colaboradores; pese a que esto ocurre todos los años, aún existen dudas que se generan frente a diversos panoramas laborales. 

¿Me corresponde recibir la gratificación si soy despedido? ¿Qué hago si no me la pagan? ¿Si trabajo para una mype, deben depositármela? Para dar respuestas a estas preguntas, Brian Ávalos, laboralista del estudio Payet, Rey, Cauvi, Pérez, presenta el ABC de la gratificación. 

A) ¿Por qué deben pagarme la gratificación? 

Es una obligación legal. De acuerdo a la Ley N°27735 y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº05-2002-TR, todos los trabajadores sujetos a la actividad privada tienen derecho a una gratificación legal por Fiestas Patrias y Navidad, las cuales son pagadas en la primera quincena de julio y diciembre, respectivamente. 


B) ¿Cuánto debo recibir por la gratificación legal? 

El monto de la gratificación legal de Navidad es equivalente a la remuneración que usualmente percibe el trabajador y tendrá derecho siempre que labore por lo menos un mes. Así, por ejemplo, si el trabajador gana mensualmente un sueldo bruto de 1,200 soles y trabaja todo el semestre (de julio a diciembre), el monto de la gratificación legal será equivalente a 1,200 soles.

Si el trabajador ingresó el 1 de octubre de 2019 y gana 1,200 soles, va a tener 3 meses de servicios en el semestre, por lo que le corresponderá ganar 600 soles (la fórmula es: [1,200 / 6 ] * 3). Si el trabajador ingresa el 10 de diciembre de 2019, no va a completar el mes y no tendrá derecho a la gratificación legal.

C) ¿Recibo algún pago adicional?

Además de la gratificación legal, los trabajadores recibirán el 9 % adicional correspondiente a una bonificación extraordinaria, si su empleador paga a EsSalud, o del 6.75% si el trabajador tiene EPS (Empresa Prestadora de Seguros).

En el ejemplo planteado, si su sueldo es 1,200 soles además de la gratificación legal, podrán recibir el monto de 108 soles (9% de Essalud) como bonificación extraordinaria. 

D) Caso de despido ¿me pagarán la gratificación?

En caso de cese, sea por cualquier motivo, el trabajador tiene derecho a la parte proporcional de la gratificación legal por los meses trabajados, siempre que por lo menos tenga un mes integro de labores, lo que se denomina gratificación trunca. 

E)  Falta de pago de la gratificación, ¿cómo actuar?

El trabajador tiene dos alternativas:

1. Denunciar a la SUNAFIL.
2. Demandar en el Poder Judicial el reintegro de la gratificación legal y sus intereses.
El plazo de prescripción es de cuatro años computados desde el cese del trabajador. 

F) Empresas obligadas a pagar la gratificación

La recibirán todos los trabajadores de las empresas privadas y públicas que estén en planilla, sean contratados a plazo fijo o indefinido. Asimismo, los trabajadores de la pequeña empresa perciben el equivalente a media remuneración. 

G) ¿Podrían retenerme la gratificación a modo de sanción? 

No se puede reducir o descontar los ingresos del trabajador sin su autorización o acuerdo de las partes. 

Ávalos recomienda a los empleadores pagar la gratificación legal en la oportunidad correspondiente, es decir, hasta el 15 de diciembre, con el fin de evitar multas administrativas, las cuales estarían entre 5,670 soles y 94,500 soles, y demandas judiciales por reintegro de gratificaciones legales e intereses.
Fuente: Diario Andina, miércoles 11-12-2019
www.andina.com
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