Martes 06 de agosto del 2019
 
 
 
 
 
 

César Puntriano Rosas

César Puntriano Rosas

Abogado laboralista 

Por Decreto Supremo N°237-2019-EF se aprueba el Plan Nacional de Competitividad y Productividad, cuya vigencia se extiende hasta el 31 de diciembre del 2030. Uno de sus objetivos consiste en crear las condiciones de un mercado laboral dinámico y competitivo para generar empleo digno. Se pretende reducir la brecha entre las necesidades de los empleadores y las competencias de la fuerza de trabajo. 

Las propuestas de índole laboral se enfocan en promover el tránsito a la formalización, modernizar la regulación laboral y mejorar la fiscalización de su cumplimiento. 

La primera medida consiste en la actualización del Decreto Supremo N° 001-96-TR, Reglamento de la Ley de Fomento del Empleo, en lo relativo a aspectos como la determinación prorrateada mensual de beneficios laborales tras acuerdos con el empleador. Esta actualización apunta hacia la aprobación de una Ley General de Trabajo, hecho que sería muy beneficioso en tanto se armonizaría y unificaría la legislación laboral, pero que requerirá el consenso entre los actores sociales en el Consejo Nacional de Trabajo.

Luego, se propone revisar las relaciones laborales a tiempo parcial, permitiendo la celebración de contratos que se ajusten mejor a las necesidades del personal que labore durante la jornada reducida, sin que ello suponga la pérdida o menoscabo de sus derechos laborales.

En tercer lugar, se pretende actualizar la regulación del teletrabajo, haciendo extensiva su utilización, inicialmente en el sector público.

La cuarta propuesta consiste en modernizar el régimen Mype a partir de dos componentes. Primero, revisiones a la normativa del sistema de aseguramiento y de pensiones, generándose “convenios de formalización” que permitan amnistías administrativas para las empresas a cambio de iniciar procesos de formalización. El segundo componente se centra en la creación de programas de acompañamiento que permitan el paso de las empresas a la formalidad de manera sostenida.

La quinta medida consiste en mejorar el marco legal de las modalidades formativas.

Adicionalmente, el plan considera como medida laboral el fortalecimiento del Sistema Nacional de Inspección del Trabajo mediante modificaciones normativas que permitan ampliar las competencias de la Sunafil, permitiendo la creación de perfiles de riesgo de empleadores con lo que se aumentaría la eficiencia del proceso inspectivo, articulándolo con otras entidades como la Sunat.

Las medidas resultan positivas. Esperamos que se cumpla con el cronograma planteado en el plan y se ejecuten en plazos razonables.
Fuente: Diario El Peruano, martes 06-08-2019
www.elperuano.pe
Consideraciones al momento de fraccionar el periodo vacacional

Jesús Ramirez, sub-gerente de gestión de talento de Siglo BPO-MLV, señala que el fraccionamiento de vacaciones se pide a través de un acuerdo escrito y cuando no hay uno, los empleadores tienen el derecho de elegir en que oportunidad el trabajador puede tomar estas vacaciones fraccionadas.

Gestión TV. En esta edición del programa Con las cuentas claras,Jesús Ramirez, sub-gerente de gestión de talento de Siglo BPO-MLV, explica acerca de como el empleado puede gestionar un adelanto de vacaciones.

El gobierno publicó el Reglamento del Decreto Legislativo 1405 que establece las nuevas regulaciones para conciliar la vida laboral y familiar. Por lo tanto, se podrá fraccionar el periodo vacacional del trabajador previo acuerdo con el empleador.

Conozca todos los detalles sobre los este tema. Mira en el video (arriba) la reciente edición del programa del Siglo BPO y Gestión TV . Las ediciones anteriores las puedes ver aquí.

Fuente: Diario Gestion, martes 06-08-2019
www.gestion.com
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