Lunes 05 de agosto del 2019
 
 
 
 
 
 

Tía María: Arequipa enfrenta pérdidas de US$ 500 millones en exportaciones por Matarani

“Hay problemas de abastecimiento de combustibles que afecta a toda la región sur del país”, dijo el vicepresidente de la Cámara de Comercio e Industria de Arequipa, Roberto Rodrigo Freyre.

Desde el 18 de julio las operaciones del Puerto de Matarani funcionan parcialmente, -a raíz de las manifestaciones en la región por el proyecto de Tía María-, y desde el 25 de julio ya no se pueden realizar envíos por el terminal que opera Tisur.

Así lo comentó el vicepresidente de la Cámara de Comercio e Industria de Arequipa, Roberto Rodrigo Freyre, quien indicó que ello ha ocasionado que algunas embarcaciones se desvíen a otros terminales portuarios, y otros esperan que se reanuden las operaciones.

“Hay 12 embarcaciones que se está parada”, expresó el representante gremial. Cada embarcación puede tener un costo por día de entre US$ 20,000 y US$ 50,000, los que asumen los importadores.

“Ya hay US$ 500 millones en pérdidas por la carga que no ha sido exportada. Se tiene que reestablecer el orden”, expresó.

En la víspera, el Gobierno determinó que la intervención de las fuerzas armadas, pero solo para el terminal portuario, sin embargo, en las zonas aledañas o rutas de acceso siguen con los “piquetes de los manifestantes”. “El bloqueo se realiza en la carretera y en la vía férrea”, indicó.

Problemas de abastecimiento

Debido a que las embarcaciones están varadas y que no se deja movilizar la carga, Roberto Rodrigo indicó que, se perciben algunos problemas de abastecimiento como los granos para empresas de Rico Pollo o Granja Rinconada, así como Alprosa, que elabora de alimentos balanceado para la ganadería de la región.

“Hay varios importadores que no pueden ingresar la carga”, expresó.

De la misma manera, hay problema de abastecimiento de combustibles en Arequipa.

“El combustible que abastece a toda la región sur se desembarca en Mollendo, pero ya se ve que hay problemas. Lo que está haciendo Petroperú es llevar cisternas”, expresó.

En otros sectores, también hay problemas con la recepción de la carga, como por ejemplo las barras de acero, los fierros de construcción, cal.

“También hay problemas con la importación de azúcar que llega a Matarani, no se puede desembarcar”, remarcó.

El puerto de Matarani, que opera Tisur, si bien un 69% es la carga de minerales, existe otro tipo de carga como contenedores, líquida, graneles y fraccionada en el que se abastece a la Arequipa y la región sur. Además de la carga que se moviliza desde Bolivia.

Efectos de la paralización

El representante de la Cámara de Comercio e Industria de Arequipa, Roberto Rodrigo sostiene que lo que se busca como gremio es que se restablezca el orden, pues más allá de las diferencias que se tenga con el proyecto no se puede paralizar toda la región.

En ese sentido, indicó que con la paralización que invocó el gobierno regional de Arequipa, lo que se afecta son pérdidas diarias de US$ 13.8 millones.

Pero además, hay 370 mil estudiantes escolares y 49,000 estudiantes universitarios que se verán afectados con la paralización.

“A ello se suman que el 30% de los paquetes turísticos se han cancelado. Este es un sector que da trabajo a 42,000 personas y más de 22,000 taxi se movilizan”, indicó.

Fuente: Diario Gestión, lunes 05-08-2019
www.gestion.pe
Bono de alquiler será para viviendas cuya renta mensual sea hasta por S/ 1,558

Reglamento dispone que el bono –de S/495.6– será otorgado para viviendas cuya renta mensual sea de un máximo de S/ 1,558 y de un mínimo de S/ 747.6. Los detalles aquí.

El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVSC) publicó esta mañana –tal como lo adelantó Gestión.pe en la víspera– el reglamento de la Ley que crea el Bono para el Arrendamiento de una Vivienda (BAV).

El documento dispone que el bono –de S/495.6– será otorgado para viviendas cuya renta mensual sea de un máximo de S/ 1,558 y de un mínimo de S/ 747.6.

Valores en la que se incluyen los costos de mantenimiento limpieza y cualquier otro pago referido al mantenimiento de la vivienda.

El reglamento explica que el monto destinado a la renta mensual de la vivienda representa el 70% del BAV equivalente a 0.083 de la UIT, es decir, S/ 348.6.

Mientras que el monto destinado al ahorro representa el 30% del BAV equivalente a 0.035 de la UIT, que es S/ 147.

Asimismo, especifica que la vivienda objeto del bono debe contar como mínimo instalaciones de servicios básicos de agua, desagüe y electricidad, con un ambiente multiuso, una zona para dormitorio y un baño con puerta, con lavatorio, ducha e inodoro; así como, con la conformidad de obra y declaratoria de edificación.

¿Cómo acceder al bono? Aquellos que deseen obtener el subsidio –precisa el reglamento– deben acudir ante un notario, o en su defecto, ante un Juez de Paz Letrado que cuente con convenio con el Fondo Mivivienda, para que suscriban con un arrendador el contrato de arrendamiento de inmueble mediante el uso del FUA (Formulario Único de Arrendamiento de inmueble destinado a vivienda), certifique sus firmas y remita copia certificada del mismo para su registro.

Toda modificación, prórroga al contrato de arrendamiento de inmueble, así como cualquier resolución judicial concerniente al inmueble debe registrarse en el Registro Administrativo de Arrendamiento para Vivienda (RAV), administrado por el Fondo Mivivienda.

¿Quiénes podrán acceder a este beneficio? El reglamento indica que podrán postular al subsidio del grupos familiares conformado como mínimo por dos personas que tengan un parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad o el primer grado de afinidad y vivan juntos.

También podrán postular una pareja casada o convivientes sin impedimento matrimonial.

El grupo familiar está representado por una jefatura familiar. Los integrantes de la jefatura familiar deben tener entre los 18 a 40 años de edad al momento de la postulación.

Igualmente podrán postular al bono los grupos no dependientes, la que debe estar conformado como mínimo por dos personas quienes entre sí no tienen dependencia económica, no constituyen carga familiar y pueden o no tener parentesco consanguíneo cuyo rango de edad se ubique entre lo 18 y 40 años al momento de la postulación.

No podrán postular aquellos que sean propietarios o copropietarios de una vivienda, terreno o aires independizados para vivienda, tampoco aquellos que hayan recibido apoyo habitacional previo del Estado.

Ni encontrarse en el registro de deudores judiciales morosos.

¿Cómo se realizará el desembolso del subsidio? El reglamento explica que hará en dos etapas:

1.- El primer desembolso del bono será el correspondiente a la renta mensual de la vivienda

Para lo cual, el Fondo Mivivienda (FMV) apertura una cuenta en un banco en la que se ejecutan las operaciones de desembolso del bono y del cobro de la renta mensual de la vivienda.

Previo al desembolso del BAV, el beneficiado deposita en la cuenta la parte correspondiente al pago de la renta mensual de la vivienda.

Verificado el pago, el FMV en el plazo máximo de dos días hábiles, procede a desembolsar en la cuenta la parte del bono correspondiente al pago de la renta mensual (S/ 348.6). Estando completo el pago de la renta mensual de la vivienda, el arrendador retira dicho monto.

2. El segundo desembolso es la correspondiente al ahorro

Este desembolso se realiza solo para el pago de la cuota inicial o, parte de ésta para la adquisición de una vivienda, al culminar el plazo máximo de otorgamiento del bono de arrendamiento o cuando el beneficiario solicite el desembolso anticipado para dicho fin.

Los beneficiados tiene un plazo máximo de un año para adquirir la vivienda, contado a partir del vencimiento del plazo máximo de otorgamiento del bono de arrendamiento o, desde que se apruebe su solicitud de desembolso anticipado del ahorro; vencido el plazo sin que se presente alguno de estos supuestos, el ahorro revierte a favor del Estado.

El FMV establece los requisitos y procedimiento para el desembolso de este ahorro.

El desembolso del ahorro se efectúa a través del FMV directamente al promotor en el caso del Programa Techo Propio; o, al desarrollador inmobiliario en el caso de Mivivienda; o, al propietario registral de la vivienda.

En el caso de los grupos no dependientes, el ahorro corresponde en partes iguales a los suscribientes de contrato de arrendamiento de inmueble, siempre que en conjunto o individualmente cumplan el plazo establecido para su desembolso o soliciten el desembolso anticipado.

Fuente: Diario Gestion, lunes 05-08-2019
www.gestion.com
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