Viernes 02 de agosto del 2019
 
 
 
 
 
 

¿Qué hacemos con el Impuesto a la Renta empresarial?

Todo cambio debería respetar una gradualidad normativa en las variaciones de lo tributable.

Se ha anunciado en medios de difusión que se pretende simplificar el sistema tributario. Como se recuerda, actualmente coexisten el Nuevo RUS, El Régimen Especial de Renta (RER), el MYPE Tributario y el Régimen General.

Como todo cambio que se pretenda hacer, debe respetarse inicialmente el principio de “seguridad jurídica”. Recordemos que quien invierte en una empresa, lo ha hecho pensando en tener las reglas claras y con viso de permanencia.

Pero esto también debe conciliar con el interés común, la equidad y la uniformidad (“tratar igual a los iguales y desigual a los desiguales”), que deriva en la capacidad contributiva. Por ejemplo, no es dable que existan empresarios pagando S/ 20 o 50 de cuota de Nuevo RUS (lo que descontando las percepciones sufridas en sus compras muchas veces deviene en un pago inexistente) o 1.5% de sus ventas netas mensuales en el RER, mientras que otros por actividades prohibidas en los regímenes antedichos estén en el MYPE Tributario, pagando en el primer tramo el 10% de la renta neta hasta 15 UIT de ella. No hay evidente justicia o proporcionalidad.

Igualmente, se ha visto que contribuyentes inescrupulosos han “atomizado” sus negocios, para no pasarse (por los ingresos en el mes) del Nuevo RUS o RER al MYPE Tributario. Esta simulación debe combatirse.

Todo cambio debería respetar entonces una gradualidad normativa en las variaciones de lo tributable, permitiendo que lo pagado sea crédito para el Nuevo Régimen que se pretenda determinar, con normas transitorias claras y justas.

Una solución en la tributación empresarial, para que ésta sea simple y eficaz, sería escoger entre considerar tasas escalonadas (y no una “flat”, como lo es hoy, donde empresas industriales, comerciales o de servicios pagan 29.5% de su utilidad en un Régimen General, sin distinguir ventas o tamaño de los activos), o determinar un pago definitivo presuntivo, pagando el que resulte menor.

Fuente: Diario Gestión, viernes 02-08-2019
www.gestion.pe
Factoring electrónico: tres claves para las pequeñas y medianas empresas

Las pequeñas y medianas empresas pueden usar el factoring electrónico para obtener liquidez más rápidamente, reducir los riesgos y mejorar las condiciones del cobro de las facturas

FOTOS | Las empresas proveedoras de bienes y servicios, así como los profesionales que emiten recibos por honorarios profesionales, que venden a crédito, pueden obtener liquidez mediante el factoring electrónico. Gracias a esta herramienta financiera, estas empresas no necesitan esperar el tiempo de vencimiento de la factura, sino que pueden acceder al cobro en un tiempo menor.

De acuerdo con el registro centralizado de facturas negociables que administra Cavali, en lo que va del 2019, se ha registrado más de 290 mil facturas a pedido de más de 55 instituciones de financiamiento, tales como bancos, empresas de factoring, etc. Solo en el mes de julio, se ha alcanzado 50,000 facturas. El ticket promedio de estas facturas registradas es S/ 29,073.

Claudio Arciniega, gerente general de Cavali, brinda tres claves para entender por qué optar por esta herramienta puede ser una buena opción.

Fuente: Diario Gestion, viernes 02-08-2019
www.gestion.com
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