Jueves 04 de abril del 2019
 
 
 
 
 
 

Habrá jubilación anticipada para afiliados de AFP desempleados pero restringida

El Congreso de la República aprobó el proyecto de ley para la restitución del Régimen Especial de Jubilación Anticipada (REJA) por desempleo con 48 votos a favor, 29 en contra y 5 abstenciones.

El Congreso de la República aprobó el proyecto de ley para la restitución del Régimen Especial de Jubilación Anticipada (REJA ) lo que permitirá acceder a este beneficio a los afiliados de las AFP desempleados pero con restricciones, comparado con el régimen existente hasta el 31 de diciembre del 2018.

El texto sustitutorio del dictamen aprobado por la Comisión de Economía del Congreso fue aprobado con 48 votos a favor, 29 en contra y 5 abstenciones. El proyecto fue exonerado de segunda votación.

De acuerdo al proyecto, las mujeres desde 50 años, y hombres a partir de 55 años, podrán acceder a la jubilación anticipada –edades mínimas también contempladas en el régimen previo-, pero ahora deberán cumplir con el requisito de estar desempleados por 12 meses consecutivos. 

Es decir, para acceder al REJA los afiliados no deberán haber recibido en 12 meses previos a la presentación de la solicitud de jubilación, ingresos ni de quinta categoría, ni de cuarta categoría (independientes), hasta cierto tope de remuneración anual.

Aquellos afiliados de AFP que cumplan con los requisitos anteriores, y que perciban ingresos anuales de cuarta categoría de hasta S/ 29,400 podrán jubilarse anticipadamente. Si superan ese monto, no calificarán.

Además, para acceder a este tipo de jubilación, los afiliados deberán presentar documentación de la Sunat sobre su condición de desempleo, detalló la presidenta de la Comisión de Economía del Congreso, Mercedes Aráoz, quien sustentó la norma.

La ley aprobada también abarca la jubilación anticipada ordinaria. El acceso a este régimen también será más restringido pues ahora se exigirá que los aportes voluntarios que haga el afiliado solo representen hasta el 20% del tamaño de su fondo. Además, solo calificarán las mujeres desde 50 años, y hombres a partir de 55 años.

Fuente: Diario Gestión, jueves 04-04-2019
www.gestion.pe
Restaurantes deben entregar boletas de pago electrónicas

Los trabajadores deducirán el 15% de su consumo, manifiesta Verona.

Los restaurantes que funcionan en los supermercados deben entregar boletas de pago electrónicas por el consumo de alimentos preparados, con lo cual las personas naturales pagarían menos impuesto a la renta (IR) correspondiente al 2019.

El tributarista José Verona explicó que desde el año pasado los trabajadores dependientes e independientes deducirán el 15% de su consumo en hoteles, bares y restaurantes para el pago del IR del 2019, en el que también se incluye el consumo de alimentos preparados en los restaurantes de los supermercados.

Operatividad

“Algunos supermercados tienen su zona de comidas, donde uno se sirve diferentes platos preparados y paga por ese consumo. Ese comprobante si es deducible, en la medida en que sea una boleta electrónica, para lo cual los supermercados ya lo están emitiendo”, agregó el especialista.

No obstante, el tributarista sostuvo que la compra de tomate, limón, cebolla, lechuga y otros productos alimenticios no preparados no aplica para deducir el pago de IR.

Verona enfatizó que cuando una persona realiza sus compras de productos no preparados y, al mismo tiempo, consume alimentos preparados, debe pedir una boleta de pago electrónica por cada caso.

Dijo que necesariamente tienen que emitir dos boletas electrónicas separadas, no puede ser una porque así no le servirá al consumidor deducir el IR”.

“Tiene que ser una boleta por la compra de productos diversos y otra boleta por el consumo de alimentos cocinados, para poder deducir las 3 UIT adicionales para el pago del impuesto a la renta”, añadió.

Masificación

El Programa de Transformación Digital de la Sunat promueve la masificación del uso de los comprobantes de pago electrónicos, que tienen una serie de beneficios para los contribuyentes que los utilizan y, ahora, también para los ciudadanos que los soliciten, pues podrán deducir los importes de impuestos que pagaron.

El uso de las facturas electrónicas representa un ahorro de hasta 67% en los costos de impresión, gastos de distribución y archivo en comparación con los comprobantes físicos. 

Para las empresas, mejora su productividad al optimizar no solo sus procesos y sistemas de emisión, sino también de cobranza.

Detalles

Desde el 2019, los hoteles y restaurantes deben consignar en las boletas de venta electrónicas el DNI de su cliente, para que pueda deducir el gasto del IR. 

Si el cliente es extranjero, se deberá consignar su número de Registro Único de Contribuyentes (RUC).

Fuente: Diario El Perruano, jueves 04-04-2019
www.elperuano.pe
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