Martes 16 de octubre del 2018
 
 
 
 
 
 

Peruanos podrán contratar productos y servicios financieros en entorno digital de manera ágil y segura

Las principales modificaciones hechas por la SBS se han enfocado en tres momentos del ciclo de vida del producto o servicio financiero, ¿cuáles son?

Con la finalidad de adecuar el marco normativo vigente a las necesidades e intereses de los usuarios, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) modificó el Reglamento de Gestión de Conducta de Mercado del Sistema Financiero para que los usuarios puedan contratar productos y servicios financieros en un entorno digital de manera ágil y segura.

Las principales modificaciones se han enfocado en tres momentos del ciclo de vida del producto o servicio financiero: (i) La celebración del contrato; (ii) las modificaciones durante su vigencia; y, (iii) su resolución.

En la contratación, se busca que las empresas incrementen sus mecanismos de seguridad, requiriendo la utilización de algún factor de autenticación o la combinación de estos, a fin de validar la identidad del cliente y dejar constancia de la aceptación.

Asimismo, se brindará mayor información al usuario, a través de la obligación de la entrega del número de la resolución emitida por la SBS, durante el proceso de aprobación de las cláusulas generales de contratación vinculadas al producto ofertado.

Ello, permitirá que el usuario tenga información inequívoca de las condiciones contractuales aplicadas, pudiendo acceder a ellas a través del portal web de la empresa o la página web de la SBS.

También se le otorga el derecho al usuario a requerir la versión física del contrato, en caso la contratación se celebre en las oficinas de atención al público, con la intervención de un funcionario de la empresa.

Durante la vigencia del contrato, y de producirse modificaciones a los términos del mismo, la resolución amplía los posibles medios de comunicación a ser utilizados para interactuar con el cliente, pudiendo ser cualquier medio físico o electrónico que permita tomar conocimiento adecuado y oportuno de las modificaciones efectuadas.

Asimismo, en caso que un cliente desee recibir su estado de cuenta en forma electrónica (sin costo), en reemplazo del envío por medios físicos (con costo), tendrá a su disposición los canales de atención de la empresa para solicitar este cambio.

La norma de la SBS establece que las empresas deberán contar con canales de fácil acceso para que el usuario ejerza su derecho a resolver el contrato, estableciendo como mínimo los mismos canales utilizados en la contratación.

“Si ello no fuese posible, la empresa deberá sustentar ante la SBS las limitaciones que presenta el canal para no admitir la resolución del contrato”, añadió.

Adicionalmente, se modifica el Reglamento de Bancos de Inversión para eximirlo del Reglamento de Gestión de Conducta de Mercado, dada la naturaleza de sus productos y clientes; y, se publica la Circular G-184-2015 para incluir en el Reporte Regulatorio los reclamos recibidos a través de canales directos o en asociación con el gremio. 

Fuente: Diario Gestión, martes 16-10-2018
www.gestion.pe

¿Conviene más la liquidación por renuncia voluntaria o por despido justificado?


¿Qué conviene al trabajador, renunciar o ser despedido
?
En términos económicos, el trabajador resulta más beneficiado cuando es despedido porque recibiráuna indemnización más los beneficios sociales. En el caso de renuncia sólo recibirá los beneficios sociales. 

A continuación los detalles de la liquidación por renuncia voluntaria en Perú.

Liquidación por renuncia voluntaria

En este caso el trabajador sólo recibirá los beneficios sociales(gratificaciónvacaciones CTS) proporcionales hasta la fecha de la renuncia y por tiempo de servicio.

¿Cómo calcular mi liquidación por renuncia voluntaria?

Para calcular la liquidación por renuncia tomemos el siguiente caso: Pepe, trabaja más de un año y medio en la empresa de motos con un sueldo de S/.1300.00. Decide renunciar en septiembre del segundo año.

Gratificación => Le dieron S/. 1300 en Julio (un sueldo) y cuando renuncia en septiembre se le dará la tercera parte = S/. 650.00 por concepto de gratificación trunca. [Dividir el sueldo entre 6 y multiplicar por 3 (julio, agosto y septiembre].

Vacaciones => En el caso de que Pepe no tomó sus vacaciones luego de cumplir un año de servicio se le reconocerá un sueldo = S/. 1300.00

CTS = Los depósitos de CTS son en mayo y octubre. En caso de Pepe ya lo depositaron en mayo un sueldo, renuncia en septiembre, se divide el sueldo entre 6 y se multiplica por 5, que sería  S/. 1083.00. Este caso se considera trunca igual que la gratificación.

Conclusión:  Pepe recibirá su liquidación de S/. 3033.00 en el caso de no haber tomado sus vacaciones y si la tomó las vacaciones recibirá S/. 1733.00 

Liquidación por despido

El despido  genera una indemnización más los beneficios sociales que se traduce en dinero por año de servicio en un sueldo. Si el trabajador tiene mayor de 5 años en la empresa, por despido le corresponde un sueldo por cada año de servicio y si el trabajador tiene de 9 años a másel sueldo se multiplica por 12

El caso del trabajador por contrato: A la persona que labora por contra corresponde un suelo y medio por cada mes pendiente por laborar, es decir, si tu contrato finaliza en tres meses, te pagarán un sueldo y medio por los meses correspondientes.

OJO: 

Liquidación por despido justificado por falta grave

Si el despido es por una causa justificada, es decir, porque el trabajador cometió una falta grave, incumpliendo la normativa de de empresa, no corresponde entregar los beneficios sociales ni la indemnización, si la falta repercute económicamente en la empresa. Este caso podría ser aplicado en el caso de daño material, hurto o algún otro caso que demande un costo económico a la empresa. Pongamos un caso: En un ítem del reglamento de la empresa dice prohibido drogarse en las instalaciones de la empresa y te pillaron consumiendo la droga y luego malograste una laptop del valor 7 mil dólares, el despido tendrá una causa justificada y posiblemente no recibirás ningún beneficio porque la empresa cubrirá el costo del material con el dinero que tu liquidación.

Tipos de despido en Perú

Despido justificado => incapacidad del trabajador (física o mental) y falta grave

Despido arbitrario => Despido sin causa justificada

Despido indirecto => Hostigamiento al trabajador

Despido nulo (no procede) => Despido por presentar una queja, por ser presidente de un gremio, por el embarazo, discriminación racial o por sexo, religión, idioma, por ser portador de VIH o SIDA.

¿Cómo actuar en el caso de no recibir los beneficios sociales luego de 48 horas de la liquidación?

Para denunciar el caso se debe acercarse a al Ministerio de Trabajo. Ellos enviarán un especialista para que evalúen la causa. 

Nota: recibo por honorarios

Las personas que trabajan con esta modalidad no deben estar sujetos a un horario ni a un jefe porque es un contrato por servicio, por tanto, no tiene ningún beneficio.

Fuente: Diario Correo, martes 16-10-2018
www.correo.pe
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