Jueves 04 de octubre del 2018
 
 
 
 
 
 

Contraloría inhabilitará a funcionarios que no paguen deuda previsional

La presidenta de la AAFP, Giovanna Prialé, informó que la Contraloría incluirá en su plan de fiscalización el pago oportuno de la deuda previsional.

La Asociación de AFP ( AAFP ) recordó hoy que los gobiernos regionales y locales pueden hacer modificaciones a sus pliegos presupuestarios para que los montos que no ejecutaron se destinen al pago de la deuda previsional que se originó por no depositarle a sus trabajadores lo que se les descontaba para su AFP.

"El 19 de setiembre del presente año el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) publicó la Ley N°30847 en el que en su artículo cinco, otorga un plazo a las entidades estatales para que puedan hacer las modificaciones presupuestarias pertinentes de manera que se destine el presupuesto no ejecutado al pago de las deudas acogidas en el régimen Repro– AFP ", resaltó Giovanna Prialé , presidenta de la AAFP.

De no cumplir con el pago pendiente, la lideresa gremial adelantó que evaluarán tomar acciones legales más drásticas 

Mayor Fiscalización
Si las entidades cumplen con el pago de la deuda previsional, serían 254,045 trabajadores los que recuperarían sus aportes. 

La AAFP comentó que la Contraloría de la República incorporará en su plan de fiscalización del 2019 el pago oportuno de la deuda previsional.

"El funcionario que retenga el aporte del trabajador y no lo deposite a su AFP será amonestado. Los funcionarios tendrán que cumplir con el pago de estos aportes y esperamos que sean inhabilitados porque de lo contrario este problema continuará", sostuvo Prialé.

"Nosotros lo que estamos trabajando con la Contraloría es una acción de supervisión posterior porque queremos que haya una señal (antecedente) que hay por lo menos 10 funcionarios públicos inhabilitados de manera permanente con una denuncia penal y civil", agregó.

Finalmente, Prialé se mostró optimista que el Congreso apruebe que sea el Ministerio de Economía el que supervise y fiscalice que el dinero será pagado permitirá reducir en un 90% que el aporte del trabajador se destine a otros fines. 


Repro AFP: Las 10 entidades con mayor monto pagado

Entidades que han cumplido con el pago del Repro - AFP

(Fuente: AAFP)

Repro - AFP: Las 10 entidades con mayor monto de cuotas vencidas

10 entidades con mayor monto vencida Repro - AFP

(Fuente: AAFP)

Fuente: Diario Gestión, jueves 04-10-2018
www.gestion.pe

Empresas deberán enviar a usuarios los contratos realizados por teléfono o Internet

Tendrán un plazo máximo de cinco días, señala proyecto de ley aprobado por el Congreso.

El Pleno del Congreso aprobó esta tarde –en primera votación- el proyecto de ley N° 1155, el cual modifica el Código de Protección y Defensa del Consumidor para obligar a las empresas a enviar a los usuarios los contratos realizados por teléfono o Internet, tal como ocurre en el caso de los contratos firmados de forma física.

El proyecto de ley indica que las empresas tendrán un plazo máximo de cinco días para enviar el contrato íntegro –ya sea de forma física o vía mail- contados desde la fecha en que se realizó el acuerdo con el usuario.

Una vez recibido el contrato, el usuario contará con un plazo de cinco días adicionales para desistir de este acuerdo, en caso note que alguna cláusula no es de su conveniencia o cambió respecto a lo ofrecido por la empresa vía telefónica o Internet.

Si transcurridos los cinco días el usuario no se desiste, el contrato se da por ratificado.

El presidente de la Comisión de Defensa del Consumidor, Miguel Elías (Fuerza Popular), fue quien sustentó el proyecto de ley en el Pleno. Indicó que pedirá la exoneración de la segunda votación y esto podría darse en la continuación del Pleno de hoy o en la sesión programada para mañana. 

Fuente: Diario Gestión, jueves 04-10-2018
www.gestion.pe
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