Viernes 02 de noviembre del 2018
 
 
 
 
 
 

Sunat amplía plazo para adaptarse al sistema de emisión electrónica, ¿cuál es la nueva fecha?

También se dispuso que en las zonas sin conexión de Internet, se podrán emitir comprobantes de pago, notas de crédito o una nota de debido en formato impreso.

Más de 60,000 empresas que hayan declarado ingresos mayores o iguales a 150 UIT (S/ 622,500) durante los periodos tributarios correspondientes a los años 2016 y 2017, tendrán hasta el 1 de marzo del 2019 para adaptarse y de manera obligatoria, al Sistema de Emisión Electrónica (SEE) de comprobantes.

Esta ampliación de plazo tiene como finalidad permitir que estos contribuyentes cuenten con tiempo suficiente para asegurar que sus sistemas sean adaptados y utilicen la versión de soporte de emisión electrónica en la versión 2.1.

Esta disposición se da como parte del modelo de masificación de comprobantes electrónicos que viene implementando la Sunat y que facilitará el cumplimiento de las obligaciones tributarias de las pequeñas y medianas empresas.

Conectividad

Por otro lado, teniendo en cuenta la información proporcionada por el Osiptel, la Sunat ha determinado zonas rurales con baja o nula conexión a Internet en las cuales, los emisores electrónicos se encontrarían impedidos de emitir sus comprobantes de pago electrónicos (consultas en http://cpe.sunat.gob.pe/).

En ese sentido, la segunda medida de la Sunat considera que cuando por ausencia de conectividad al servicio de Internet disponible en una determinada zona, no se pueda utilizar el Sistema de Emisión Electrónica a pesar de estar obligado, se podrá emitir un comprobante de pago, una nota de crédito o una nota de debido en formato impreso.

Actualmente, más de 160,000 empresas emiten sus comprobantes de pago de manera electrónica y hacia fines de año se habrán incorporado al nuevo sistema de emisión cerca de 230,000 contribuyentes. Con ello se estará dando un importante paso en la masificación del uso de los comprobantes electrónicos que transparentan las actividades comerciales de los contribuyentes posibilitando una mayor base tributaria. 

Fuente: Diario El Gestión, viernes 02-11-2018
www.gestion.pe

Gobierno aprobó proyecto de ley para crear el bono Mi Alquiler

Subsidio de alquiler será de hasta S/ 500 al mes. Proyecto deberá ser aprobado por el Congreso.

Tras reunirse en Consejo de Ministros, el Gobierno aprobó el proyecto de ley que dispone la creación del bono Mi Alquiler, anunció hoy el Ministro de Vivienda, Javier Piqué.

El ministro explicó que el programa dará un subsidio al alquiler de viviendas a las personas menores de 40 años de bajos recursos.

El bono será de alrededor del 30% del alquiler de la vivienda, con un tope de S/ 500 soles, indicó Piqué.

Se considerará de bajos recursos cuando el ingreso familiar sea menor de S/ 2,600 al mes. El beneficio que se otorgará por cinco años.

“Parte de este bono se otorga para pagar el arrendamiento y parte se ahorra para que el beneficiario pueda ir acumulando su cuota inicial para una vivienda que eventualmente pueda comprar en el programa Techo Propio”, señaló el ministro en conferencia de prensa.

Destacó que el programa también ayudará a la formalización del mercado de alquileres, pues el arrendador deberá otorgar un recibo y pagar impuestos.

“Estamos trabajando paralelamente en otra legislación para poder tener un desalojo notarial que sea mucho más rápido, fuera del sistema judicial, pero con participación del juez de paz, que es el único que puede desalojar a uno de su vivienda y (esta medida) promovería la oferta de vivienda en alquiler”, agregó Piqué.

Finalmente, estimó que en una primera etapa el bono Mi Alquiler beneficiará a unas 3,500 familias. El presupuesto inicial del programa será de S/ 20 millones. 

Fuente: Diario El Gestión, viernes 02-11-2018
www.gestion.pe
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