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Jurisprudencia relevante en las relaciones laborales |
Empresas deben conocer recientes pautas para evitar contingencias.
La prevención de conflictos laborales mediante la implementación de políticas empresariales a partir del adecuado conocimiento de las disposiciones que regulan las relaciones de trabajo resulta fundamental para las empresas, a fin de evitar contigencias que puedan afectar el desarrollo de sus actividades.
En ese contexto, la Cámara de Comercio de Lima (CCL)recomienda a los empleadores tener en cuenta ciertas disposiciones de reciente jurisprudencia laboral relativas a la indemnización por despido, renuncia, horas extras, asignación familiar, puestos de confianza y suscripción de convenios colectivos.
Directrices
Según la sentencia recaída en la Casación N° 16434-2015-JUNIN, el trabajador que cobra la indemnización por despido no puede demandar su reposición al centro de trabajo.
En este caso, se considera que el despido arbitrario fue indemnizado y aceptado por el trabajador al firmar la hoja de liquidación de sus beneficios sociales, incluida la indemnización de ley, comentó el gerente legal de la CCL, Víctor Zavala.
Además, mediante el fallo correspondiente a la Casación N° 09019-2015-Lima, la Corte Suprema determinó que la carta de renuncia presentada por un trabajador será nula si se prueba que el empleador le exigió su presentación, condicionada a la entrega de determinada suma de dinero.
Así, para el supremo tribunal dicha carta no es válida, pues habría sido suscrita con violencia e intimidación al trabajador, dijo el experto.
En el fallo de la Casación Nº 1196-2016-Lima, la Corte Suprema fijó que el trabajo en sobretiempo puede realizarse con autorización expresa o tácita del empleador.
Si la autorización es tácita, el solo hecho de que el trabajador acredite haberse quedado a laborar más allá de la hora de salida genera la presunción que realizó horas extras, comentó el funcionario gremial.
También se ha establecido, por medio de la sentencia recaída en la Casación Nº 14847-2015-Del Santa, que el trabajador que desempeñe un cargo de confianza no tendrá derecho al pago de horas extras si no está sujeto a control de su horario de trabajo, sin perjuicio que el vigilante de la empresa anote su ingreso y salida del centro de trabajo.
El tribunal, en la Casación Laboral N° 14443-2015-Junín, sostuvo que el pago de la asignación familiar corresponde aun cuando el trabajador no haya comunicado tener hijos menores.
Acuerdos plenarios
En el Pleno Jurisdiccional en materia laboral 2017 se estableció que el trabajador que desempeña un cargo de confianza desde el inicio de la relación laboral no tiene derecho al pago de una indemnización por despido. Además, se estableció que los trabajadores mayores de 70 años pueden ser despedidos unilateralmente, en la medida en que les corresponde la jubilación obligatoria a los 70 años.
El despido podrá efectuarse el día que cumple los 70 años o luego. A su vez, se fijó que no procede la aplicación extensiva del convenio sindical celebrado con la representación sindical minoritaria.
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MEF no define cómo cambiará régimen de deducciones de Impuesto a la Renta de trabajadores |
Alista modificaciones con el pedido de facultades legislativas.
El Ministerio de Economía (MEF) sigue elaborando la propuesta de modificación del Impuesto a la Renta (IR) pagado por los trabajadores, tanto en planilla (rentas de 5ta categoría) como los independientes con rentas de 4ta categoría (recibos por honorarios).
Cabe recordar que actualmente, al momento de calcular el pago del IR, existe una deducción (resta) automática de 7 UIT a los ingresos generados por el trabajador, a lo cual se le puede sumar una deducción adicional de 3 UIT, siempre que se sustenten determinados gastos.
Los umbrales de las 7 UIT y 3 UIT podrían variar, e incluso el monto de deducción global de las 10 UIT también podría cambiar (aumentar o disminuir).
El MEF también ampliará la posibilidad de sustento de gastos hacia todos los rubros donde se emitan comprobantes de pago electrónico.
En un comunicado emitido hoy, el MEF reiteró que el cambio busca reducir la evasión del pago de IGV, promoviendo el uso masivo del comprobante de pago electrónico para formalizar la cadena de pagos.
“En el caso del IGV, según cálculos de la Sunat, la evasión supera los S/ 23 mil millones, es decir alrededor del 3.5% del PBI”, indicó el MEF.
El MEF prevé implementar estos cambios con las facultades legislativas solicitadas al Congreso. Dependerá del Congreso si acepta esta solicitud del Gobierno.
Fuente: Diario Gestiòn, viernes 18-05-2018
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