Viernes 09 marzo del 2018
 
     
 
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Sueldos: ¿En qué casos los trabajadores en un mismo puesto podrán ganar distinto?

Empresas deberán fijar rangos salariales para cada categoría de puesto, según el reglamento de la Ley que prohíbe la discriminación remunerativa entre varones y mujeres.

Desde este año las empresas tendrán la obligación de establecer una política salarial oficial e informarla a sus trabajadores, según dispone el reglamento de la Ley 30709, “Ley que prohíbe la discriminación remunerativa entre varones y mujeres”, emitido ayer en las normas legales del Diario Oficial El Peruano.

Asimismo, la norma establece los casos en que por excepción los trabajadores que se desempeñen en un mismo puesto podrían recibir una distinta remuneración.

Esta diferencia se dará en base a criterios objetivos tales como: la antigüedad, el desempeño, la negociación colectiva, la escasez de oferta de mano de obra calificada para un puesto determinado, el costo de vida, la experiencia laboral, el perfil académico o educativo, el desempeño, el lugar de trabajo, entre otros.

También cuando son trabajadores con jornada reducida, en jornadas atípicas o a tiempo parcial.

Al respecto, el director de PwC, Percy Alache, explicó que las empresas podrán tener otros criterios de diferenciación salarial, propios de su modelo de negocio, plan estratégico o dinámica de sus operaciones.

“Entre ellos figuran: niveles o exposición al riesgo, resultados o indicadores de producción/venta, área ‘core’, condiciones de trabajo, personal talento; criterios que también son objetivos”, señaló el abogado laboralista.

Por su parte Jorge Toyama, socio del estudio Miranda & Amado, saludó la publicación del reglamento de la Ley 30709, pues destacó que las empresas transparentarán su política remunerativa, fijando rangos salariales.

No obstante, aclaró que las empresas no estarán obligadas a difundir los montos de los salarios, con el fin de proteger los datos personales de los trabajadores. 

Fuente: Diario Gestión, viernes 09-03-2018
www.elperuano.pe

BCR redujo la tasa de interés de referencia a 2.75%

El directorio del Banco Central de Reserva (BCR) acordó hoy reducir la tasa de interés de referencia de 3% a 2.75%.


Para ello tomó en cuenta los siguientes factores:

i. La inflación en febrero continuó disminuyendo y se ubicó en el tramo inferior del rango meta por cuarto mes consecutivo. Este resultado se explica principalmente por la reversión de choques de oferta y por un nivel de actividad económica menor a su potencial. Se proyecta que en marzo la tasa de inflación interanual se ubicará por debajo de 1,0 por ciento y convergerá gradualmente a 2%. Por su parte, las mediciones de tendencia inflacionaria continúan reduciéndose y se espera que se mantengan cerca del centro del rango meta en el presente año.

ii. Las expectativas de inflación a 12 meses continuaron bajando, situándose en 2,19 por ciento en febrero de 2018.

iii. El crecimiento de la actividad económica se mantiene por debajo de su potencial en un contexto de baja inflación.

iv. La economía mundial sigue mostrando indicadores favorables, aunque con una mayor incertidumbre en los mercados financieros internacionales.

En la misma sesión de directorio también se acordó reducir las tasas de interés de las operaciones activas y pasivas en moneda nacional del BCR con el sistema financiero efectuadas fuera de subasta.

La próxima sesión del directorio en que se evaluará el Programa Monetario será el 12 de abril de 2018.
Fuente: Diario Andina, viernes 09-03-2018
www.andina.pe
 
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