Miércoles 01 marzo del 2018
 
     
 
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Devolución de impuesto a la renta beneficiará a 178,593 trabajadores

Se calcula que la Sunat deberá desembolsar 129 millones de soles. Los montos mayores serían para más de 29,000 trabajadores que realizaron pagos por créditos hipotecarios en el 2017.

En defensa del contribuyente. El Poder Ejecutivo publicó la Ley Nº 30734 que establece el derecho de las personas naturales a la devolución automática de los impuestos pagados o retenidos en exceso, desde el ejercicio 2017 en adelante.

Por tanto, el exceso pagado o retenido a los trabajadores, que tienen derecho a deducir hasta 3 UIT adicionales según el D. Leg. 1258, será devuelto de oficio por la Sunat en un plazo de 30 días hábiles, contados a partir del 1 de abril.

Al respecto, el gerente legal de la Cámara de Comercio de Lima (CCL), Víctor Zavala Lozano, precisó que la devolución de oficio se realizará utilizando las órdenes de pago del sistema financiero o abono en cuenta a cualquier otro mecanismo que apruebe el MEF.

Agregó que la norma, además, modifica el literal b) del art. 92 del Código Tributario, regulando que los trabajadores que hayan efectuado pagos en exceso del IR tienen derecho a solicitar a la Sunat su devolución, sin perjuicio de presentar o no la DJ Anual del Impuesto a la Renta. 

Así, en la solicitud de la devolución se indicará los nombres y apellidos del trabajador, su DNI, el tributo y periodo tributario, el monto a devolver y la liquidación efectuada para calcular dicha devolución

“No procederá la devolución de oficio para contribuyentes que perciban renta neta de fuente extranjera, a ser sumada con las rentas de cuarta y quinta categoría”, manifestó el experto en derecho corporativo.

En consecuencia, la administración tributaria le notificará al trabajador enviando un correo electrónico donde señalará cuál es el monto por devolver. Además, el derecho a la devolución en el caso de personas naturales, incluye a los herederos y causahabientes del deudor tributario quienes podrán solicitarlo.

A tomar en cuenta

Según el D. Leg. 1258, los trabajadores que perciben rentas de cuarta y de quinta categoría, a partir del 2017, además de deducir las 7 UIT fijas, tienen derecho a deducir de sus ingresos anuales otros gastos por arrendamiento, créditos hipotecarios por primera vivienda, honorarios pagados a médicos, odontólogos y a otros profesionales, y los aportes abonados a Essalud por las trabajadoras del hogar.

También podrán deducir como gastos adicionales hasta el 30% del arrendamiento pagado, y hasta el 30% de los servicios médicos y de otros, hasta el 100% de los intereses por créditos hipotecarios de primera vivienda y el 100% de las aportaciones a Essalud por los trabajadores del hogar.

Los gastos por servicios médicos y de otras profesiones hasta el 31.03.17, se sustentan con recibos por honorarios físicos, y desde el 01.04.17 los recibos por honorarios deben ser electrónicos y además los pagos por estos servicios deben haberse efectuado a través de los bancos.

Aquellos trabajadores que opten por deducir los gastos adicionales deberán acceder a la plataforma de la Sunat, donde figuran registrados los gastos adicionales a deducir. 

Inicia Declaración DAOT para la lucha contra la evasión

La administración tributaria, por otro lado, inicia hoy la Declaración Anual de Operaciones con Terceros - DAOT 2017, destinada a fortalecer la lucha contra la evasión fiscal en el país.

Dicha obligación alcanza a los sujetos considerados como principales contribuyentes al 31 de diciembre del ejercicio; y, quienes se encuentren obligados a presentar por lo menos una declaración mensual del IGV durante el ejercicio y siempre que cumplan con cualquiera de los supuestos señalados en la normativa fiscal,

Estos últimos se refieren a que el monto de sus ventas internas haya sido superior a las 75 UIT; y, que el monto de sus adquisiciones de bienes, servicios o contratos de construcción hubiera sido mayor a 75 UIT, dijo el tributarista Francisco Pantigoso.

Esta declaración, asimismo, será exigible a las asociaciones sin fines de lucro, instituciones educativas o entidades religiosas que realicen solo operaciones inafectas del IGV en el Ejercicio, cuyo número de trabajadores declarados en el PDT Planilla Electrónica - PLAME Formulario Virtual Nº 0601 en el período noviembre del ejercicio sea superior a diez. Mayor información en el portal de Sunat Virtual.

Fuente: Diario Gestión, jueves 01-03-2018
www.gestion.pe

Perú tiene 2.30 millones de empresas registradas, ¿cuántas se crearon al cierre del 2017?

En el cuarto trimestre del 2017, se crearon 29,058 empresas en la provincia de Lima que representó el 42.4% del total.

En Perú, el número de empresas activas, en el cuarto trimestre de 2017, ascendió a 2’303,662 unidades, siendo esta cifra superior en 8,4% al compararlo con similar periodo del año 2016; informó el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI).

Según el Informe Técnico Demografía Empresarial en el Perú, en el cuarto trimestre se crearon 68,416 empresas, cifra que representó un incremento de 5.5%, respecto a similar trimestre de 2016.

De igual modo, se dieron de baja 34,718 empresas que dejaron de operar, representando una disminución de 30,0%, respecto a igual trimestre del año 2016.

Comercio minorista
La actividad económica con mayor concentración de altas de empresas siguió siendo comercio al por menor (28.1%). También, destacó el comercio al por mayor (13.9%), otros servicios que incluye actividades inmobiliarias, administración pública, enseñanza, salud, actividades artísticas, de entretenimiento y otras actividades de servicios personales ( 12.3%), así como actividades de servicio de comidas y bebidas (9.1%), servicios prestados a empresas (8.5%), transporte y almacenamiento (7.2%), entre otras.

Por otro lado, la actividad con mayor incremento de altas, respecto a similar periodo del año anterior fue la explotación de minas y canteras (216,8%), comportamiento que estuvo sustentado en las disposiciones complementarias para la formalización de actividades de la pequeña minería y minería artesanal (Decreto Supremo Nº 021-2017-EM) que se implementó durante el año, que permitió que 1 mil 185 empresas se dieran de alta. Cabe resaltar que el incremento de empresas dadas de alta, se presentó con mayor proporción en las regiones de Puno (333) y Arequipa (203), las que presentaron mayor concentración en este tipo de actividad.

Le siguen las empresas dedicadas a la actividad de transporte y almacenamiento (26,1%), actividad de alojamiento (12,3%) y comercio al por mayor (12,0%), entre otras.

Mayoría en Lima
En el trimestre de estudio, se crearon 29,058 empresas en la provincia de Lima que representó el 42.4% del total, lo que significó que de cada 10 nuevas empresas cuatro iniciaron actividades en la Provincia de Lima, lo cual reflejó el grado de desarrollo de la actividad empresarial en la capital del país.

Con relación a las bajas de empresas, la Provincia de Lima fue el área geográfica que presentó una mayor disminución (46.4%).

Por otro lado, los distritos donde se crearon un mayor número de empresas fueron Lima Cercado (2,390), San Juan de Lurigancho (2,378), San Martín de Porres (1,882), Ate (1,777) y La Victoria (1,660).

Mujeres a la cabeza
En el cuarto trimestre de 2017, en el país se registró 45,231 empresas constituidas por personas naturales, de las cuales 24,208 empresas (53.5%) fueron conducidas por las mujeres. Este resultado evidencia una mayor participación de la mujer como independiente formal; en tanto que, las empresas conducidas por hombres ascendieron a 21,023 (46.5%).

En la mayoría de regiones, el porcentaje de mujeres que crearon un negocio fue mayor al de los hombres, es el caso de Moquegua (60.6%), Junín (58.1%), Cusco (57.1%) y Piura (57%).

Por el contrario, se reportó una menor participación de las mujeres en Apurímac (44,3%), Amazonas (48,3%), Cajamarca (48,5%), Madre de Dios (48,8%), Huánuco (49,3%) y Pasco (49,6%).

En la provincia de Lima se registró 17 mil 532 empresas dadas de alta constituidas como persona natural de las cuales, el 52,8% fueron conducidos por las mujeres y el 47,2% por los hombres.

Salones de belleza
La actividad que reflejó una mayor participación de las mujeres en las empresas constituidas como personas naturales fueron los salones de belleza (76.9%), le siguen las actividades de servicios de comidas y bebidas (62.6%), comercio al por menor (62%), comercio al por mayor (59.2%) y actividades de alojamiento (53.2%). Similar comportamiento registraron las empresas que se dieron de baja.

Hombres en construcción
Las actividades en donde los hombres tuvieron mayor participación en la conducción de empresas dadas de alta registradas como personas naturales fueron construcción (79,6%), transporte y almacenamiento (76,3%), explotación de minas y canteras (76,1%) y venta y reparación de vehículos (69,7%), entre las principales.

Fuente: Diario Gestión, jueves 01-03-2018
www.gestion.pe
 
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