Jueves 01 enero del 2018
 
     
 
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Aprueban nueva versión de la planilla electrónica

Podrá declararse y pagar las retenciones del aporte de pensiones del trabajador pesquero.

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) aprobó una nueva versión de la planilla electrónica para adecuarla y actualizarla a la normatividad tributaria vigente.

Se trata de la versión 3.3 del PDT Planilla Electrónica-Plame, Formulario Virtual N° 0601, dispuesta mediante la Resolución de Superintendencia N° 028-2018/Sunat.

Con esta nueva versión se podrá utilizar la planilla electrónica para declarar y pagar las retenciones del impuesto a la renta (IR) de quinta categoría y las retenciones del aporte de los trabajadores pesqueros al Régimen Especial de Pensiones a que se re?ere la Ley Nº 30003, que regula el régimen especial de seguridad social para los trabajadores y pensionistas pesqueros.

Los contribuyentes de rentas de quinta categoría del (IR), además, podrán realizar el pago del mencionado tributo no retenido, cuando el agente de retención no efectúe las retenciones respectivas del IR o los montos retenidos resultaron inferiores al impuesto que en de?nitiva le corresponda pagar al contribuyente u obligado.

Esto último en atención a que el agente de retención deberá descontar el monto del impuesto no pagado que determine el contribuyente, incluirlo y pagarlo en el mismo formulario que utilice para el pago mensual de los montos retenidos por concepto de IR hasta el vencimiento del período tributario febrero.

A su vez, con la nueva versión se podrá utilizar el concepto de semana contributiva en actividades relacionadas con la pesca.

Es por eso que en la planilla electrónica se modi?can las estructuras 12: Trabajador-Otras rentas de quinta categoría, y 28: Trabajador-Semanas contributivas del anexo 3: Estructura de los archivos de importación de la planilla electrónica; así como la estructura 20 Prestador de Servicios con Rentas de cuarta categoría-Detalles de comprobantes del citado anexo, para ampliar la longitud de los caracteres referidos al monto total del servicio.

Precisiones

La norma precisa aspectos que deberán ser atendidos para importar en el Plame la información de los trabajadores que perciben rentas de quinta categoría de otros empleadores y la data de los trabajadores que en enero y febrero informaron haber percibido ingresos de quinta categoría en el ejercicio anterior, detalla un informe del Estudio Benites & Ugaz Abogados. Además, se precisan aspectos para importar en el Plame información adicional de los afiliados al régimen de la Ley Nº 30003.

Fuente: Diario El Peruano, jueves 01-02-2018
www.gestion.pe

Inflación se reduce por quinto mes consecutivo

El alza de precios anualizada bajó a 1,25%, la más baja en siete años, según reporte del INEI.

La inflación en Lima Metropolitana comenzó el 2018 extendiendo su trayectoria descendiente. En enero, el alza de precios al consumidor –en términos anualizados– fue de 1,25% y acumuló su quinto mes consecutivo de moderación, informó el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI).

Con este resultado, la inflación se acercó al límite inferior del rango meta que maneja el Banco Central de Reserva (BCR), que es entre 1% y 3%. Es, además, el resultado más bajo de inflación observado en los últimos siete años. En mayo del 2010, el alza de precios fue 1,04%. 
Este resultado se explica, pues, entre febrero del 2017 y enero de este año, la rama de alimentos y bebidas ha mostrado precios 0,22% superiores al mismo período del año previo.

Los servicios de transportes y comunicaciones tuvieron una bajada de precios.Sin embargo, esto contrasta con los incrementos más sustanciales en los servicios de esparcimiento, culturales y de enseñanza (3,68%); mientras los alquileres, combustibles y electricidad se encarecieron en 3,33%.

En cuanto a la inflación a escala nacional, esta alcanzó 1,44% anualizada. Entre las 26 principales ciudades del país, se ve que solo una de ellas, Piura, tiene una inflación superior al 3%. En tanto, siete de estas urbes muestran alzas de precios inferiores al 1%.

RESULTADO MENSUAL
Al considerar solamente el primer mes del 2018, se ve que los precios tuvieron un incremento de 0,13%. El resultado estuvo influenciado, principalmente, por el alza en los bienes en el rubro de alimentos y bebidas, que subieron 0,34%.

En tanto, en transportes y comunicaciones se ve que los bienes se han vuelto 0,84% más baratos; mientras los alquileres, combustibles y energía eléctrica se hicieron 0,5% más caros.

Los precios al consumidor en el país crecieron ligeramente por encima de los de la capital, en un 0,18%. Resalta que la inflación en los alimentos y bebidas no alcohólicas, alojamiento, agua, electricidad, combustibles, restaurantes y hoteles fueron los rubros de mayor incidencia.


Fuente: Diario EL COmercio, jueves 01-02-2018
www.elcomercio.pe
 
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