Martes 28 de agosto del 2018
 
 
 
 
 
 

Aprueban expediente en línea para fiscalización electrónica

Facilitan cumplimiento de obligaciones.Nueva herramienta informática permitirá informar el estado de los trámites ante Sunat.

En adelante, los contribuyentes y obligados con fiscalizaciones parciales electrónicas podrán llevar y consultar sus expedientes en línea y en tiempo real, de una manera fácil y sencilla.


Esto tras publicarse la R.S. Nº 199-2018/SUNAT que incorpora los expedientes electrónicos del procedimiento de fiscalización parcial electrónica (PFPE) al sistema integrado del expediente virtual (SIEV).

Para ello, el contribuyente sujeto de cobranza coactiva o del procedimiento de fiscalización parcial electrónica podrán acceder al SIEV, haciendo uso de su Clave SOL, evitando trasladarse físicamente a las oficinas de la Sunat para realizar una consulta.

En efecto, el SIEV es una herramienta informática que permite generar un expediente electrónico, registrar los documentos que lo conforman, conservar y consultar tales documentos en cualquier fase del procedimiento, desde cualquier lugar, las 24 horas del día y durante todo el año.

La norma, asimismo, faculta a la Sunat a realizar un procedimiento de fiscalización parcial electrónica, con base en la información del contribuyente que se almacena, archiva y conserva en los sistemas de la Sunat. 

Este tipo de fiscalización se inicia con el depósito de una carta acompañada de una liquidación preliminar.

Después, el contribuyente tendrá un plazo de 10 días hábiles siguientes a dicha notificación, para subsanar los reparos o presentar sus observaciones a la liquidación preliminar, adjuntando el respectivo sustento en el aplicativo de Sunat Operaciones en Línea – SOL.

Dentro de los 20 días hábiles siguientes a la fecha en que vence el plazo de sustentación, además, el ente fiscal evaluará la información que hubiese sido presentada y culminará el trámite con la notificación electrónica de la Resolución de Determinación y la Resolución de Multa, de ser el caso.

Según la norma en análisis, los documentos en soporte papel deberán ser digitalizados para su incorporación al expediente electrónico del procedimiento de cobranza coactiva, remitiéndose los documentos en soporte papel al archivo del ente fiscal según la normativa correspondiente.

Información básica

Ante lo indicado, la administración tributaria remarcó la importancia de que todo contribuyente cumpla con actualizar el número de celular y correo electrónico registrado en su ficha RUC, a fin de que pueda recibir las alertas cuando se le envía una notificación.

Para dicha incorporación, el SIEV cuenta con las funcionalidades necesarias que permiten registrar en el expediente electrónico la información del documento y su imagen.

Forma y condiciones 

La norma también precisa las reglas para la generación del expediente electrónico de los procedimientos de cobranza coactiva o de fiscalización parcial electrónica. Así, la Sunat genera el expediente electrónico en el SIEV asignándole numeración única. Además, el expediente electrónico del procedimiento de cobranza coactiva o del procedimiento de fiscalización parcial electrónica lo conformarán los documentos electrónicos que se generan o que se presentan en dichos trámites según la normativa vigente.

La foliación se efectúa mediante un índice electrónico con el registro cronológico de los documentos que lo conforman y asegura el ordenamiento de los documentos contenidos en el expediente. 

Estos expedientes para el procedimiento de cobranza coactiva podrán acumularse en función a los criterios fijados en el Reglamento del Procedimiento de Cobranza Coactiva.

Apuntes

Entre otros, el Código Tributario faculta a la Sunat iniciar una fiscalización parcial electrónica (PFPE).

El PFPE procede cuando uno o algunos de los elementos de la obligación no fue debidamente declarado.

Situación a la que se concluirá luego del análisis de la información proveniente de las declaraciones, libros, registros o documentos que almacenen, archiven o conserven los obligados.

Fuente: Diario El Peruano, martes 28-08-2018
www.elperuano.pe

Pagos con tarjeta: ¿Qué debe hacer si le cobran comisiones por sus compras?

Según Izipay, solo 150,000 establecimientos ofrecen pagos electrónicos en el Perú .

¿Ha pagado un producto o servicio con su tarjeta de crédito o débito y le han cobrado un adicional por la comisión del POS ?.

Este tipo de prácticas son calificadas como malas por los las empresas que brindan esta tecnología.

Christian Alvarado, gerente central comercial de Izipay , señaló que la comisión que ellos cobran a los establecimientos por cada venta que realizan es de 3.98%; monto que no debería ser trasladado al consumidor final por pagar con tarjetas.

"Los precios que colocan los comercios incluyen todos los medios de pago (efectivo y tarjetas). Si el comercio cobra un precio diferente, el comprador podría colocar su reclamo en el "libro de reclamaciones" para hacer valer sus derechos", menciona el ejecutivo.

Actualmente solo 150,000 establecimiento cuentan con pagos electrónicos a nivel nacional. "Este tipo de pagos permiten incrementar las ventas del negocio hasta en un 30%. Nosotros consideramos que 850,000 comercios podrían ofrecer pagos electrónicos", mencionó.

¿Por qué al comercio le conviene recibir pagos electrónicos en vez de efectivo?

Además de permitir el incrementar sus ventas, Alvarado señala que el dueño del negocio tendrá la posibilidad de solicitar créditos en el sistema financiero formal, ya que al contar con un POS abrirá una cuenta que le servirá de respaldo para que el banco lo evalúe o apruebe en caso necesite un préstamo.

"También reducirá el riesgo de cargar con efectivo o que se entreguen billetes falsos. Hay que tener en cuenta que la administración del efectivo también cuesta entre 3% y 5%", concluye.

Fuente: Diario Gestión, martes 28-08-2018
www.gestion.pe
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