Martes 24 abril del 2018
 
     
 
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¿Qué requisitos solicita la Sunarp para independizar un inmueble?

En los últimos años, muchos peruanos han decidido independizar sus inmuebles, evitando futuras confrontaciones entre sus herederos. En el año 2017, se independizaron 25,707 inmuebles a nivel nacional.

¿Deseas vender parte de tu propiedad o repartirla entre tus hijos? Para que ello sea posible debes dividir tu bien en dos o más predios independientes de manera que cada inmueble cuente con su propia partida registral. El trámite se denomina independización y se inscribe en el Registro de Propiedad Inmueble de la Sunarp.

En los últimos años, muchos peruanos han decidido independizar sus inmuebles, evitando futuras confrontaciones entre sus herederos. En el año 2017, se independizaron 25,707 inmuebles a nivel nacional; mientras que en los primeros meses del presente año, se han inscrito 6,719 independizaciones.

Entre enero y marzo del presente año, los departamentos de Lima (1,686), Huánuco (1,036), Piura (716), San Martín (404), Junín (359), Lambayeque (343), Ayacucho (276), Arequipa (262), Ica (251), Cusco (236), La Libertad (206), Puno (182) y Cajamarca (159) fueron los más activos en la inscripción de independizaciones. 

¿Qué beneficios me genera el independizar un inmueble?

  1. Facilita los actos particulares que se desee realizar sobre cada una de ellas.
  2. Al independizar una zona o piso, obtengo una partida exclusiva para cada una de ellas.
  3. Al contar con una partida para cada piso, por ejemplo, puedo inscribirlo a favor del verdadero propietario.
  4. Obtención de préstamos otorgando como garantía hipotecaria la zona que he independizado.
  5. Puedo vender cada piso independizado y obtener una ganancia.
  6. Puedo transferir a favor de mis herederos un espacio físico determinado y evitar futuros conflictos familiares.
  7. Facilita la instalación de servicios básicos independientes, pues cada uno contará con un medidor propio de agua o luz y consecuentemente pagará lo que efectivamente consume. ​​ 

¿Qué requisitos solicita la Sunarp para independizar un inmueble?

  1. Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado 
  2. Resolución municipal, formulario único de habilitación urbana (FUHU), plano municipal de subdivisión y memoria descriptiva debidamente sellado y visado, donde debe precisarse el área, linderos y medidas perimétricas de cada uno de los predios resultantes.
  3. Planos y código de referencia catastral de los predios resultantes emitido por la municipalidad respectiva. Si la municipalidad no contara con catastro implementado presentar constancia negativa de catastro.
  4. Documento privado con firmas certificadas notarialmente en el que conste el consentimiento de los copropietarios que no hubieran intervenido en el trámite de subdivisión, en caso de copropiedad.
  5. Pago de derechos registrales.

Recuerda que los trámites de independización para el caso de terrenos, son inicialmente de incidencia municipal y deben estar aprobados bajo los parámetros de una autorización y posterior certificación.

Posteriormente, deberán ser ingresados a Registros Públicos para que cada inmueble tenga su propia partida y correspondiente numeración y nomenclatura.

Fuente: Diario Gestión, martes 24-04-2018
www.gestion.pe

CTS para viviendas: ¿Es la mejor decisión?

Especialistas opinan sobre el uso de la CTS para la cuota inicial de la vivienda o cubrir los créditos. Sepa los detalles.

Hace unos días se dio a conocer la iniciativa del Congreso para utilizar el 80% de la Compensación por Tiempo de Servicio (CTS) para una vivienda y cubrir otros gastos adicionales en los que haya incurrido una persona para la remodelación o ampliación de la misma.

Este proyecto de ley, que aún no entra en debate en las comisiones del Congreso , ha recibido el respaldo del Ministro de Vivienda, Javier Piqué, e indica que contribuirá a impulsar la economía.

Sin embargo, ¿es la mejor medida? El cuestionamiento se inicia por la finalidad en la que se creó la CTS, que funge como un seguro de desempleo, lo que actualmente representa una cobertura de cuatro meses, en caso se origen la salida del trabajo.

Para el laboralista César Puntriano, indica que el uso de la CTS para otros fines significaría una desnaturalización de los fines, aunque Javier Piqué, ministro de Vivienda no comparte la misma opinión y considera que se puede usar para mejorar su inversión.

Por su parte, el congresista Osías Ramírez remarca que la vivienda es una necesidad básica, por ello sostiene que es un derecho al que deberían acceder para facilitar no solo la cuota inicial de la vivienda, sino amortizar las deudas en las que hayan incurrido.

CTS para vivienda en el 2005


Pero la experiencia de usar la CTS para vivienda no es nueva, en el año 2005 se aprobó una medida similar, de usar el 80% de dichos ahorros en la cuota inicial de la vivienda.

Al respecto, Guido Valdivia, ex viceministro de Vivienda en el año 2005, recuerda la medida, pero indica que el impacto es distinto, dado que hace 13 años el mercado no estaba desarrollado, y era necesario activar medidas para facilitar la primera cuota de la vivienda.

“No recuerdo que este haya tenido un gran impacto”, remarcó.

Así, refiere que el uso de la CTS actual no se justificaría, dado que solo tendría un impacto en el 25% de la PEA que tiene un empleo formal, y cuya mayoría de familias ya han adquirido una vivienda o están en dicho proceso.

“Lo que se debe atender es la población que no es formal y los independientes, que no tiene acceso a la vivienda”, indicó

Impacto de la CTS para vivienda

Por su lado, el economista Juan Carlos Odar, director gerente de Phase Consultores, sostiene que, si bien medidas como esta podrían dar un impacto en la economía, considera que no sería significativa como justificar el uso del 80% de la CTS.

En el mismo sentido, Alberto Morisaki, gerente de Estudios Económicos de Asbanc, indica que dado el impulso en el crédito hipotecario y las menores tasas de interés, considera que no sería necesario adoptar medidas como las planteadas.

Fuente: Diario Gestión, martes 24-04-2018
www.gestion.pe

 
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