Lunes 23 abril del 2018
 
     
 
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¿Cuál será la multa por no declarar el impuesto a la renta?

Monto máximo es una UIT ó 4,150 soles.

Las infracciones por no declarar el impuesto a la renta 2017 en las fechas establecidas, entre el 22 de marzo y 6 de abril, se aplicarán a contribuyentes del régimen general o personas naturales, indicó el director del grupo Verona, José Verona.

“Por primera vez en el país las personas que trabajan en una empresa y están en planilla han tenido la obligación de declarar”, subrayó.

Por otro lado, el especialista tributario, indica “Tras la devolución de impuestos, han aumentado las personas que declaran este año, aproximadamente 400,000 nuevos contribuyentes”.

El costo de la multa

Para determinar el monto de la multa se debe considerarse la UIT vigente 4,150 soles. Esta, a su vez, se encuentra sujeta al régimen de gradualidad (rebaja), según la Resolución de Superintendencia Nº 063-2007-SUNAT.
 
Explicó que para el Régimen General, la multa es de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT) equivalente a 4,150 soles.

Sin embargo, si la omisión se regulariza de manera voluntaria la multa será el 10% de la UIT, con el único requisito de que se pague la infracción. Pero, en el caso de regularizar la Declaración jurada y no pagarla, la multa será del 20%.
 
En el caso de personas naturales (contribuyentes de rentas de capital y/o de trabajo) la multa es 50% de la UIT (2,075 soles). Los descuentos se aplicarán con los mismos porcentajes y en los escenarios respectivamente mencionados con anterioridad.

Fuente: Diario Andina, lunes 23-04-2018
www.andina.pe

Sunat: ¿qué trámites se pueden realizar por Internet?

Desde hace un tiempo, presentar tus declaraciones de tributos, entre otros trámites, pueden hacerse desde la comodidad de tu casa con la plataforma web de la Sunat.

Con el fin de reducir el proceso tedioso de realizar un trámite personalmente en las oficinas de la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (Sunat), el organismo implementó su portal web Sunat Operaciones en Línea.

Desde la plataforma se pueden realizar diversos trámites, ya sea como persona natural o empresa.

Para poder acceder a este solo se necesita tener una clave SOL, la cual puede se solicita en cualquier Centro de Atención al Contribuyente (CAA) por la misma persona o un tercero, siempre y cuando se cumplan los requisitos.

De ingresar como persona, pueden realizar 17 operaciones desde la comodidad de su hogar mediante este portal.

Revisa a continuación la lista completa sobre los trámites a efectuarse mediante Sunat Operaciones en Línea.

►Cambiar tu clave de acceso (password), para mayor seguridad en sus consultas y transacciones al sistema SOL.

►Consultar las Resoluciones que aprueban la devolución de saldo a favor en la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta - Personas Naturales. 

►Consultar tus autorizaciones de impresión de comprobantes de pago, por número de orden de formulario, por número de autorización.

►Consultar tus notificaciones depositadas en el Buzón Electrónico que tienes asignado dentro del Sunat Operaciones en Línea.

►Consultar y pagar órdenes de pago, resoluciones de determinación y resoluciones de multa, entre otros.

►Crear usuarios secundarios SOL relacionados a tu código de usuario, para autorizar a otras personas a tener acceso a los aplicativos que usted elija. Es responsabilidad del contribuyente tomar las debidas medidas de seguridad en el uso y autorizaciones que otorgue de su usuario SOL.

►Dar de baja tus comprobantes de pago físicos y baja de serie.

►Emitir tus recibos por honorarios electrónicos si generas renta de cuarta categoría (trabajadores independientes).

►Modificar datos de tu RUC, tales como: actividad comercial, modificación o confirmación de domicilio fiscal, alta y baja de tributos, alta, modificación o baja de establecimientos anexos, nombre comercial, número telefónico, obtener tu Ficha RUC actualizada, entre otras.

►Obtener extracto de declaraciones y pagos: para verificar sus declaraciones y/o pagos realizados.

►Pagar tus tributos de cuenta propia, retenciones, percepciones, vía cargo una cuenta predeterminada, con tarjeta de crédito o débito o vía Portal Bancario.

►Presentar declaraciones informativas, por ejemplo la Declaración de Predios.

►Presentar la Declaración Exporta Fácil, para exportar a través de envíos postales, mercancías cuyo valor no excedan los US$ 5,000.

►Presentar Solicitudes de Aplazamiento y/o Fraccionamiento de deuda tributaria, también puede obtener un reporte de precalificación sobre el cumplimiento de requisitos y un archivo personalizado con la deuda que podrá acoger.

►Presentar tus declaraciones de tributos mensuales y anuales y efectuar su pago.

►Solicitar la modificación de datos en sus declaraciones y/o pagos, tales como: el número de RUC, período tributario, entre otras.

►Solicitar suspensión temporal y reinicio de actividades de tu RUC.

Fuente: Diario El Comercio, luenes 23-04-2018
www.elcomercio.pe

 
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