Martes 21 noviembre del 2017
 
     
 
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CCL: Trabajadores del sector privado recibirán 9% adicional de la gratificación

En el caso de trabajadores afiliados a una Empresa Prestadora de Salud (EPS) la bonificación extraordinaria no será el 9% sino el 6.75% del monto de la gratificación...

La Cámara de Comercio de Lima (CCL) informa que los trabajadores de la actividad privada recibirán su gratificación por Navidad más una Bonificación Extraordinaria del 9% sobre dicha gratificación, dada la desgravación permanente de aportes a EsSalud conforme a la ley 30334.

“Según la norma, cada trabajador de la actividad privada recibirá un sueldo íntegro, siempre que haya laborado el semestre completo (julio – diciembre 2017) y además percibirá el 9% como ‘bonificación extraordinaria’, con lo cual, considerando el 13% que dejarán de aportar por concepto de pensiones a la ONP- AFP, los trabajadores se beneficiarán en 22% aproximadamente”, manifestó Víctor Zavala, gerente del Centro Legal. Para el caso de trabajadores afiliados a una Empresa Prestadora de Salud (EPS), el gremio empresarial explica que la bonificación extraordinaria no será el 9% sino el 6.75% del monto de la gratificación.

Cabe señalar que el plazo del pago de las gratificaciones para las empresas vencerá el viernes 15 de diciembre próximo. Además el pago de la gratificación y de la bonificación extraordinaria debe constar en la planilla electrónica de diciembre del 2017.

¿Quiénes acceden? Tiene derecho a la gratificación los trabajadores subordinados de la actividad privada que tienen contrato indefinido, a plazo fijo y a tiempo parcial y trabajadores-socios de cooperativas de trabajadores. También aplica a trabajadores de las pequeñas empresas inscritas en el Registro de la Micro y Pequeña Empresa (Remype) los que recibirán medio sueldo de gratificación, conforme al DS. 013-2013-Produce. En tanto, los trabajadores del hogar tienen una gratificación equivalente a medio sueldo (Ley Nº 27986). ¿Quiénes no? No tendrán derecho de este beneficio los trabajadores de las microempresas contratados después de la inscripción de la empresa en el Remype.

Además para aquellos trabajadores que prestan servicios independientes regulados por el Código Civil (locación de servicios). Así también, a trabajadores de la actividad agraria y los que perciben “Remuneración integral”, referida a la gratificación y la CTS que están incluidas en su remuneración diaria integral. Para los trabajadores que perciben comisiones o a destajo, la remuneración para el pago de las gratificaciones se obtendrá en base al promedio de los seis meses anteriores al 15 de diciembre.

Monto de la gratificación La CCL explica que la gratificación por Navidad será equivalente al íntegro de la remuneración que el trabajador percibió al 30 de noviembre del 2017. En tanto, para los trabajadores de las pequeñas empresas, que sean contratados después de haberse inscrito en el Remype, tendrán derecho a medio sueldo de gratificación. No se considera remuneración computable para las gratificaciones a las utilidades, gratificaciones extraordinarias, movilidad, asignación por educación, viáticos, y demás conceptos previstos en el artículo 19° de la Ley de CTS.

Requisitos Para percibir la gratificación el trabajador debe estar laborando en diciembre del 2017 o estar de vacaciones o gozando de subsidios con descanso médico. Pero en caso el trabajador cuente con menos de seis meses, percibirá la gratificación en función de los meses laborados (un sexto por mes completo). Conforme al DS. 017-2002-TR (04-12-02), los trabajadores que hubieran laborado un mes calendario completo, por dicho mes tienen derecho a un sexto de su remuneración.

Sin embargo, si en dicho mes tuvieran inasistencias, por cada inasistencia se descontará un treintavo del sexto a percibir. “Si el trabajador ingresa o cesa en el trascurso del mes, los días de dicho mes incompleto no son computables para el cálculo de la gratificación”, anotó Víctor Zavala. 

Fuente: Diario gestión, martes 21-11-2017
www.andina.pe

Equifax: Peruanos bancarizados acumulan deuda de más de S/ 151,000 millones
El reporte de Equifax indica que más de 12.3 millones de peruanos tienen créditos en el sistema financiero. ¿Cuáles son las regiones más morosas del país? 

Equifax dio a conocer los resultados del Reporte de Bancarización y Morosidad de las Regiones del Perú de octubre de 2017 (con data al cierre de septiembre de 2017) en el que se muestra que poco más del 50% de la población peruana esta bancarizada y acumula una deuda de más de S/ 151 mil millones. El informe indica además que más de 12.3 millones de peruanos tienen un producto crediticio con alguna entidad financiera del Sistema Financiero Regulado.

“Tumbes, Ica y Arequipa son las 3 regiones más bancarizadas del país, con un 68%, 66% y 63% de su población bancarizada, respectivamente (…) Con este análisis, podemos ver que el mercado peruano tiene un importante reto de inclusión en el sistema financiero, ya que hay más de 12 millones de peruanos por ser incluidas en el sistema financiero formal”, precisó Jeffrey Haggott, gerente General de Equifax Perú.

En tanto, las regiones más morosas, se concentraron en la selva peruana, siendo San Martín, Ucayali y Loreto las más morosas con el 8.66%, 6.80% y 6.70% respectivamente; cifra que está por encima del promedio nacional, que es 4.08%.

“Si bien las entidades financieras tienen controles de riesgo y herramientas de evaluación crediticia, es recomendable que sean más rigurosas, y junto a ello se sumen esfuerzos de educación financiera”, insistió Haggott. 

Fuente: Diario Gestión, martes 21-11-2017
www.gestion.pe
 
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