|
Viernes 03 de febrero del 2017 |
|
|
|
|
|
NOTICIAS DEL DÍA |
|
|
|
|
|
El Código Tributario
|
El Decreto Legislativo Nº 1311 incorpora una serie de cambios al Código Tributario. Uno de los principales es el tratamiento de la infracción contenida en el artículo 178 numeral 1, consistente en declarar datos falsos o equivocados, que se sanciona con el 50% del tributo omitido. Cuando el contribuyente declaraba impuestos, pero una vez deducidos los saldos a favor o créditos no generaba pago de impuesto, y luego se daba cuenta de que incurrió en un error y que el impuesto era mayor pero igualmente estaba cubierto por los saldo o créditos, debía pagar una multa por el solo hecho de haber declarado un menor impuesto al correcto, lo cual resultaba injusto. La modificación introduce el concepto de “tributo por pagar omitido” para determinar la multa, es decir, la sanción aplicará de ahora en adelante solo cuando se verifica un perjuicio efectivo al fisco, al generarse una omisión al pago.
Guillermo Hidalgo Villegas Socio Tax Services-EY
Con este nuevo criterio, la simple diferencia en cifras que no tenga un impacto en falta de pago ya no ocasionará la sanción de multa.
No menos importante es lo que está pendiente de regular o precisar y que no se incluyó en el paquete. Uno de los temas que más incertidumbre genera es el rol de las normas contables en la definición de asuntos tributarios. En muchos casos, la Sunat, e incluso el Tribunal Fiscal, define el tratamiento tributario de las operaciones que realizan las empresas sobre la base del tratamiento que dispensan las normas contables, lo cual genera incertidumbre, pues las normas contables tienen su propia dinámica y están sujetas a cambios. El tema se ha agravado con la implementación en el Perú de las Normas Internacionales de Información Financiera, las cuales han generado diferencias entre la forma legal adoptada y los tratamientos que establecen las normas contables, y generan dudas sobre si dichos tratamientos deben prevalecer o no para fines tributarios. Igual ocurre con el tratamiento de la depreciación de los bienes muebles que califican como activos fijos, que actualmente están sujetos para fines tributarios al registro contable, situación que genera una serie de incertidumbres, que es fundamental aclarar en forma integral.
|
|
|
Sunafil agilizará atención de las inspecciones laborales
|
La nueva superintendenta aseguró que su labor apuntará a que la Sunafil brinde respuestas oportunas a la demanda de atención del servicio público que representan estas inspecciones, tanto para los trabajadores como para los empleadores del país.
En una breve ceremonia, la autoridad fue presentada por el propio titular de Trabajo, Alfonso Grados, quien aseveró que su presencia permitirá articular la visión de este portafolio para el fortalecimiento de las inspecciones, a fin de convertirla en un instrumento de formalización en el país. “Sunafil es una institución fundamental para alcanzar los objetivos del sector, como generar empleo digno para un mayor número de peruanos”.
Cáceres posee una vasta experiencia en lo laboral y diálogo social; viene de ocupar el cargo de secretaria general de Essalud y fue viceministra de Trabajo de agosto de 2012 a diciembre de 2014. Entre el 2003 y el 2010 fue secretaria técnica del Consejo Nacional de Trabajo.
La titular de fiscalización laboral es abogada, graduada por la Pontificia Universidad Católica del Perú; máster en Gestión y Análisis de Políticas Públicas por la Universidad Carlos III de España y la Universidad de San Martín de Porres. Siguió su doctorado en el Departamento de Derecho Mercantil, Derecho de Trabajo y Seguridad Social en la Universidad de Barcelona.
Durante la ceremonia de transferencia, realizada en la sede del Ministerio de Trabajo, participaron también el viceministro de Trabajo, Augusto Eguiguren, y otros.
La designación, además, se oficializó con la R. S. N° 002-2017-TR, publicada en el Diario Oficial con las firmas del presidente Pedro Pablo Kuczynski y el ministro de Trabajo, Alfonso Grados.
Tribunal en agenda
La nueva gestión de la Sunafil deberá instalar a la brevedad el consejo directivo y convocar a concurso para la constitución del tribunal de fiscalización laboral, adelantó el viceministro de Trabajo, Augusto Eguiguren, tras saludar la designación.
Otra de las prioridades, añadió, será la implementación del plan de inspecciones para la lucha contra la informalidad laboral, al igual que el despliegue de estrategias de lucha contra la corrupción en la inspección de trabajo a escala nacional.
|
|
|
|
|
|
|
|