Lunes 04 diciembre del 2017
 
     
 
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Gobierno fijó los requisitos para que trabajadores públicos reciban aguinaldo por Navidad

Y tal como sucede desde hace algunos años, este beneficio también lo tendrán los trabajadores CAS, estableció una norma emitida hoy por el MEF.

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) oficializó el otorgamiento del aguinaldo de S/ 300 por Navidad para el sector público, mediante el Decreto Supremo N° 352-2017-EF, publicado hoy en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

La norma lleva la rúbrica del presidente Pedro Pablo Kuczynski y de la ministra de Economía, Claudia Cooper.

El aguinaldo navideño se otorgará a funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 276 y la Ley N° 29944; los docentes universitarios de la Ley N° 30220; y el personal de la salud comprendidos en el Decreto Legislativo N° 1153.

Asimismo, a los obreros permanentes y eventuales del sector público; el personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional; y los pensionistas a cargo del Estado comprendidos en los regímenes de la Ley N° 15117, los Decretos Leyes N°s 19846 y 20530, el Decreto Supremo N° 051-88-PCM y la Ley N° 28091.

Los trabajadores contratados bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo Nº 1057 ( CAS), en el marco de la Ley N° 29849, también percibirán el aguinaldo por Navidad.

Requisitos
Haber estado laborando al 30 de noviembre del presente año, o en uso del descanso vacacional, o de licencia con goce de remuneraciones o percibiendo los subsidios a que se re?ere la Ley Nº 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud.

Contar en el servicio con una antigüedad no menor de tres meses al 30 de noviembre. Si no contara con el referido tiempo, dicho beneficio se abona en forma proporcional a los meses laborados, señala la norma.

Fuente: Diario Gestión, lunes 04-12-2017
www.gestion.pe

Seguros de sepelio: ¿qué cubren y cuáles son las exclusiones?

En el mercado se pueden encontrar coberturas económicas, desde S/ 7 al mes, que ofrecen servicios personalizados e indemnizaciones mayores a los S/ 10,000.

Cuando un familiar fallece no solo nos afecta emocionalmente sino que - si no estamos preparados - tendremos que asumir gastos y realizar trámites engorrosos que en un momento difícil pueden terminar en un dolor de cabeza. 

En ese sentido, Rímac Seguros recordó que hoy en el mercado se encuentran servicios más personalizados que incluyen asesoría funeraria y destacó las cuatro cosas que se deben saber de un seguro de sepelio.

1. Coberturas. Antes de adquirir un seguro de sepelio hay que evaluar la cobertura y servicios que este brinda, como por ejemplo, una capilla ardiente, una carroza, un carro porta flores, dos arreglos florales, y un ataúd de madera, así como una movilidad para 12 personas. 

"Nosotros tenemos el seguro Vida Tranquilidad que ofrece una indemnización de S/ 10,500, así como servicios funerarios y sepultura de hasta S/ 2,500 por un monto mensual de un dígito", señala la empresa.

2. Precios. En algunos casos el asegurado solo tendrá que hacer un pago único, dependerá del plan o empresa que elija. 

Pero además de los planes básicos, que incluye solo al titular, también existen planes familiares que aseguran al cónyuge y hasta tres hijos. En este caso el pago será mayor.

3. Asesoría funeraria y psicológica 
Ahora los seguros de sepelio ofrecen otros beneficios que el cliente debe tomar cuenta al momento de su decisión. Ofrecen por ejemplo asesoría a cargo de un director funerario, quien orientará a los familiares con los trámites necesarios para el sepelio.

También apoyo psicológico conformado por un equipo de terapeutas, quienes los ayudarán a afrontar el duelo. 

El factor alimenticio no es ajeno, en el caso del seguro que ofrece Rímac se considera la cobertura de una canasta familiar equivalente a S/ 200 por dos meses.

4. Exclusiones
Los seguros de sepelio no cubre si el asegurado opta por el suicidio, salvo que haya transcurrido dos años desde la fecha de contratación del seguro; pena de muerte, actos delictivos y deportes de alto riesgo como artes marciales, escalamiento, caminata de montaña y paracaidismo; y se pueden adquirir hasta los 75 años de edad. 

Fuente: Diario Gestión, lunes 04-12-2017
www.gestion.pe
 
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