Viernes 28 de abril del 2017
 
     
 
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Conozca los problemas en los descuentos judiciales a sueldos

Es usual para muchos trabajadores responsables del procesamiento de las nominas lidiar con las comunicaciones provenientes de los jueces de familia que disponen la retención de un porcentaje de las remuneraciones de los trabajadores de la empresa para satisfacer una deuda por alimentos, explica el laboralista César Puntriano socio del estudio Muñiz.

El monto máximo que puede retenerse de la remuneración del trabajador es el 60% de sus ingresos, detalla.

Además, únicamente debe darse prioridad antes de efectuar este tipo de retenciones judiciales a los descuentos previstos por ley, esto es, los aportes al sistema de pensiones y el Impuesto a la Renta del trabajador, asegura el experto.

Procedimiento
El procedimiento para aplicar la retención ordenada por un juez, debería ser sencillo, pero se complica más de lo necesario en razón a distintas situaciones que vienen ocurriendo en la práctica, que pasamos a detallar.

Poca claridad del oficio del Juez
Los jueces se limitan a copiar las solicitudes de las esposas/hijas/hijos o madres que solicitan la pensión de alimentos y ordenan las retenciones empleando un lenguaje complicado de descifrar, dice Puntriano.

Por ejemplo se ordena retener “haberes mensuales”, sin embargo, este concepto, no se encuentra en ninguna ley laboral y debe entenderse como remuneraciones. No se incluye gratificaciones, utilidades, horas extras y bonos.

Otro ejemplo, ocurre cuando el juez ordena retener “haberes y demás ingresos remunerativos”, en este caso, no debe incluirse la movilidad, vales de alimentos, condiciones de trabajo, asegura Puntriano.

Si el mandato se refiere a todo ingreso entonces se incluye hasta un incentivo al cese o gratificación extraordinaria. En este punto es importante leer con claridad el oficio pues la literalidad del mismo prima, resalta.

Más de un oficio
Si la empresa viene reteniendo el 40% de los ingresos y es notificada con un segundo oficio que ordena retener el 30%. En este caso, la empresa debe notificar al segundo juez sobre el mandato previo y retener únicamente el 20%.Ya los interesados podrán solicitar el prorrateo al juez, dice Puntriano.

El oficio llegó luego de la fecha de cierre de planillas
En este caso la retención sobre la remuneración debería efectuarse durante el siguiente mes, anota.

El oficio no indica el número de cuenta de la demandante
Corresponde depositar el monto en el Banco de la Nación, y presentar el comprobante al juez y pedirle que solicite a la demandante que señale una cuenta para facilidad de la empresa, asegura.

El oficio llegó pero la empresa no retuvo
Corresponde a la empresa realizar el pago directo pues se corre el riesgo de que el Juez ante el desacato de su mandato curse un oficio al Ministerio Público para iniciar una denuncia penal contra el representante de la empresa. La empresa puede luego descontar al trabajador, detalla.

El oficio llegó pero la empresa retuvo una menor suma
Debe reintegrar de inmediato. Luego se descuenta al trabajador.

El oficio llegó pero la empresa retuvo una mayor suma a la ordena
Se debe devolver al trabajador pues puede ser denunciada ante la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), ya que es complicado recuperar el dinero de la alimentista, concluye.

Fuente: Diario Gestión, viernes 28-04-2017
www.gestion.com.pe
Cuatro claves para cuidar tu historial crediticio

El historial crediticio es tu carta de presentación frente a las distintas entidades financieras. Aquí se ve reflejado si eres una persona puntual con el pago de las cuotas de tus créditos.

Por ello, el BCP te presenta algunas claves que te ayudarán a manejar tus créditos con precaución y así cuidar tu historial crediticio:

• Conoce cuánto puedes pagar cada mes: Antes de adquirir un préstamo debes revisar que las cuotas sean de un monto que puedas pagar sin dificultad. Además, al momento de definir el plazo del préstamo debes estar seguro que tendrás ingresos por ese tiempo.

• Incluye el pago de tu préstamo en tu presupuesto: Un presupuesto te ayudará a mantener tus ingresos y gastos ordenados. Debes incluir el pago de tu tarjeta de crédito o de tu préstamo como un gasto fijo.

• Recuerda siempre tu fecha de pago: Programa recordatorios en el celular o haz anotaciones en un calendario que revises con frecuencia. Una opción importante que te brinda el banco es el débito automático, es decir, solicitar que la cuota de tu crédito u otros pagos se debiten de tu cuenta de ahorro en el día del mes que tú elijas.

• Mantén un ahorro para emergencias: Siempre es necesario contar con un fondo que te permita afrontar tus gastos cotidianos (entre ellos tus deudas) ante cualquier contingencia. Esto te ayudará a no caer en moras o impagos.

Recuerda que los créditos pueden ser buenos aliados si son llevados con orden y responsabilidad. Si lo llevas bien, podrás acceder a una serie de beneficios como los siguientes:

• Podrás acceder a préstamos: Siempre que solicites una tarjeta de crédito o cualquier tipo de préstamo (sea en efectivo, vehicular, hipotecario), el banco al que acudas revisará que no registres deuda atrasada. Tu solicitud será rechazada si cuentas con impagos.

• Obtendrás préstamos con mejores condiciones: Al tener un buen historial crediticio, el banco está dispuesto a ofrecerte un préstamo de mayor monto, incluso a una tasa más baja, o aumentar la línea de tu tarjeta de crédito.

• Tendrás mayores oportunidades personales: El historial crediticio es un aspecto que toman en cuenta muchas empresas al momento de seleccionar personal, indistintamente del puesto al que se postule. Además, también puede representar una barrera al momento de postular a becas académicas.

• No perderás oportunidades de negocio: Estar registrado de manera negativa en una central de riesgos puede representar una dificultad al momento de presentarte a licitaciones o concursos. Pocas empresas mostrarán interés en hacer negocios en esas condiciones.

Fuente: Diario Gestión, viernes 28-04-2017
www.gestion.com.pe
 
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