Miércoles 12 de octubre del 2016
 
     
 
  NOTICIAS DEL DÍA
 
     
 
Sunat avanza con esquema tributario más simple y justo

Jefe de entidad anuncia implementación de campaña nacional para la formalización.

La facilitación y simplificación de los procedimientos tributarios y aduaneros, el desarrollo de un esquema fiscal justo y sobre dichos lineamientos, la formalización y ampliación de la base tributaria para aportar al equilibrio macroeconómico del país serán los pilares de la actual gestión de la Sunat.

Así lo aseguró el jefe de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria, Víctor Shiguiyama Kobashigawa, durante su presentación ante la Comisión de Presupuesto del Congreso, en que estimó que el ente fiscal aportará el 74% del presupuesto público para el ejercicio 2017.

Aunque advirtió que dicha proyección no incorpora los cambios tributarios que serán introducidos con la delegación de facultades legislativas otorgadas al Poder Ejecutivo. 

En este contexto, informó que su gestión estará enfocada en hacer de la Sunat una institución moderna con procedimientos más simples y justos para formalizar y ampliar la base tributaria en beneficios de todos los peruanos.

Principales acciones

Shiguiyama, de este modo, adelantó que se avanzará con la simplificación de procesos para reducir los costos de cumplimiento tributario con tratamientos diferenciados por perfil de riesgo del contribuyente en coordinación con los gremios empresariales. 

En esa línea, detalló que será la implementada la oficina virtual para los trámites de RUC, al igual que la ampliación y modernización de los canales para la declaración y el pago de obligaciones al fisco.

Información estratégica

Respecto a la formalización y ampliación de la base tributaria, mencionó que el objetivo es elevar el monto del impuesto declarado con el uso intensivo de información por medios electrónicos y la aplicación de nuevas tecnologías.

Por esta razón, explicó que se desarrollará un nuevo esquema de declaración del IGV detallada y sustentada mediante la masificación de los comprobantes electrónicos. También se aumentará, con el uso de tecnología, el control de las operaciones no reales (facturas falsas), se combatirá la evasión en personas naturales identificando ingresos y patrimonio no declarado.

El jefe de la Sunat adelantó, de igual modo, la implementación de una campaña nacional de formalización mediante la orientación y asistencia al contribuyente formal, el control de la cadena de suministro a la informalidad y el programa de reducción de comercio de productos ilegales.

Evasión y elusión

La Sunat está decidida a enfrentar la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios (BEPS) en el marco de las recomendaciones de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), afirmó el superintendente. Añadió que las modalidades de evasión y elusión detectadas permitirán combatir el planeamiento fiscal agresivo, proyectando un incremento en la recaudación del impuesto a la renta. Otra de sus prioridades será la gestión preventiva e inductiva para facilitar el cumplimiento y evitar la cobranza coactiva. Asimismo, dijo, se facilitará el pago de IGV mediante el fraccionamiento de deudas menores a 3 UIT. Para ello, se mejorará la comunicación con los usuarios mediante el envío de mensajes SMS, el correo electrónico y llamadas telefónicas recordatorios antes del vencimiento de obligaciones, entre otros.

Aduanas

La Sunat también trabaja en la facilitación del comercio exterior, con la reducción del tiempo total de liberación de mercancías en el despacho aduanero.

Para facilitar la labor de los operadores del sector y el fortalecimiento de las Pymes exportadoras, se prevé un trato especial para viajeros y turistas.

También se alistarían mejoras de la cadena logística para asegurar la custodia de la carga.


Fuente: Diario El Peruano, miércoles 12-10-2016
www.elperuano.com.pe
Exoneración, las gratifica-ciones y CTS
En días pasados se publicó el Decreto Supremo N° 012-2016-TR que precisa –entiéndase reglamenta– la Ley N° 30334, norma que exoneró de modo permanente de aportaciones y contribuciones a las gratificaciones de julio y diciembre; y dispuso la libre disposición de parte sustancial del depósito de la compensación por tiempo de servicios (CTS). En lo pertinente a las gratificaciones de Fiestas Patrias y Navidad, el decreto es una reproducción casi textual de una norma del año 2009. Mientras que, las referencias a la CTS se retoman de un decreto de urgencia del 2014.

Germán Serkovic abogado laboralista

La exoneración de las gratificaciones surge como medida excepcional en el año 2009, pensada en principio para tener una vigencia menor a los dos años. Situación semejante ocurre con la disminución del monto intangible de la CTS, de seis remuneraciones brutas a tan solo cuatro, siendo disponible el cien por ciento del exceso. Lo temporal se convirtió en permanente.

El decreto hace precisiones importantes. Se establece que la inafectación a las gratificaciones alcanza a las que perciba el trabajador sujeto a un convenio de remuneración integral, para lo cual deberá disgregarse este concepto de la alícuota mensual en la correspondiente planilla. De igual manera, queda claro que la inafectación es también aplicable a aquellos regímenes laborales especiales que tienen una forma diferente de cálculo de las gratificaciones, básicamente el de las pequeñas empresas y –debe entenderse también– al trabajo doméstico. En el régimen del agro lo enunciado es prácticamente imposible, puesto que se desconoce cuánto de la remuneración mínima agraria es resultado de las gratificaciones.

Se reglamenta la disponibilidad de la CTS, pero queda un tema de fondo. La posibilidad de su retiro de libre disposición en elevado porcentaje, pone en entredicho su finalidad de beneficio social orientado a cubrir las contingencias del cese. Privilegiar el gasto presente dirigiéndolo al consumo, en desmedro del ahorro para un porvenir incierto, es una receta poco adecuada.



Fuente: Diario El Peruano, miércoles 12-10-2016
www.elperuano.com.pe
 
COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DE AREQUIPA
Sánchez Trujillo 201 Urb. La Perla Cercado. Teléfonos: (054) 215015, 285530, 231385
Email: ccpaqp@ccpaqp.org.pe, Web site: http://www.ccpaqp.org.pe
Arequipa - Perú