Lunes 28 de Marzo del 2016
 
     
 
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Contribuyentes que percibieron rentas en extranjero también deben declararlas

Entre las rentas que deben informar las personas naturales obligadas a presentar su declaración figuran las originadas en el exterior. Así lo recuerda la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) que hoy inició el cronograma de vencimientos para la Declaración Anual del Impuesto a la Renta 2015.


El ente aduanero y tributario precisa que están obligados a presentar esta declaración las personas naturales cuya suma de rentas como profesional independiente (cuarta categoría), trabajo dependiente en planilla (quinta categoría) e ingresos obtenidos por servicios fuera del país (renta de fuente extranjera) hayan superado, en el 2015, los 25,000 soles. 

La obligación se mantiene si superan este monto sólo sus ingresos del exterior o los obtenidos en forma independiente. 

Declaración de Renta 2015
Para presentar la declaración, por Internet, las personas naturales tienen a su disposición el Formulario Virtual N° 701, que ya cuenta con una declaración pre-elaborada que incluye la información, registrada por la SUNAT, sobre las rentas nacionales y extranjeras. El contribuyente puede validar o modificar este registro con  un solo clic.

Luego de presentar la declaración, podrá efectuar el pago de los impuestos correspondientes, si los hubiera, con tarjetas de crédito o debido afiliadas a Verified by Visa. También puede solicitar la devolución de los pagos o retenciones en exceso por Internet. Estos serán atendidos en un plazo máximo de 45 días hábiles. 

Fraccionamientos
Las personas naturales que no puedan pagar la deuda tributaria que se calcule en la declaración, podrán fraccionarla inmediatamente a través de un nuevo formulario virtual, habilitado desde febrero, el mismo que está disponible en el portal de la SUNAT (www.sunat.gob.pe).

Las solicitudes que no se presenten con la Declaración de Renta tendrán que esperar cinco días hábiles para poder ser fraccionadas.

Los montos a fraccionar deberán ser superiores al 10% de la Unidad Impositiva Tributaria  (UIT), es decir 395 soles.

Para mayor información sobre la Declaración Renta 2015, los interesados pueden ingresar a SUNAT Virtual (www.sunat.gob.pe), comunicarse con la Central de Consultas a los números 0-801-12-100 (desde teléfonos fijos) y (01) 315-0730 (desde celulares) o solicitar orientación personalizada en los Centros de Servicios al Contribuyente de todo el país.


Fuente: Andina, lunes 28-03-2016
www.andina.pe
Los derechos de los trabajadores del hogar

En la edición de hoy del programa Trabajo en Acción, Ana Cecilia Torres, Asesora de la Dirección de Capacitación y Difusión Laboral del Ministerio de Trabajo, explica que un trabajador del hogar puede estar bajo la modalidad cama adentro o cama afuera.

¿Qué conceptos no se pueden considerar remuneración? ¿Qué datos debe contener la constancia de pago? ¿Tienen remuneración mínima?

Estas y otras interrogantes serán resueltas en el programa Trabajo en Acción, que forma parte de la parrilla de Gestión TV, a cargo del Ministerio de Trabajo.

Si desea mayor información, comuníquese a 0800-16872, la línea gratuita del MTPE, o visite la página del Ministerio de Trabajo.

Fuente: Diario Gestión, lunes 28-03-2016
www.gestion.pe

 
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