Lunes 14 de Marzo del 2016
 
     
 
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Mypes podrán declarar rentas 2015 por internet

Las medianas y pequeñas empresas (mypes) cuyos ingresos no hayan superado las 300 UIT el año pasado podrán presentar su Declaración de Renta 2015 por internet con el Formulario Virtual N° 702, que reemplaza al tradicional PDT que debía descargarse en una computadora, anunció la Sunat.

Dicho formato contiene una declaración preelaborada por la entidad recaudadora con información de saldos a favor, pagos a cuenta y retenciones del impuesto a la renta (IR).

De esta manera, se simplifica el proceso de declaración, puesto que el contribuyente solo deberá completar sus estados financieros, validar los datos y aprobar su envío, desde su casa, oficina o cabina pública de internet, con solo un clic, informó la Sunat.

El Formulario Virtual N° 702 constituye una herramienta sumamente fácil de utilizar para cumplir con la Declaración de Renta 2015 en la medida en que ha sido desarrollado en el contexto del nuevo paradigma institucional de la administración tributaria que, ahora, facilita el cumplimiento de las obligaciones fiscales.

Presentación

Para presentar la declaración por internet con el citado formulario se deberá ingresar a Sunat Operaciones en Línea, módulo disponible en www.sunat.gob.pe, con el Código de Usuario y Clave SOL, y ubicar el Formulario Virtual N° 702. Deberá verificarse la información disponible en dicho formato y, de ser el caso, completarla o modificarla.

Si el contribuyente tiene una deuda, podrá optar por pagar mediante débito en cuenta, usando la cuenta bancaria que previamente haya sido afiliada al servicio de pago de tributos con cargo en cuenta.

Tendrá también la opción de efectuar el respectivo pago utilizando la tarjeta de crédito o débito que haya sido afiliada, previamente, al sistema.

Si prefiere pagar la deuda tributaria en efectivo, el contribuyente tendrá la oportunidad de acceder al número de pago Sunat (NPS), que permite cancelar el importe de la deuda por pagar en los bancos habilitados

Presentada la declaración y, de ser el caso, efectuado el pago de la correspondiente deuda tributaria, la Sunat emitirá la constancia de presentación de dicho documento.

Luego de presentar su Declaración de Renta 2015 por internet, los contribuyentes podrán solicitar la devolución de los impuestos pagados en forma indebida o en exceso.

Devolución

Para solicitar la devolución de los impuestos por pagos indebidos o en exceso se deberá utilizar el Formulario Virtual N° 4919. El contribuyente, además, no deberá tener ninguna solicitud de devolución correspondiente al año 2015, ni saldo a favor del IR pendiente de atención, o en su caso, no deberá haber sido notificado con una resolución que declare improcedente, procedente o procedente en parte alguna de las solicitudes mencionadas. Quienes no soliciten la devolución del saldo a favor tras presentar su Declaración de Renta 2015, podrán hacerlo presentando el Formulario N° 4949 (físico).

Fuente: Diario El Peruano, lunes 14-03-2016
www.elperuano.pe
Editorial: Nace una estrella (virtual)

“Se espera terminar el año con 240,000 afiliados y que más intermediarios financieros se sumen a los nueve que ya forman parte del esquema”.

BILLETERA ELECTRÓNICA. Con algo de retraso –su alumbramiento estaba originalmente previsto para mediados del año pasado– la billetera móvil ya está disponible y ahora solo bastará con tener un teléfono celular para realizar transacciones que antes requerían transportar dinero en efectivo. La simpleza de su funcionamiento será una pieza clave para su masificación, considerando que uno de sus objetivos es la inclusión financiera, en especial en el ámbito rural, donde la penetración de los servicios bancarios es muy limitada.

Es por ello que la labor de difusión del esquema –que opera bajo la marca Bim– tiene que incluir más canales de comunicación que Internet u otros medios que son de fácil acceso para la población urbana. El otro público objetivo, los jóvenes, quizás tenga menos problemas para familiarizarse rápidamente con Bim y es muy probable que lo convierta en parte esencial de su vida cotidiana –junto con tomarse selfies y tuitear–. Claro que solo podrán ser titulares de una “cuenta virtual” los mayores de 18 años.
Por ahora, solo pueden realizarse cuatro operaciones: cargar dinero, enviar o recibir transferencias, recargar el celular y realizar pagos a un centro de estudios (Tecsup). Para el segundo semestre se prevé agregar otras funciones, como pagos de servicios y a proveedores, y hasta recargar las tarjetas del Metro y el Metropolitano. También se espera terminar el año con 240,000 afiliados (hoy son 70,000), y que más intermediarios financieros se sumen a los nueve que ya forman parte del esquema, lo mismo que la única operadora de telefonía móvil que aún no dispone de la tecnología para ofrecérsela a sus usuarios.

Un inconveniente de Bim es que solo permite transacciones en soles, en tanto que los límites mensuales, como, por ejemplo, el techo de S/ 4,000 para el total de operaciones, quizás tengan que revisarse cuando se agreguen nuevas funciones. También habrá que poner mucha atención a la seguridad. Si bien el riesgo de asaltos se ha reducido, pues las transacciones solo pueden hacerse entre afiliados al esquema, no se puede soslayar la amenaza de la cada vez más sofisticada piratería virtual.

Fuente: Diario Gestión, lunes 14-03-2016
www.gestion.pe

 
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