Martes 16 de Febrero del 2016
 
     
 
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Aumenta la recaudación del IGV por importaciones

Detalló que este resultado se basó en los mayores pagos efectuados por concepto de IGV por importaciones de combustible, rubro que presentó un aumento de 91.3%. No obstante, la recaudación proveniente del resto de importaciones (sin considerar combustibles) registró una disminución real de 1.5%.

Precisó que la recaudación del IGV Total alcanzó los 5,006 millones de soles, lo que representó una disminución real de 3.5%. Este descenso se debió a la menor recaudación del IGV interno que ascendió a 3,194 millones (-7.5%).

Caída

Por otro lado, precisó que la recaudación por concepto de impuesto a la renta (IR) ascendió a 3,538 millones de soles, lo cual representó una caída de 8.2%. Ello se debe a la caída en la recaudación del IR de tercera categoría (-154 millones de soles) y por menores retenciones del IR de Quinta Categoría (-55 millones de soles), lo que fue atenuado por el mayor pago del IR de No Domiciliados.

En el caso de los pagos a cuenta del IR de la tercera categoría, la reducción fue de 11.7% (-154 millones de soles) debido a los menores pagos de las empresas que pertenecen a los sectores minería (-33.8%) e hidrocarburos (-54.2%).La Sunat agregó que los menores pagos del sector de minería e hidrocarburos se explican, principalmente, por los menores precios del cobre (-28%), oro (-11%) y gas natural (-44%), registrados en diciembre de 2015. 

En tanto, la recaudación por concepto de retenciones del IR de Quinta Categoría disminuyó 10.5% (-55 millones de soles) debido a los cambios en la escala progresiva acumulativa aplicable a las rentas del trabajo. El ente recaudador detalló que la menor recaudación del IR se debe a las bajas cotizaciones de nuestros principales productos de exportación tales como el oro, cobre y gas; así como la reducción en las tasas del impuesto a la renta tanto empresarial como del trabajo.Por otro lado, informó que los ingresos tributarios del Gobierno central sumaron 8,384 millones de soles, monto inferior en 76 millones en comparación con lo registrado en similar mes del año pasado (-5.3%.)


Precisó que la recaudación bruta (antes de devoluciones), proveniente de los tributos por operaciones internas, ascendió a 7,472 millones de soles, cifra que representó una reducción de 214 millones (-7.1%).


cifra 10.1%


aumentó la recaudación del ISC, que en enero ascendió a 582 millones de soles. 

Fuente: Diario El Peruano, martes 16-02-2016
www.elperuano.pe

El mínimo vital sirve para actualizar créditos laborales

La remuneración mínima vital (RMV) puede ser utilizada como factor de actualización de los créditos laborales pendientes de pago a favor de los trabajadores cuando estén expresados en moneda que haya perdido sustancialmente su capacidad adquisitiva por una devaluación significativa.

Este constituye el principal criterio jurisprudencial contenido en la sentencia correspondiente a la Casación N° 3153-2007 Lima emitida por la Primera Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema a través de la cual se declaró fundado dicho recurso interpuesto en el marco de un proceso de pago de beneficios económicos.

Fundamento 

El artículo 1236 del Código Civil establece que cuando debe restituirse el valor de una prestación, aquel se calcula al que tenga al día del pago, salvo disposición legal diferente o pacto en contrario.

A criterio del supremo tribunal, esta norma está orientada a fijar un mecanismo para evitar el perjuicio que podría ocasionar la devaluación de la moneda con el transcurso del tiempo.

Por ende, el colegiado acoge en forma expresa la posición asumida por el jurista Max Arias-Schereiber quien sostiene que en dicho artículo esta la respuesta a la angustiosa e injusta situación que surge como consecuencia de la devaluación monetaria y que la regla valorista que contiene es aplicable a toda problemática de la inejecución de obligaciones.

Máxime si consideramos que los créditos laborales al tener el carácter alimentario no son simples deudas de valor que el Derecho Civil se ha encargado de desarrollar a través de sus teorías (nominalista y valorista) sino que constituyen una contraprestación otorgada al trabajador por la prestación de sus servicios, detalló la citada sala.

Así, considera que dada la particularidad de esos créditos laborales, su pago en cualquier tiempo y modalidad debe lograr que se cumpla la finalidad para la que está destinada, es decir el bienestar material del trabajador y su familia.

En consecuencia, el supremo tribunal concluye que si el adeudo laboral se ha visto afectado por la depreciación monetaria al sufrir una devaluación significativa, amerita actualizar su valor el cual deberá efectuarse tomando en cuenta la RMV vigente a la fecha en que se generó la obligación de pago de esta deuda y la que debería corresponder al día de pago. 

Pauta judicial

La mencionada sala suprema toma en cuenta que el Tribunal Constitucional (TC) no ha establecido mandato respecto a la manera específica en que debe realizarse la actualización de una deuda en materia laboral. 

Considera también que en múltiples ejecutorias de salas laborales superiores y en el Pleno Jurisdiccional Nacional Laboral de 1997 se especifica que el juez podrá actualizar los créditos laborales, cuando estén expresados en un signo monetario que haya perdido sustancialmente su capacidad adquisitiva por efecto de una devaluación significativa, en tanto se encuentren pendientes de pago antes de la conclusión del proceso, utilizando como factor de actualización la RMV o concepto que la sustituya.

Así se eleva a rango de pauta jurisprudencial suprema ese lineamiento fijado por los jueces de menor jerarquía.

Implicancias

En virtud al fallo, si un empleador tiene una deuda laboral pendiente por pagar, ante la devaluación de la moneda en que se calculó esa deuda se deberá usar la RMV para actualizar el monto adeudado.

A criterio del laboralista César Puntriano, cuando el juez ordena pagar una deuda laboral, esta tiene que cumplir la finalidad de cubrir las necesidades del trabajador. Por ende, dijo que tiene sentido utilizar la RMV como parámetro



Fuente: Diario El Peruano, martes 16-02-2016
www.elperuano.pe
 
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