Martes 12 de Enero del 2016
 
     
 
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Castigan el uso del beneficio indebido por facturas falsas

Cuatro años de prisión efectiva a dos empresarios por autores del delito de defraudación tributaria en agravio del Estado impuso recientemente la Sala Penal Superior de la Corte de Tacna, lo cual representa el primer precedente relevante en la lucha contra la defraudación fiscal en este año

La judicatura, en este contexto, dispuso también el pago de una reparación civil de

1’341,673 soles.

Según esta decisión, los contribuyentes sentenciados usaron una modalidad conocida como la obtención indebida de crédito fiscal con facturas falsas, situación que fue detectada y denunciada por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de la Administración Tributaria durante sus acciones de control mediante auditorías.El ente recaudador, de esta manera, detectó que los empresarios utilizaron facturas falsas para disminuir el pago de las obligaciones tributarias correspondientes al impuesto general a las ventas (IGV) e impuesto a la renta (IR), beneficiándose ilícitamente con un crédito fiscal por actividades comerciales inexistentes (que nunca realizaron).Ante dichas evidencias, los funcionarios del ente fiscal comunicaron al Ministerio Público los hechos delictivos detectados en las declaraciones y pagos de los períodos tributarios de los años 1999, 2000 y 2001. Es así que con los abundantes elementos probatorios obtenidos durante el procedimiento de fiscalización tributaria, así como en el proceso judicial, los sentenciados reconocieron su participación activa en los hechos delictivos.La Sala Penal Superior sustentó la pena debido a que los sentenciados, además, implementaron una red de agentes (mafia), que fue su cómplice para omitir sus obligaciones tributarias durante tres años. 

El monto de dinero defraudado y/o dejado de pagar al fisco asciende a 1’300,000 soles, incluidos los intereses moratorios.La administración tributaria, de este modo, informó que continuará con sus labores de control mediante cruces de información y verificación pertinentes para combatir la defraudación fiscal.

Por ello, advirtió a los obligados evitar toda práctica de compraventa de facturas, ya sea que se realice por internet, por personas e imprentas inescrupulosas o por cualquier otro medio. “Su efecto fiscal es nulo y puede significar una pena de cárcel de 12 años”, dijo.

Fuente: Diario El Peruano, martes 12-01-2016
www.elperuano.pe

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