Jueves 07 de Abril del 2016
 
     
 
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CCL saluda inconstitucionalidad de obligación de auditar y publicar estados financieros

 La Cámara de Comercio de Lima (CCL), saludó la reciente sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que declara la inconstitucionalidad del artículo 5 de la Ley 29720, norma que obligaba a las empresas que no cotizan en Bolsa a auditar sus estados financieros y a publicarlos en el portal de la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV).


El presidente de la CCL, Jorge von Wedemeyer recordó que esta demanda fue interpuesta por más de 5,000 pequeñas empresas formales por lo que la Cámara de Comercio de Lima, la Sociedad Nacional de Industrias (SNI) y la Asociación de Exportadores (ADEX).

"Ahí advertimos al TC sobre la cuestionada disposición legal, ya que no solo era inconstitucional sino que además hubiera generado sobrecostos anuales injustificados, distorsionando el mercado y afectando la competitividad de las pequeñas empresas que no cotizan en Bolsa", manifestó.

La sentencia N°00009-2014-PI/TC, publicada el 5 de abril en el portal del TC y que se difundirán en las normas legales, dejará sin efecto en su totalidad el artículo 5 de la Ley 29720. 
 
En su oportunidad, la CCL argumentó que la norma acotada debía ser derogada, por cuanto colisiona con el derecho a la información reservada y confidencial (secreto bancario y reserva tributaria), que la Constitución garantiza a las empresas, a sus accionistas y directores.
 
Las razones expuestas por la CCL, y que sustentaron la derogatoria del artículo 5 de la Ley 29720, son las siguientes:
 
Conforme a la Ley General de Sociedades, la auditoría externa de los estados financieros solo es obligatoria para las sociedades anónimas abiertas (SAA), por cuanto involucran a cientos de accionistas minoritarios que no administran directamente estas empresas.

Para las demás empresas (S.A., SAC, SRL, EIRL) la auditoría externa es facultativa, de acuerdo a su estatuto o a requerimiento de los accionistas, directores, bancos y clientes.

La obligación de presentar estados financieros auditados (auditoría  externa) solo debe aplicarse  a las empresas que están supervisadas por la SMV – (antes Conasev), esto es, a las empresas  cuyas operaciones se cotizan en Bolsa.
Al disponer que los estados financieros sean de acceso al público (en el portal de la SMV), se hubiera atentado contra la información reservada y confidencial de las empresas, accionistas y directivos que están protegidos por la Constitución Política.

Divulgar la información reservada de las empresas y sus accionistas puede ser caldo de cultivo para promover actos delictivos, asaltos y secuestros en perjuicio de los socios, directivos y funcionarios de las empresas.

La obligación de presentar estados financieros auditados hubiera generado sobrecostos anuales a más de 5,000 empresas involucradas, porque hubieran tenido que desembolsar entre 5,000 a 20,000 dólares anuales para cumplir con esta obligación.

La SMV no tiene facultad, ni capacidad para fiscalizar tributos. Esta obligación corresponde a la entidad especializada que es la SUNAT.

La mera información financiera de las empresas no garantiza conocer cuánto es lo recaudado en tributos y, por ende, no es cierto que con esta información se hubiera constatado si es correcto lo que se asigna a los gobiernos regionales y locales, pues existen otros métodos y no necesariamente se puede hacer a través de los estados financieros.

La auditoría externa de estados financieros de empresas que no cotizan en Bolsa debe ser potestad de las empresas y sus accionistas, y no impuesta compulsivamente por la ley.

El artículo 5º de la Ley 29720, tal como dictaminó el TC, carece de finalidad y sustento técnico, y fue incluido sin ser materia de promoción de las emisiones de valores, ni del  fortalecimiento del mercado de capitales.

El cuestionado  artículo 5º de la Ley 29720 hubiera propiciado  acciones especulativas  internas y externas, que habrían distorsionado el mercado, al hacer de conocimiento público la información reservada y confidencial de las empresas, así como sus accionistas y directivos.

Fuente: Diario Andina, jueves 07-04-2016
www.andina.pe
El gas natural, el gasoducto al sur y las tarifas eléctricas en debate

Anthony Laub Socio de Laub & Quijandría
Cuestionar la viabilidad del proyecto del Gasoducto Sur Peruano (GSP) está fuera del debate. Ni un candidato ha deslizado la posibilidad de paralizar su ejecución, pero se debe ver si puede funcionar como un proyecto integral, no solo por la conexión que tenga con las centrales térmicas en el sur, sino también las posibilidades para una industria petroquímica o un módulo (tren) de exportación de GNL.

Su fortaleza es que se descentraliza la generación fuera de Lima y se lleva al sur. Además, significa tener un insumo barato que permitiría algún grado de industrialización en el sur. Su debilidad es que el proceso de adjudicación fue cuestionado.

El riesgo es que no contamos, hasta la fecha, ni con los que tomarán el gas al final del GSP, ni con el gas que va a ser inyectado en el ducto. Hasta hoy solo hay reservado 1 TCFpor D.S. del Gobierno anterior, y esa es toda la garantía con que se cuenta. Se sabe que en la cuenca de Camisea hay 40TCF, y en diez años de ejecución de Camisea no se ha consumido ni 2 TCF de los 14 TCF probados. Hay que verificar que el proyecto se maneje de forma transparente y correcta, y si no, ver la forma de recomponer aquello que le hace daño al proyecto y ver como lo sacamos adelante.

Anthony Laub Socio de Laub & Quijandría
Diez años después del inicio de la operación de Camisea, hoy nos falta capacidad de transporte de gas, los industriales se quejan de que no hay gas. Pero las condiciones que se dieron para Camisea no se han dado para el GSP. Camisea se enfocó como un proyecto integral, con oferta, ducto y demanda, aunque fue inicial, y eso, para el GSP no existe. El congresista Juan Pari dice que este proyecto es un elefante blanco, porque no tiene oferta y le falta demanda. Tiene razón, el problema es que no está concebido como proyecto integral y ese es uno de sus principales defectos. Por eso, propongo que haya una autoridad gubernamental, jefe del proyecto, que convoque a los diferentes sectores económicos y privados, a gobiernos regionales, para concebirlo como un proyecto que tenga oferta. Y tendrá que tener gas del lote 58; el del 88 no alcanza para todo (el consumo estimado).

Los 450 millones de pies cúbicos diarios) son una fracción de lo que se debe consumir, si consideramos además del nodo energético del sur y minas, la petroquímica y exportarGNL, pero no a México o EE.UU. sino al Asia. De lo que conversé, estos dos últimos van, hay actores dispuestos a tenerlo. Creo que se debe buscar una solución, ante la importancia del proyecto.

  • Carlos Paredes Director de Intelfin*
    Antes de decir si conviene parar o abortar un proceso, es importante analizar si la idea es buena desde el punto de vista económico. En el 2012 dije por qué esto era una mala idea, y desde entonces a ahora, no ha cambiado nada que lo haga una buena idea. Lo único que apareció son mayores problemas en términos de aparente falta de transparencia, y ‘Lava Jato’.

En lo económico, no hay oferta y demanda, pero nos va a costar US$ 4,500 millones, y el Perú no está para botar esa cifra. Hay que ver si el conseguir o no el financiamiento, es algo bueno o no para el país. Si se sigue el proyecto, hay que asegurar que tenga grandes demandantes de gas y pensar una gran estrategia de desarrollo.

Fuente: Diario Gestión, jueves 07-04-2016
www.gestion.pe

 
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