Miércoles 17 de Junio del 2014
 
     
 
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Facilitan registro en casos de sucesiones

Las declaratorias de herederos o sucesiones intestadas, así como las transferencias de dominio respecto de los predios de propiedad de las personas fallecidas podrán inscribirse con mayor seguridad, celeridad y a menores costos en los registros públicos.

Así, cuando un usuario de los servicios registrales solicite la anotación de la sucesión intestada de una persona y esta tuviera bienes registrados a su nombre en el registro de predios de la oficina en la que debe inscribirse la declaratoria de herederos, podrá también demandar la inscripción de la transferencia de titularidad dominial de esos inmuebles en favor de los sucesores.

Por tanto, bastará con que se consigne en el formato de solicitud de inscripción el número de la partida o partidas correspondientes a los referidos predios para así realizar todo en un único trámite.

Calificación

Además, cuando se solicite la inscripción de la transferencia de propiedad por sucesión intestada y la declaratoria de herederos no esté inscrita en el registro de sucesiones, el anotador del registro de predios podrá efectuar la calificación e inscripción de ambos actos.

  Estos nuevos lineamientos administrativos fueron adoptados por la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) mediante la aprobación de la Directiva N° 06-2015-SUNARP/SN que regula en sede registral el trámite simplificado de inscripción de la sucesión intestada y de la transferencia de dominio operada en los predios de propiedad del causante.

Para garantizar la operatividad de dicho trámite, de acuerdo con la directiva, aprobada por Resolución N° 166-2015-SUNARP-SN, los jefes de las zonas registrales podrán disponer que la calificación y la inscripción de las sucesiones intestadas y transferencia subsecuente sean realizadas por una o más secciones especiales.

La administración registral, de este modo, busca brindar un servicio de calidad con la reducción del proceso y la mejora de los tiempos de atención a los usuarios.

Situaciones especiales

Si una solicitud de transferencia de dominio por sucesión se deriva ante el Registro de Sucesiones Intestadas, cuando ya estuviera inscrita la respectiva sucesión, se hará el pase al Registro de Predios, previo bloqueo de las partidas correspondientes.

Sin embargo, si la sucesión se encontrara inscrita en una oficina distinta a la competente, no será exigible una nueva inscripción en el Registro de Sucesiones Intestadas a efectos de inscribir la transferencia.

Creció demanda de peruanos por créditos hipotecarios en primer trimestre

La cartera de créditos hipotecarios de los bancos mantiene una clara tendencia creciente y llegó a más de 34,000 millones de soles al cierre de marzo del 2015, superior en once por ciento respecto a similar mes del 2014, informó la Asociación de Bancos (Asbanc).


Sin duda alguna la adquisición de una vivienda implica un horizonte de financiamiento de largo plazo y la asignación de una parte importante del ingreso familiar. 

En ese escenario, el crédito hipotecario se constituye como el principal instrumento financiero que completa el mecanismo necesario para el funcionamiento y expansión del mercado inmobiliario en el país. 

Las hipotecas al cierre de marzo fueron impulsadas, principalmente, por el dinamismo de la demanda habitacional por parte de las familias de los distintos estratos socio económicos y la diversificación de la oferta destinada a atender este segmento del mercado. 

Mayor participación
Lo anterior ha llevado a que, dentro del total de los créditos de la banca, la participación de los préstamos hipotecarios haya aumentado, al pasar de diez por ciento en el 2002 a 14 por ciento en el 2005, y a 17 por ciento a marzo del 2015. 

Asimismo, el porcentaje de marzo representa el 96 por ciento del total de préstamos para vivienda que concede el sistema financiero en su conjunto, entre bancos, financieras, cajas municipales y cajas rurales, lo que refleja la importancia de la industria 

Ahora, a pesar del comportamiento positivo descrito líneas arriba, la profundidad financiera de los créditos para vivienda en el Perú (créditos hipotecarios con relación al PBI) llega sólo a cinco por ciento, ubicándose por debajo del ratio que muestran otros países de América Latina.

Profundidad financiera 
Por ejemplo, esta índice de profundidad financiera es de alrededor de 20 por ciento en Chile, diez por ciento en México y siete por ciento en Colombia, lo que nos confiere un amplio margen de crecimiento. 

Otro punto a resaltar es la mayor participación que tienen los créditos hipotecarios en moneda nacional (67 por ciento), a diferencia de años anteriores.

Por ejemplo, en el 2002 ese porcentaje era cercano al 96 por ciento, lo que reduce el riesgo cambiario que asumen las familias que toman deudas en la moneda en la que no tienen sus ingresos. 

Igualmente, cabe destacar que el aumento de este tipo de financiamiento se ha dado manteniendo una elevada calidad de la cartera de créditos, con bajos niveles de morosidad de alrededor de 1.5 por ciento.

Ello como consecuencia de las adecuadas políticas de otorgamiento y seguimiento de los préstamos. Incluso, observando un menor porcentaje con relación a otros países como México con 3.9 por ciento, Colombia 3.7 por ciento y Chile 3.1 por ciento. 

Menores tasas 
Finalmente, la fuerte competencia y eficiencia en el sistema bancario, así como los robustos fundamentos de nuestra economía y por ende las adecuadas condiciones de acceso a fondeo, ha llevado a la disminución de las tasas de interés promedio.

Ahora muestran los niveles más bajos desde que se tiene información, de 8.3 por ciento en moneda nacional y 7.4 por ciento en moneda extranjera al 15 de junio del 2015, menores a las que se registraban en el 2004 por ejemplo, de 13.5 y diez por ciento, respectivamente.

De esta manera, es la tasa de interés promedio en soles la que muestra la mayor contracción en dicho período. 
Fuente: Andina, miércoles 17-06-2015
www.andina.pe
 
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