Miércoles 10 de Junio del 2014
 
     
 
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El 45% de los peruanos no ahorró en últimos 12 meses

Alrededor de la mitad de los peruanos admitió no haber ahorrado activamente en los últimos 12 meses y, entre quienes sí lo hacen, un 26% confirmó que la forma más común consistió en conservar el dinero en el hogar, por lo que la modalidad del autoahorro sigue ganando adeptos entre la población, reveló la Encuesta de medición de capacidades financieras en los países andinos: Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú,elaborada por el Banco de Desarrollo de América Latina (CAF).

El estudio destacó que la tendencia de no ahorrar de los peruanos (45%) es la más alta de la región, seguido de los ecuatorianos (41%), colombianos (39%) y bolivianos (26%).

Por otra parte, el 7% de los pobladores del Perú dijo haber depositado con frecuencia en una cuenta de ahorros, frente al 18% de los encuestados en Bolivia, 13% de Ecuador y 6% de Colombia.

Los más conocidos

Por otro lado, el informe del CAF precisó que los seguros de salud son los productos financieros más conocidos en el Perú.

Excepto por el Seguro Integral de Salud (80%), el Seguro Social de Salud Essalud (78%) y las cuentas de ahorro (72%), todos los demás productos evaluados registran una baja recordación en el ámbito urbano.

De ello, se desagrega que los productos financieros con mayor penetración en el mercado peruano son el SIS (27%), cuenta de ahorro (19%), Essalud (17%), tarjeta de crédito (12%), préstamo personal o de consumo (10%), cuenta corriente (6%), Administradoras de Fondo de Pensiones (AFP) con 5% y el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (Soat), también con 5%.

Modalidades

La especialista sénior de políticas públicas y competitividad del CAF, Diana Mejía, sostuvo que el 26% de los peruanos ahorra en el hogar; el 9% lo hace en juntas; el 7% deposita dinero en una cuenta de ahorros, mientras que el 5% ahorra de otra manera (como compra de propiedades) y solo el 5% deposita dinero en una cuenta o depósito a plazo fijo.

Sobretiempos obligatorios Parte I

Germán Serkovic Abogado laboralista

El trabajo en sobretiempo es voluntario, tanto en su otorgamiento como en su prestación.

Sin embargo, la ley considera que las horas extras pueden ser justificadamente obligatorias cuando la labor resulte indispensable a consecuencia de un hecho fortuito o por fuerza mayor, si se pone en peligro inminente a las personas, los bienes del centro de trabajo o la continuidad de las actividades productivas.

En principio, nos encontramos –en apariencia– ante una contradicción de términos. Las horas extras son, por esencia, resultado de la voluntad de las partes. Decíamos que el problema es más aparente que real, y surge del inapropiado uso de las palabras, estamos ante una extensión extraordinaria de la jornada diaria.

Las horas extras resultantes de un acuerdo deben laborarse, no hacerlo es una falta. De igual modo, si ante circunstancias excepcionales el empleador dispone unilateralmente la necesidad de trabajos fuera de la jornada, deben cumplirse; caso contrario, el trabajador incurre en infracción. Esa es la naturaleza de la obligatoriedad.

Hay trabajo obligatorio cuando se usa la coerción física para forzar al trabajador que ejecute determinada labor.

No es el caso de los sobretiempos mal llamados obligatorios, el trabajador bien puede retirarse de la empresa vencida su jornada, y el incumplimiento de la pretendida obligatoriedad del sobretiempo a lo más traerá como consecuencia una sanción disciplinaria.

Hay cierta lógica en la prescripción legal, ante una circunstancia grave, un terremoto para usar un ejemplo de hecho fortuito o acto de Dios, es dable que se pueda extender la jornada de los trabajadores para remover los escombros y reanudar el funcionamiento de la empresa. Sucede de similar modo si como consecuencia de actos generalizados de pillaje, ejemplo de fuerza mayor o acto del Príncipe, se pide a los trabajadores que permanezcan al interior de la empresa para proteger sus instalaciones.

Obviamente, el trabajo adicional se remunera con las sobretasas legales correspondientes.

Fuente: Diario El Peruano, miércoles 10-06-2015
www.elperuano.pe
 
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