Viernes 27 de Febrero del 2014
 
     
 
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Fondos administrados por AFP caen ligeramente luego de cinco semanas al alza

La cartera de fondos previsionales a cargo de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) alcanzó los S/. 118,874 millones al 20 de febrero del 2015, de los cuales S/. 117,804 millones corresponden al fondo de pensiones y S/. 1,070 millones al encaje legal.

El monto administrado por las AFP cayó ligeramente al 20 de febrero, luego de cinco semanas consecutivas al alza, afectado por la cartera administrada en el fondo 2, que retrocedió 0.1%, mientras que el fondo 1 subió ligeramente y el 3 aumentó 0.2%, reportó la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS ).

La cartera administrada al 13 de febrero, fue de S/. 118,886 millones, según el Boletín Semanal del Sistema Privado de Pensiones (SPP) de la SBS.

Un total de S/. 14,649 millones de la cartera se encuentran en el fondo Tipo 1, hay S/. 81,627 millones en el fondo Tipo 2 y los restantes S/. 22,598 millones están en el fondo Tipo 3.

Solo las inversiones locales de las AFP fueron de S/. 69,157 millones, lo que equivale al 58.2% de la cartera administrada.

Por su parte, las inversiones en el exterior cerraron en S/. 49,241 millones, lo que representa el 41.4% del total de la cartera.

La participación de los principales instrumentos de inversión en la cartera administrada está liderada por los fondos mutuos en el exterior con el 36.2%.

Luego están los bonos del gobierno central (17.2%), acciones y valores representativos sobre acciones de empresas locales (11%), certificados y depósitos a plazo (6.9%), bonos de empresas no financieras (5.9%) y bonos de titulación (4.2%).

Por otro lado, la SBS informó que en la semana del 16 al 22 de febrero del 2015 aumentó a 7,534 el flujo de nuevos afiliados al SPP, lo que equivale a 346 personas más que el flujo obtenido en la semana previa.

Con ello, el total de afiliados SPP al 22 de febrero alcanzó los cinco millones 765,320 personas, en tanto que al 15 de febrero se registraron cinco millones 758,361 personas.

En la última semana el flujo de afiliados independientes fue de 137 siendo la participación de este grupo dentro del flujo de nuevos afiliados de 1.8%, mientras que los trabajadores dependientes afiliados sumaron 7,397.

Fuente: Diario Gestión, viernes 27-02-2015
www.andina.pe
¿Cuánto pagarías de multa si no presentas tu Declaración Jurada del Impuesto a la Renta?

Según Katarzyna Dunin – Borkowski del Estudio Bafur, las multa podría reducirse hasta en 90% en caso se presente la DJ antes que la Sunat notifique al contribuyente que ha cometido una falta.

Estamos cada vez más cerca del 24 de marzo, fecha en la que se iniciará la presentación de la Declaración Jurada (DJ) del Impuesto a la Renta 2014 para las personas que no generen rentas empresariales, y quienes no cumplan con esta obligación deberán pagar una multa ascendente a S/. 1,925.

“La sanción es equivalente al 50% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) y en este caso la UIT del 2015 asciende a S/. 3,850 y el 50% de ese monto sería la multa que la Sunat te aplicaría en caso no presentes la DJ dentro de los plazos establecidos”, indicó Katarzyna Dunin – Borkowski, Directora de la División Tributaria del Estudio Barrios & Fuentes Abogados (Bafur).

Recordó que los plazos para presentar la DJ van desde el 24 de marzo hasta el 9 de abril, y está en función del último dígito del RUC de cada contribuyente.

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Sin embargo, manifestó que la multa podría reducirse hasta en un 90% en caso el contribuyente decida presentar su DJ antes que la Sunat notifique a la persona que ha cometido una infracción.

“Si presentas la DJ luego de recibir la notificación de la Sunat, entonces la entidad tributaria te da un plazo, y dentro de ese plazo si tú regularizas y presentas tu DJ entonces tendrás una rebaja del 60%”, señaló.

La especialista recomendó a los contribuyentes a ser más cuidadosos en la información que consignen en la DJ que presentarán a la Sunat, lo cual resulta importante ya que es el documento que sustentará los ingresos y adquisiciones que tuvo el año pasado.

“Las personas naturales debemos tener una consistencia en nuestros ingresos y en nuestros gastos, y si no existiera eso la Sunat puede convocarnos a una reunión y preguntarnos por qué hay una diferencia”, advirtió.

Agregó que si el contribuyente no sustenta adecuadamente cualquier diferencia entre sus ingresos y gastos, la Sunat podría iniciar auditorías contra esa persona y así determinar que existe un incremento patrimonial no justificado.

“Por eso es importante que la información que vayamos a incluir en la DJ anual sea precisa y no contenga errores”, subrayó.

 


Fuente: Diario Gestión, viernes 27-02-2015
www.gestion.pe
 
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