Miércoles 25 de Febrero del 2014
 
     
 
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Ghezzi: Incentivo tributario duplicará inversión al 2016 en innovación tecnológica

El titular del Ministerio de la Producción (Produce), Piero Ghezzi, afirmó hoy que el incentivo tributario recientemente aprobado para la innovación tecnológica permitirá duplicar el nivel de inversión en investigación científica al finalizar el Gobierno.


Señaló que hoy en día en el Perú se invierte 0.12 por ciento del Producto Bruto Interno (PBI) en innovación tecnológica y se espera llegar a julio del 2016 con 0.24 por ciento.

"Este nivel de 0.12 por ciento del PBI debería ser el doble cuando culmine el gobierno el próximo año y debería llegar al bicentenario (2021) a uno por ciento, nivel más cercano al promedio de la región (1.75 por ciento)", manifestó en entrevista a la agencia Andina.

Cabe indicar que en la víspera la Comisión Permanente del Congreso aprobó por unanimidad el proyecto de Ley del Poder Ejecutivo que promueve la innovación, la investigación científica y el desarrollo tecnológico en el país, en el marco del Plan Nacional de Diversificación Productiva (PNDP).

Conforme al proyecto, las empresas podrán deducir del Impuesto a la Renta (IR) hasta en 175 por ciento sus gastos en proyectos de investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación tecnológica.

Antes, sólo se reconocía a las empresas el 100 por ciento de lo invertido en los proyectos, como cualquier otro gasto.

"El 100 por ciento resultaba insuficiente al punto que con este nivel de deducción sólo una empresa solicitó la aprobación de su proyecto ante el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (Concytec)", indicó el ministro.

Aclaró que si bien la ley aprobada recién tendría afectación en el IR del 2016, los gastos en investigación e innovación realizados este año también podrían ser deducibles, bajo ciertas condiciones.

Asimismo, subrayó que los proyectos de innovación serán analizados bajo el Manual de Frascati, el cual es un referente actualizado de definiciones básicas y de las actividades de investigación y desarrollo aceptadas por científicos de todo el mundo.

"No se va a llamar innovar al simple hecho de comprar un computadora. La innovación va más allá. Es la herramienta que permite a los trabajadores ser más productivos y por consecuente elevar la productividad de la empresa, que es lo que importa en un largo plazo", anotó.

Registro de innovadoras
De igual modo, adelantó que la ley aprobada permitirá crear un registro de empresas innovadoras, lista con la que el Perú no cuenta a diferencia de sus pares de la región.
Fuente:Andina, jueves 26-02-2015
www.andina.pe
Aumentan incentivo tributario para inversión en ciencia, tecnología e innovación tecnológica

La propuesta aprobada por el Congreso aumenta el incentivo tributario a través del Impuesto a la Renta. En la actualidad, las empresas que invertían en I+D+i, podían deducir estos gastos hasta un 100% para el cálculo del IR.

El Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (Concytec) informó hoy que el Congreso de la República aprobó una iniciativa legislativa propuesta por el Ejecutivo con el fin de promover que las empresas inviertan en investigación científica, desarrollo einnovación tecnológica (I+D+i).

La propuesta aumenta el incentivo tributario a través del Impuesto a la Renta (IR). En la actualidad, las empresas que invertían en I+D+i, podían deducir estos gastos hasta un 100% para el cálculo del IR.

La propuesta aprobada permite aumentar este nivel a 175% en el caso de los proyectos sean desarrollados directamente por el contribuyente o mediante centros de investigación científica, de desarrollo tecnológico o de innovación tecnológica domiciliados en el país; y 150% si es que se trabaja con centros de i+d+i extranjeros.

Esto significa que todos los gastos en estas actividades se multiplicarán por el factor 1.75 o 1.5, respectivamente, disminuyendo aún más la base imponible.

“Esta medida significa que, de manera decidida, el Estado financiará una parte importante de los gastos en investigación y desarrollo, una inversión que tiene una alta rentabilidad social”, anotó la presidente de Concytec, Gisella Orjeda.

Resaltó que el contribuyente tendrá derecho a la deducción adicional de 75% o 50% si cumple con los siguientes requisitos:

  • Los proyectos de investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación tecnológica deben ser calificados como tales.
  • El proyecto debe ser realizado directamente por el contribuyente o mediante centros de investigación científica, de desarrollo tecnológico o de innovación tecnológica.
  • Asimismo, deben contar con investigadores o especialistas, según corresponda, que estén inscritos en el Directorio Nacional de Investigadores e Innovadores (DINA) que gestiona elCONCYTEC, así como con materiales dedicados al proyecto, que cumplan los requisitos mínimos que establezca el Reglamento.
  • Los contribuyentes que accedan a este beneficio tributario deberán llevar cuentas de control por cada proyecto, las que deberán estar debidamente sustentadas.
  • El resultado del proyecto de desarrollo tecnológico o innovación tecnológica debe ser registrado en el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual-INDECOPI, de corresponder.
  • La deducción adicional del 75% y 50% no podrá exceder en cada caso del límite anual de mil trescientos treinta y cinco Unidades Impositivas Tributarias (1335 UIT).
  • La calificación del proyecto debe efectuarse en un plazo de 30 días hábiles.

Es de mencionar que el primer proyecto de I+D+i presentado al Concytec fue calificado en 27 días, es decir, en un plazo menor al previsto por esta nueva norma.

Finalmente, Orjeda señaló que en Concytec se trabaja para que las empresas peruanas, de la mano con la ciencia, tecnología e innovación tecnológica, sean más competitivas, productivas y diversificadas.


Fuente: Diario Gestión, jueves 26-02-2015
www.gestion.pe
 
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