Lunes 16 de Febrero del 2014
 
     
 
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Jueces evitarán transferencia indebida de bienes a terceros

Los jueces podrán disponer en tiempo real el bloqueo de los títulos de bienes o propiedades inscritas en los Registros Públicos, que son materia de los procesos judiciales por pérdida de dominio, para evitar transferencias indebidas de esos muebles o inmuebles a terceras personas.

Con ese propósito, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ) aprobó un proyecto presentado por el Equipo técnico institucional de implementación del nuevo Código Procesal Penal (Eti-Penal), para la suscripción en breve de un convenio específico con la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (Sunarp), que permitirá efectuar dicho bloqueo mediante la utilización de tecnología de punta.

Así, los bienes sometidos a medidas cautelares en un proceso por pérdida de dominio, no podrán ser transferidos a terceras personas por las mafias organizadas que se dedican a este tipo de actividades ilícitas.

Beneficios

En virtud al citado acuerdo que se espera pronto suscribir, los jueces tendrán acceso en tiempo real a los servicios que proporciona la Sunarp, lo cual les permitirá obtener información veraz de las partidas registrales sobre las cuales se dispondrá la medida cautelar.

Con este novedoso sistema, además, se reducirá el tiempo en el registro de bloqueos de la partida registral, al momento de la admisión del proceso por pérdida de dominio, en comparación con el sistema tradicional de disposición del bloqueo que demanda mayor tiempo, incluso de varias semanas, afectando la celeridad de cualquier trámite involucrado al juicio.

Permitirá, también, acortar el tiempo para la transferencia de los inmuebles o muebles a la Comisión Nacional de Bienes Incautados (Conabi), cuando concluya el respectivo proceso judicial por pérdida de dominio con una sentencia condenatoria.

Esta iniciativa, que puede ser utilizada para otras materias que tengan competencia en el campo del Derecho Registral, se encuadra en los principios de transparencia, modernización tecnológica y simplificación administrativa, que impulsa el presidente del Poder Judicial, Víctor Ticona Postigo, para brindar un servicio de calidad a la ciudadanía.

Consejo Ejecutivo

El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial está presidido por el titular de este poder del Estado, Víctor Ticona Postigo, e integrado además por los jueces supremos Ramiro de Valdivia Cano y José Luis Lecaros Cornejo.

También figuran como miembros de este órgano de gobierno de la judicatura el juez superior Bonifacio Meneses Gonzales, el magistrado Eliseo Taboada Pilco en representación de los jueces, y Eric Escalante Cárdenas en representación de los colegios de abogados del Perú. Entre sus funciones figura celebrar toda clase de convenios de cooperación e intercambio con entidades nacionales y extranjeras.

Fuente: Diario El Peruano, lunes 16-02-2015
www.elperuano.pe
Prorrogan inicio para declarar IR

Desde el 24 de febrero los contribuyentes podrán presentar la declaración jurada anual del impuesto a la renta (IR) de personas naturales del ejercicio gravable 2014 utilizando Sunat Virtual.

La Superintendencia Nacioanl de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) prorrogó hasta esa fecha el inicio de la presentación del documento, mediante la Resolución de Superintendencia N° 050-2015/SUNAT.

Conforme a esta disposición, el Formulario Virtual N° 691-Renta Anual 2014-Persona Natural estará disponible para los contribuyentes en Sunat Virtual a partir de ese día, por lo que los sujetos obligados a presentar la citada declaración podrán usar desde esa fecha la información que se cargaría en ese formato, ingresando a Sunat Operaciones en Línea.

Devolución

La Sunat también dispuso por la misma resolución que el Formulario Virtual N° 1649 “Solicitud de devolución” podrá ser utilizado por el declarante para pedir el retorno del saldo a favor por rentas de capital y/o rentas de trabajo del ejercicio gravable 2014 a partir del 24 de febrero.

Así, la entidad recaudadora busca optimizar el procesamiento de la calidad de la información que se declare.


Fuente: Diario El Peruano, lunes 16-02-2015
www.gestion.pe
 
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